MINISTERIO DE CULTURA

Decisión Administrativa 190/2017

Biblioteca Nacional Doctor Mariano Moreno. Incorpórase cargo.

Ciudad de Buenos Aires, 17/03/2017

VISTO el Expediente N° 428/2016 del registro de la BIBLIOTECA NACIONAL DOCTOR MARIANO MORENO, organismo descentralizado y autárquico en Jurisdicción del MINISTERIO DE CULTURA, el Decreto N° 847 de fecha 13 de julio de 2016, la Decisión Administrativa N° 477 de fecha 16 de septiembre de 1998 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a través del artículo 1° del Decreto N° 847/16, se estableció que el Director de la BIBLIOTECA NACIONAL DOCTOR MARIANO MORENO, organismo descentralizado y autárquico, en Jurisdicción del MINISTERIO DE CULTURA, tendrá rango y jerarquía de Secretario.

Que en atención a la diversidad de tareas asignadas al organismo precitado y teniendo en cuenta la complejidad que conlleva el cumplimiento de sus objetivos, resulta necesario dotar de un gabinete al cargo de Director de la BIBLIOTECA NACIONAL DOCTOR MARIANO MORENO incorporándolo, con carácter de excepción, a los artículos 1°, 2° y 3°, como así también al inciso b) de la Planilla Anexa al artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 477/98 y sus modificatorias.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE CULTURA ha tomado la intervención de su competencia.

Que la OFICINA NACIONAL DE INNOVACIÓN DE GESTIÓN dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN ha tomado la intervención de su competencia.

Que la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1° — Incorpórase, con carácter de excepción, a partir de la fecha del dictado de la presente medida, el cargo de Director de la BIBLIOTECA NACIONAL DOCTOR MARIANO MORENO, organismo descentralizado y autárquico en Jurisdicción del MINISTERIO DE CULTURA, en los artículos 1°, 2° y 3°, como así también, en el inciso b) de la Planilla Anexa al artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 477/98 y sus modificatorias.

ARTÍCULO 2° — El gasto que demande la aplicación de la presente medida será atendido con cargo a los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 72 - MINISTERIO DE CULTURA - BIBLIOTECA NACIONAL MARIANO MORENO- SAF 116 PROGRAMA 25.

ARTÍCULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Alejandro Pablo Avelluto.