MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA

Resolución 94-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 08/03/2017

VISTO el Expediente N° EX-2017-02853922- -APN-SSAP#MI del registro de este Ministerio, el Decreto N° 1741 del 4 de octubre de 1994 y sus modificatorios, el Decreto N° 148 del 7 de marzo de 2017 y el Decreto Nº 1172 del 3 de diciembre de 2003, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 1º del Decreto Nº 1741/94 y sus modificatorios, se creó la COMISIÓN NACIONAL DE EX COMBATIENTES DE MALVINAS en el ámbito de la SECRETARÍA DE ASUNTOS POLÍTICOS E INSTITUCIONALES de este Ministerio.

Que asimismo, por el artículo 2° del Decreto148/17 se sustituyó el artículo 2º del Decreto citado en el considerando precedente, estableciendo que la COMISIÓN NACIONAL DE EX COMBATIENTES DE MALVINAS dependiente de este Ministerio, estará integrada por CINCO (5) Ex Combatientes de Malvinas, UN (1) representante de los familiares de los caídos en combate designados por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, en la forma y por el plazo que oportunamente se indique en el REGLAMENTO DE SELECCIÓN DE LOS EX COMBATIENTES DE MALVINAS Y DEL REPRESENTANTE DE LOS FAMILIARES DE LOS CAÍDOS EN COMBATE ANTE LA COMISIÓN NACIONAL DE EX COMBATIENTES DE MALVINAS que será aprobado por este Ministerio; UN (1) representante del INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS (INSSJP - PAMI); UN (1) representante de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES); UN (1) representante del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO; UN (1) representante del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL; UN (1) representante del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL; UN (1) representante del MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES; UN (1) representante del MINISTERIO DE SALUD; UN (1) representante del MINISTERIO DE DEFENSA; UN (1) representante del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA; y UN (1) representante de la SECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS Y PLURALISMO CULTURAL del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

Que mediante el artículo 15 del Decreto Nº 148/17 se instruyó a este Ministerio a aprobar en el término de DIEZ (10) días el Reglamento referido en el considerando precedente.

Que, en consecuencia, corresponde aprobar el REGLAMENTO DE SELECCIÓN DE LOS EX COMBATIENTES DE MALVINAS Y DEL REPRESENTANTE DE LOS FAMILIARES DE LOS CAÍDOS EN COMBATE ANTE LA COMISIÓN NACIONAL DE EX COMBATIENTES DE MALVINAS.

Que tanto el Decreto Nº148/17, como así también el REGLAMENTO DE SELECCIÓN DE LOS EX COMBATIENTES DE MALVINAS Y DEL REPRESENTANTE DE LOS FAMILIARES DE LOS CAÍDOS EN COMBATE ANTE LA COMISIÓN NACIONAL DE EX COMBATIENTES DE MALVINAS que por la presente medida se propicia aprobar, fueron el resultado de la aplicación del mecanismo de Elaboración Participativa de Normas, en el marco de lo previsto por el Anexo V del Decreto Nº 1172/03.

Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN de este Ministerio.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por los artículos 2º y 15 del Decreto N° 148 del 7 de marzo de 2017.

Por ello,

EL MINISTRO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Apruébase el REGLAMENTO DE SELECCIÓN DE LOS EX COMBATIENTES DE MALVINAS Y DEL REPRESENTANTE DE LOS FAMILIARES DE LOS CAÍDOS EN COMBATE ANTE LA COMISIÓN NACIONAL DE EX COMBATIENTES DE MALVINAS que como Anexo (IF-2017-02857027-APN-SSAP#MI) forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2° — Regístrese, comuníquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Rogelio Frigerio.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 09/03/2017 N° 13895/17 v. 09/03/2017

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)