COMISIÓN ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.8.77
Resolución General 2/2017
Actualízase Ordenamiento. Resolución General N° 3/2016.
Buenos Aires, 08/02/2017
VISTO:
La Resolución General N° 1/2005; y,
CONSIDERANDO:
Que la citada resolución en su artículo 4° establece que la Comisión
Arbitral actualizará anualmente el contenido de dicho ordenamiento.
Que en consecuencia, corresponde incorporar las Resoluciones Generales
N° 4/2016 (CM05 presentación con aplicativo SIFERE), 5/2016
(Incorporación SIFERE WEB), 6/2016 (Inicio de actividades), 8/2016
(Adhesión Córdoba SIRCAR), 10/2016 (Vencimiento SIRCREB), 11/2016
(SIRCAR clave fiscal AFIP), N° 12/2016 (SIRCAR incorporaciones), N°
13/2016 (SIRPEI diversificación alícuotas), 14/2016 (Validez de
presentaciones y pagos en DDJJ SIFERE), N° 15/2016 (SIRCAR
incorporaciones), N° 16/2016 (Incorporaciones SIFERE WEB), 17/2016 y
18/2016 (SIRCAR incorporaciones), N° 19/2016 (Universo SIRCAR), 20/2016
(Prórroga vencimiento anticipo octubre de 2016), 21/2016 (Vencimientos
del impuesto 2017), 22/2016 (SIRCAR Vencimientos 2017) y 23/2016
(SIRCREB Vencimientos 2017).
Que, asimismo, es necesario indicar que la Resolución General N°
24/2016 (modificatoria de la Resolución General N° 4/2011 y sus
complementarias —regímenes de percepción—) no está incluida en el
presente ordenamiento puesto que por Resolución General N° 1/2017 su
aplicación está suspendida hasta tanto se resuelvan los recursos de
apelación contra ella interpuestos.
Que, por otra parte, es preciso aclarar que para obtener una norma que
unifique las dictadas, es necesario introducir cambios formales
relacionados a la adecuación y numeración del articulado original para
que resulten compatibles y armonicen en el nuevo texto que las integra.
Que este ordenamiento no incluye el Reglamento Procesal de la Comisión
Arbitral y Comisión Plenaria aprobado por Resolución (C.P.) N° 32/2015.
Por ello,
LA COMISION ARBITRAL
(CONVENIO MULTILATERAL DEL 18-08-77)
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Actualizar el ordenamiento de las resoluciones generales
contenido en la Resolución General N° 3/2016, reemplazándolo por el
anexo adjunto que se aprueba por la presente y que se incorpora en la
página web de la Comisión Arbitral (www.ca.gov.ar).
ARTÍCULO 2° — Publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la
Nación, comuníquese a las jurisdicciones adheridas y archívese. —
Fernando Mauricio Biale. — Roberto José Arias.
NOTA: Esta Resolución General se publica sin Anexo.
(Nota Infoleg: las modificaciones al Anexo que se hayan publicado en Boletín
Oficial pueden consultarse clickeando en el enlace "Esta norma es complementada o modificada por X norma(s).")
Fecha de publicación 06/03/2017