MINISTERIO DE TRANSPORTE
Resolución 118-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 09/03/2017
VISTO la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438 de fecha
12 de marzo de 1992) modificada por el Decreto N° 13 de fecha 10 de
diciembre de 2015, los Decretos Nros. 8 de fecha 4 de enero de 2016 y
888 de fecha 22 de julio de 2016, la Decisión Administrativa Nº 212 de
fecha 21 de marzo de 2016 y la Resolución N° 111 de fecha 23 de febrero
de 2016 del MINISTERIO DE TRANSPORTE, y
CONSIDERANDO
Que mediante el Decreto N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015 se
sustituyeron el artículo 1° y el Título V de la Ley de Ministerios
(texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, entre
otras, incorporándose el MINISTERIO DE TRANSPORTE, a través del
artículo 21, estableciendo las competencias del mismo.
Que el Decreto N° 8 de fecha 4 de enero de 2016 estableció una nueva
conformación organizativa de los niveles políticos del MINISTERIO DE
TRANSPORTE, basados en criterios de racionalidad y eficiencia,
definiendo los objetivos correspondientes a la SUBSECRETARÍA DE
COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA.
Que el decreto precitado incorporó al Anexo III aprobado por el
artículo 3° del Decreto N° 357/2002, correspondiente al Ámbito
jurisdiccional a los Organismos Descentralizados el Apartado XXVIII, en
el cual se consignan los mismos.
Que dicha normativa, en la Planilla Anexa al artículo 2° dispuso los
objetivos propios de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA,
entre los cuales pueden citarse, entre otros, la asistencia al
MINISTERIO DE TRANSPORTE en la obtención y administración de los RRHH;
la supervisión, el desarrollo, implementación y mantenimiento de los
sistemas informáticos; como así también la coordinación de políticas de
RRHH, organización y sistemas administrativos, en los incisos 1°, 4° y
7°, respectivamente.
Que acorde a todo lo anteriormente citado, se dictó la Decisión
Administrativa N° 212 de fecha 21 de marzo de 2016, mediante la cual se
aprobó la estructura organizativa del primer nivel operativo del
MINISTERIO DE TRANSPORTE, facultando al titular de la cartera a
aprobar, previa intervención de la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE
EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE
MODERNIZACIÓN, la estructura organizativa de nivel inferior.
Que conforme a ello, el MINISTRO DE TRANSPORTE emitió la Resolución N°
111 de fecha 23 de febrero de 2016, en la cual se aprobó la estructura
organizativa de nivel inferior al primer nivel operativo de la
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA, de acuerdo con
Organigrama y Acciones que se adjuntan a aquélla, aprobando las
aperturas inferiores de la mencionada Subsecretaría, entre las cuales
se encuentra la Dirección e Integración de Sistemas.
Que se atribuyó a la Dirección de Integración de Sistemas, entre otras,
las acciones de análisis, diseño y desarrollo de los sistemas
informáticos, en acción integrada con otras dependencias del MINISTERIO
DE TRANSPORTE, como así también la de generar sistemas de unificación
actualizada en repositorios centralizados para la jurisdicción y la de
articular el intercambio de información entre el Ministerio y sus
organismos descentralizados (incisos 3°, 5° y 8°, respectivamente).
Que es doctrina reiterada de la Procuración del Tesoro de la Nación el
Principio de Unicidad, el cual establece que “el Estado Nacional y aún
la Administración Pública, más allá de toda disquisición relativa a su
organización administrativa y descentralización, sea orgánica o
funcional, debe rigurosamente ser entendido como una unidad
institucional, teleológica y ética.” (Dictámenes Tomo 239 Página 62,
Tomo 282:137, entre otros).
Que en tal sentido, el Decreto N° 888 de fecha 22 de julio de 2016
dispone la implementación del Sistema de Administración de Recursos
Humanos (SARHA) desarrollado por la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS
PÚBLICOS (AFIP) como sistema integral de gestión y administración del
personal que presta servicios en las entidades y jurisdicciones
comprendidas en el inciso a) del Artículo 8° de la Ley N° 24.156.
Que dicho Decreto se dictó ante la necesidad de contar con un único
sistema informático de gestión de recursos humanos de todas las
entidades y jurisdicciones que componen el Sector Público Nacional, a
fin de poder contar con información confiable y oportuna.
Que resulta imperante cumplimentar con lo ordenado por el Decreto
888/16 con unificación de criterios, reducción costos y tiempo de la
puesta en marcha, dado los tiempos establecidos en el mismo; razón por
la cual resulta menester encomendar dicha tarea a la Dirección de
Integración de Sistemas y a la Dirección General de Recursos Humanos,
ambas dependientes de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA.
Que la presente resolución se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438
del 12 de marzo de 1992) modificada por el Decreto N° 13 de fecha 10 de
diciembre de 2015 y lo previsto en el decreto N° 888 de fecha de fecha
22 de julio de 2016.
Por ello,
EL MINISTRO DE TRANSPORTE
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Encomiéndase a la Dirección de Integración de Sistemas
junto a la Dirección General de Recursos Humanos, ambas dependientes de
la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE
TRANSPORTE, la implementación del Sistema de Administración de Recursos
Humanos (SARHA) en el ámbito del MINISTERIO DE TRANSPORTE y sus
organismos descentralizados, acorde a las funciones y competencias que
les corresponden.
ARTÍCULO 2° — Invítase a las empresas del Estado que se encuentran en
la órbita del MINISTERIO DE TRANSPORTE, a solicitar la aplicación del
Sistema de Administración de Recursos Humanos (SARHA), a fin de
optimizar una gestión unificada y homogénea en lo que respecta a la
gestión de los Recursos Humanos.
ARTÍCULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — Guillermo Javier Dietrich.
e. 14/03/2017 N° 14439/17 v. 14/03/2017