MINISTERIO DE TRANSPORTE

Resolución 118-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 09/03/2017

VISTO la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438 de fecha 12 de marzo de 1992) modificada por el Decreto N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015, los Decretos Nros. 8 de fecha 4 de enero de 2016 y 888 de fecha 22 de julio de 2016, la Decisión Administrativa Nº 212 de fecha 21 de marzo de 2016 y la Resolución N° 111 de fecha 23 de febrero de 2016 del MINISTERIO DE TRANSPORTE, y

CONSIDERANDO

Que mediante el Decreto N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015 se sustituyeron el artículo 1° y el Título V de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, entre otras, incorporándose el MINISTERIO DE TRANSPORTE, a través del artículo 21, estableciendo las competencias del mismo.

Que el Decreto N° 8 de fecha 4 de enero de 2016 estableció una nueva conformación organizativa de los niveles políticos del MINISTERIO DE TRANSPORTE, basados en criterios de racionalidad y eficiencia, definiendo los objetivos correspondientes a la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA.

Que el decreto precitado incorporó al Anexo III aprobado por el artículo 3° del Decreto N° 357/2002, correspondiente al Ámbito jurisdiccional a los Organismos Descentralizados el Apartado XXVIII, en el cual se consignan los mismos.

Que dicha normativa, en la Planilla Anexa al artículo 2° dispuso los objetivos propios de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA, entre los cuales pueden citarse, entre otros, la asistencia al MINISTERIO DE TRANSPORTE en la obtención y administración de los RRHH; la supervisión, el desarrollo, implementación y mantenimiento de los sistemas informáticos; como así también la coordinación de políticas de RRHH, organización y sistemas administrativos, en los incisos 1°, 4° y 7°, respectivamente.

Que acorde a todo lo anteriormente citado, se dictó la Decisión Administrativa N° 212 de fecha 21 de marzo de 2016, mediante la cual se aprobó la estructura organizativa del primer nivel operativo del MINISTERIO DE TRANSPORTE, facultando al titular de la cartera a aprobar, previa intervención de la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, la estructura organizativa de nivel inferior.

Que conforme a ello, el MINISTRO DE TRANSPORTE emitió la Resolución N° 111 de fecha 23 de febrero de 2016, en la cual se aprobó la estructura organizativa de nivel inferior al primer nivel operativo de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA, de acuerdo con Organigrama y Acciones que se adjuntan a aquélla, aprobando las aperturas inferiores de la mencionada Subsecretaría, entre las cuales se encuentra la Dirección e Integración de Sistemas.

Que se atribuyó a la Dirección de Integración de Sistemas, entre otras, las acciones de análisis, diseño y desarrollo de los sistemas informáticos, en acción integrada con otras dependencias del MINISTERIO DE TRANSPORTE, como así también la de generar sistemas de unificación actualizada en repositorios centralizados para la jurisdicción y la de articular el intercambio de información entre el Ministerio y sus organismos descentralizados (incisos 3°, 5° y 8°, respectivamente).

Que es doctrina reiterada de la Procuración del Tesoro de la Nación el Principio de Unicidad, el cual establece que “el Estado Nacional y aún la Administración Pública, más allá de toda disquisición relativa a su organización administrativa y descentralización, sea orgánica o funcional, debe rigurosamente ser entendido como una unidad institucional, teleológica y ética.” (Dictámenes Tomo 239 Página 62, Tomo 282:137, entre otros).

Que en tal sentido, el Decreto N° 888 de fecha 22 de julio de 2016 dispone la implementación del Sistema de Administración de Recursos Humanos (SARHA) desarrollado por la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP) como sistema integral de gestión y administración del personal que presta servicios en las entidades y jurisdicciones comprendidas en el inciso a) del Artículo 8° de la Ley N° 24.156.

Que dicho Decreto se dictó ante la necesidad de contar con un único sistema informático de gestión de recursos humanos de todas las entidades y jurisdicciones que componen el Sector Público Nacional, a fin de poder contar con información confiable y oportuna.

Que resulta imperante cumplimentar con lo ordenado por el Decreto 888/16 con unificación de criterios, reducción costos y tiempo de la puesta en marcha, dado los tiempos establecidos en el mismo; razón por la cual resulta menester encomendar dicha tarea a la Dirección de Integración de Sistemas y a la Dirección General de Recursos Humanos, ambas dependientes de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA.

Que la presente resolución se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992) modificada por el Decreto N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015 y lo previsto en el decreto N° 888 de fecha de fecha 22 de julio de 2016.

Por ello,

EL MINISTRO DE TRANSPORTE

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Encomiéndase a la Dirección de Integración de Sistemas junto a la Dirección General de Recursos Humanos, ambas dependientes de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE, la implementación del Sistema de Administración de Recursos Humanos (SARHA) en el ámbito del MINISTERIO DE TRANSPORTE y sus organismos descentralizados, acorde a las funciones y competencias que les corresponden.

ARTÍCULO 2° — Invítase a las empresas del Estado que se encuentran en la órbita del MINISTERIO DE TRANSPORTE, a solicitar la aplicación del Sistema de Administración de Recursos Humanos (SARHA), a fin de optimizar una gestión unificada y homogénea en lo que respecta a la gestión de los Recursos Humanos.

ARTÍCULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Guillermo Javier Dietrich.

e. 14/03/2017 N° 14439/17 v. 14/03/2017