CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES
Decreto 166/2017
Prorrógase designación de la Directora Nacional de Abordaje Integral de Programas Especiales.
Ciudad de Buenos Aires, 13/03/2017
VISTO la Ley Nº 27.341, los Decretos N° 2098 del 03 de diciembre de
2008, Nº 227 del 20 de enero de 2016, Nº 300 del 3 de febrero de 2016,
N° 880 del 21 de julio de 2016, y lo solicitado por el CONSEJO NACIONAL
DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, y
CONSIDERANDO:
Que por la citada Ley se aprobó el Presupuesto de la Administración Nacional para el presente Ejercicio.
Que por el Decreto N° 880/16, se aprobó la estructura organizativa de
primer nivel operativo del CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE
POLÍTICAS SOCIALES de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que por el artículo 6° del Decreto N° 880/16 se estableció que hasta
tanto se aprueben las unidades de nivel inferior a las aprobadas en el
mencionado Decreto, conservarán su vigencia las existentes con sus
acciones, dotaciones, niveles, grados de revista y funciones ejecutivas
previstas en el Decreto N° 2098/08 y sus modificatorios.
Que por el citado Decreto N° 880/16 se reasignó en el Nomenclador de
Funciones Ejecutivas la Dirección Nacional de Abordaje Integral de
Programas Especiales de la UNIDAD DE COORDINACIÓN TÉCNICA de la
SECRETARÍA EJECUTIVA del CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS
SOCIALES de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN con un nivel de ponderación I.
Que por el Decreto Nº 300/16 se designó, con carácter transitorio por
el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, a la Lic. Laila BRANDY
(D.N.I. Nº 26.631.797), en el cargo de Directora Nacional de la
Dirección Nacional de Abordaje Integral de Programas Especiales de la
UNIDAD DE COORDINACIÓN TECNICA de la SECRETARÍA EJECUTIVA del CONSEJO
NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES de la PRESIDENCIA DE LA
NACIÓN, con un Nivel A – Grado 0, autorizándose el correspondiente pago
de la Función Ejecutiva Nivel II, con autorización excepcional por no
reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del
Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), aprobado por el CONVENIO
COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE
EMPLEO PÚBLICO homologado por el Decreto Nº 2098/08.
Que no habiéndose, aún, efectuado la correspondiente convocatoria al
proceso de selección, y siendo que el funcionario continúa prestando
servicios, razones operativas hacen necesario prorrogar por un término
de NOVENTA (90) días hábiles, la referida designación transitoria.
Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y lo
dispuesto por el artículo 2º del Decreto Nº 227/16.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1° — Prorrógase, a partir del 7 de septiembre de 2016, y por
el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, la designación
transitoria dispuesta por el Decreto Nº 300/16, de la Lic. Laila BRANDY
(D.N.I. Nº 26.631.797), en el cargo de Directora Nacional de la
Dirección Nacional de Abordaje Integral de Programas Especiales de la
UNIDAD DE COORDINACIÓN TECNICA de la SECRETARÍA EJECUTIVA del CONSEJO
NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES de la PRESIDENCIA DE LA
NACIÓN, con un Nivel A – Grado 0, autorizándose el correspondiente pago
de Función Ejecutiva Nivel I, con autorización excepcional por no
reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del
SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio
Colectivo De Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE
EMPLEO PÚBLICO, homologado por el Decreto Nº 2098/08.
ARTÍCULO 2° — El cargo involucrado deberá ser cubierto dentro del plazo
del CIENTO OCHENTA (180) días contados a partir del 7 de septiembre de
2016 conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo
establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y
VIII, y IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), dentro del
plazo de NOVENTA (90) días hábiles contados a partir del 7 de
septiembre de 2016.
ARTÍCULO 3° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida, será atendido con cargo a las partidas específicas del
presupuesto vigente de la Jurisdicción 20-16 – CONSEJO NACIONAL DE
COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES.
ARTÍCULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Carolina Stanley.