MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES
Resolución 1054-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 07/03/2017
VISTO el Expediente Nº 10905/14 del Registro del entonces MINISTERIO DE EDUCACIÓN, y
CONSIDERANDO:
Que en el Expediente citado en el Visto, la UNIVERSIDAD NACIONAL DE
CUYO solicita a este Ministerio la publicación de la reforma
introducida a su Estatuto Académico por Resolución Nº 1 de la Honorable
Asamblea Universitaria, adoptada en la sesión de fecha 4 de noviembre
de 2016 y de la que da cuenta la Resolución de la Honorable Asamblea de
la misma fecha.
Que analizadas las modificaciones introducidas al texto del artículo
5º, del Estatuto vigente, el que fuera aprobado por Resolución
Ministerial Nº 2103 de fecha 18 de octubre de 2013 y su modificatoria
aprobada por Resolución Ministerial Nº 1218 de fecha 13 de agosto de
2014, se observa que la misma no violenta ninguna disposición de la Ley
Nº 24.521, por lo que corresponde hacer lugar a lo peticionado
ordenando su publicación.
Que el organismo con responsabilidad primaria en el tema y la DIRECCIÓN
GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS han tomado la intervención que les compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 34 de la Ley N° 24.521.
Por ello,
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de la
modificación introducida al texto del artículo 5º en el Estatuto
Académico de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE CUYO, cuya modificación fue
dispuesta por Resolución Nº 1 de la Honorable Asamblea Universitaria de
fecha 4 de noviembre de 2016, el que queda redactado de acuerdo al
texto que se encuentra reproducido en el Anexo
(IF-2017-02793499-APN-SECPU#ME) que a todos los efectos forma parte de
la presente resolución.
ARTÍCULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Esteban José Bullrich.
Expediente Nº 10905/14 ESTATUTO UNIVERSIDAD NACIONAL DE CUYO (ANEXO)
ANEXO
Artículo 5º: La Universidad Nacional de Cuyo mantiene como base de su
organización el sistema de unidades académicas, sin perjuicio de las
organizaciones transdisciplinarias o de materias afines que pudieran
establecerse entre ellas. También integran la Universidad las
instituciones de educación superior vinculadas, colegios y escuelas,
dependencias dedicadas a la extensión universitaria, al desarrollo
social, a la salud, a la educación física, como asimismo otras unidades
existentes o a crearse.
Son unidades académicas la Facultad de Artes y Diseño, la Facultad de
Ciencias Agrarias, la Facultad de Ciencias Aplicadas a la Industria, la
Facultad de Ciencias Económicas, la Facultad de Ciencias Exactas y
Naturales, la Facultad de Ciencias Médicas, la Facultad de Ciencias
Políticas y Sociales, la Facultad de Derecho, la Facultad de Educación,
la Facultad de Filosofía y Letras, la Facultad de Ingeniería, la
Facultad de Odontología, el Instituto de Ciencias Básicas y el
Instituto Balseiro, este último vinculado jurídicamente con la Comisión
Nacional de Energía Atómica.
IF-2017-02793499-APN-SECPU#ME
e. 15/03/2017 N° 14968/17 v. 15/03/2017