MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Decisión Administrativa 195/2017

Desígnase Director de Trabajo Virtual.

Ciudad de Buenos Aires, 21/03/2017

VISTO el Expediente Nº 1721262/16 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 27.341, los Decretos Nros. 227 de fecha 20 de enero de 2016 y sus modificatorios, y 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, las Decisiones Administrativas N° 917 del 28 de diciembre de 2010 y N° 1375 del 9 de diciembre de 2015, la Resolución Conjunta de la ex - Secretaría de Gabinete y Coordinación Administrativa de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 97 y de la SECRETARÍA DE HACIENDA del ex - MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS N° 90 del 27 de abril 2012, y

CONSIDERANDO:

Que por la Decisión Administrativa N° 917/10 se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.

Que por Decisión Administrativa N° 1375/15 se sustituyó el Artículo 1° de la Decisión Administrativa ut supra mencionada, correspondiente a la SECRETARÍA DE EMPLEO del MINISTERIO DE TRABAJO EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL e incorporó la Dirección de Trabajo Virtual dependiente de la SECRETARÍA DE EMPLEO de dicha Cartera de Estado.

Que por la Resolución Conjunta de la ex – Secretaría de Gabinete y Coordinación Administrativa de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 97 y de la SECRETARÍA DE HACIENDA del ex – MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS Nº 90 de fecha 27 de abril de 2012 se incorporó al nomenclador de Funciones Ejecutivas la Coordinación de Teletrabajo con Nivel IV.

Que la citada Jurisdicción solicita la homologación en el nomenclador de Funciones Ejecutivas de la Dirección de Trabajo Virtual dependiente de la actual SECRETARÍA DE EMPLEO del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL con la Coordinación de Teletrabajo.

Que la OFICINA NACIONAL DE INNOVACIÓN DE GESTIÓN de la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, ha tomado la intervención que le compete, efectuando el análisis y ponderación del nivel de Función Ejecutiva correspondiente.

Que por el artículo 7º de la Ley N° 27.341 se dispuso que no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de sanción de dicha ley, ni los que se produzcan con posterioridad, sin la previa autorización del Jefe de Gabinete de Ministros.

Que mediante el Decreto Nº 227/16 se estableció que toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional centralizada y descentralizada, en cargos de rango y jerarquía inferior a Subsecretario, que corresponda a cargos de la dotación de su planta permanente y transitoria y cargos extraescalafonarios, correspondiente a los cargos vacantes y financiados con la correspondiente partida presupuestaria de conformidad a las estructuras jurisdiccionales aprobadas será efectuada por el señor Jefe de Gabinete de Ministros, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.

Que el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL solicita la cobertura transitoria del cargo vacante financiado de Director de Trabajo Virtual dependiente de la SECRETARÍA DE EMPLEO, Nivel B – Grado 0, con Función Ejecutiva Nivel II del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2.098/08 y sus modificatorios.

Que a los efectos de implementar la referida cobertura transitoria resulta necesario designar a la persona que se propone con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7º de la Ley N° 27.341.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes de los artículos 100, inciso 3 de la CONSTITUCION NACIONAL 7º de la Ley N° 27.341 y 1º del Decreto Nº 227/16.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1° — Homológase y reasignase en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas el cargo perteneciente a la SECRETARÍA DE EMPLEO del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, según el detalle obrante en la planilla anexa al presente artículo (IF-2017- 04091219-APN-SSC#MT), que forma parte de esta Decisión Administrativa.

ARTÍCULO 2° — Desígnase transitoriamente, a partir del 1° de Julio de 2016 y hasta la fecha del presente acto, al Lic. Miguel Omar VELARDEZ (M.I. Nº 22.628.122), en el cargo de Coordinador de Teletrabajo de la SECRETARÍA DE EMPLEO del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, Nivel B – Grado 0, del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2.098/08 y sus modificatorios, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva de Nivel IV del citado Convenio Colectivo, con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 de dicho ordenamiento, y con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7º de la Ley N° 27.341.

ARTÍCULO 3° — Desígnase transitoriamente, a partir del dictado de la presente y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados desde la fecha de la presente medida, al Lic. Miguel Omar VELARDEZ (M.I. Nº 22.628.122), en el cargo de Director de Trabajo Virtual de la SECRETARÍA DE EMPLEO del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, Nivel B - Grado 0, del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2.098/08 y sus modificatorios, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel II del citado Convenio Colectivo, con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 de dicho ordenamiento, y con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7º de la Ley N° 27.341.

ARTÍCULO 4º — El cargo involucrado en el artículo 3°, deberá ser cubierto conforme con los requisitos y sistemas de selección vigentes, según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2.098/08 y sus modificatorios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida.

ARTÍCULO 5º — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con los créditos asignados a la Jurisdicción 75 – MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.

ARTÍCULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Alberto Jorge Triaca.

PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 1°

HOMOLOGACIÓN CON REASIGNACIÓN

Unidad Organizativa Nivel
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARÍA DE EMPLEO
DIRECCIÓN DE TRABAJO VIRTUAL (ex Coordinación de Teletrabajo FE IV) II

IF-2017-04091219-APN-SSC#MT