ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

Resolución 160/2017

ACTA N° 1468

Expediente ENRE N° 44.882/2015

Buenos Aires, 09/03/2017

El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto:

1.- Dar a publicidad la solicitud de emisión del Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública para la obra consistente en la construcción y puesta en servicio de la ampliación de barras de 132 kV y la instalación de UN (1) transformador adicional de 300 MVA 220/132 kV en la SE N° 057 EDISON, sin barra, que se conectará a la red de 220 kV de la Distribuidora a través de UN (1) interruptor y UN (1) electroducto a la SE MALAVER, en donde acometerá a esta última mediante la construcción de UN (1) nuevo campo de 220 kV.

2.- Publicar la solicitud mediante UN (1) AVISO en la página web del ENRE y solicitar a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) que haga lo propio por el plazo de CINCO (5) días; también se publicarán por DOS (2) días en un diario de amplia difusión del lugar en que la obra vaya a realizarse o pueda afectar eléctricamente, en los que deberá consignarse que se otorgan DIEZ (10) días hábiles administrativos a partir de la última publicación para que, quien considere que la obra pueda afectarlo en cuanto a las prestaciones eléctricas recibidas o sus intereses económicos, plantee su oposición fundada por escrito ante el ENRE.

3.- Disponer que en caso de que no hubiera ninguna presentación fundada, vencido el plazo señalado en el Artículo Precedente, se considerará otorgado el Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública para la obra referida en el Artículo 1.

4.- Establecer que, en caso de que existan presentaciones fundadas comunes entre distintos usuarios, se convocará a Audiencia Pública para recibir dichas oposiciones y permitir a la EMPRESA DISTRIBUIDORA COMERCIALIZADORA NORTE SOCIEDAD ANÓNIMA (EDENOR S.A.) contestar las mismas y exponer sus argumentos.

5.- Instruir a EDENOR S.A. que no podrá realizar modificaciones en la SE EDISON ni apartarse de las condiciones modeladas en los estudios presentados.

6. - Finalizada la obra, EDENOR S.A. deberá comunicar al ENRE en los términos del Artículo 5 de la Resolución ENRE N° 274/2015, la puesta en servicio de esta obra e incorporar la Auditoría Ambiental de Cierre a la Planificación Ambiental que el agente ha implementado en el marco de su Sistema de Gestión Ambiental (Resoluciones ENRE N° 555/2001, N° 178/2007, N° 562/2007 y N° 865/2007 y Resolución ASPA N° 01/2010). 7.- Notifíquese a EDENOR S.A. a CAMMESA. Firmado: Vocal Primero Ing. Carlos Manuel Bastos - Vicepresidente Dra. Marta Roscardi - Presidente Ing. Ricardo Martínez Leone.

Ma. Graciela Andina Silva de Alfano, Secretaria del Directorio, Ente Nacional Regulador de la Electricidad.

e. 13/03/2017 N° 14513/17 v. 13/03/2017