MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN

SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO

Resolución 5-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 03/02/2017

VISTO el Expediente EX2016-03193090-APN-DDO#MM del registro del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, las Leyes Nros. 25.164, 22.431, 27.198, 27.341 y 22.520 (t.o. por el Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992), y sus modificatorios, el Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional homologado por el Decreto N° 214 de fecha 27 de febrero de 2006, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios; los Decretos Nros. 1421 de fecha 8 de agosto de 2002, 13 de fecha 10 de diciembre de 2015 y 13 de fecha 5 de enero 2016; las Decisiones Administrativas Nros. 232 de fecha 29 de marzo de 2016, 1145 de fecha 18 de octubre de 2016 y 12 de fecha 11 de enero de 2017 y,

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015 se modificó la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92 y modificatorios), incorporándose el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN a través del artículo 23 octies, con el propósito, entre otros, de impulsar las políticas de jerarquización del empleo público y su vínculo con las nuevas formas de gestión que requiere un Estado moderno.

Que entre las atribuciones asignadas al MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, se encuentra la de entender en la definición de las políticas de recursos humanos y la de intervenir como Órgano Rector en materia de Empleo Público y como Autoridad de Aplicación e interpretación de las disposiciones de dicho régimen.

Que por Decreto N° 13 de fecha 5 de enero de 2016 se aprobó la conformación organizativa del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, creándose entre otras, la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO.

Que dentro de los objetivos de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO se encuentran los de planificar y formular las políticas nacionales en materia de recursos humanos, organización del trabajo y su distribución, gestión del empleo público, rendimiento, evaluación y compensación, asistir en la implementación de estrategias y objetivos relacionados con la gestión del cambio y cultura organizacional, propiciando la implementación de las iniciativas de modernización y entender en la sistematización y operación de los procesos de administración de los recursos humanos como son liquidaciones de salarios, justificación de inasistencias, otorgamiento y convalidación de licencias y protección de la salud.

Que mediante el artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 1145 de fecha 18 de octubre de 2016 se autorizó la cobertura, mediante los respectivos procesos de selección, de TRES MIL CIEN (3.100) cargos vacantes correspondientes al Ejercicio Presupuestario 2016 en el ámbito del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios.

Que la Ley Nro. 27.198 que aprueba el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016 estableció que las decisiones administrativas que autoricen la cubertura de cargos vacantes tendrán vigencia durante el presente ejercicio fiscal y el siguiente para los casos en que las vacantes descongeladas no hayan podido ser cubiertas.

Que por medio de la Decisión Administrativa N° 12 de fecha 11 de enero de 2017 se indicó a las Jurisdicciones y Entidades pertenecientes al PODER EJECUTIVO NACIONAL a remitir al MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN el detalle de los cargos ocupados correspondientes a sus plantas de personal permanente y temporario existentes al 31 de diciembre de 2016. Asimismo, se estableció que se procederá a distribuir los cargos que se encuentren actualmente ocupados y horas de cátedra; y que el resto, hasta alcanzar el número total de cargos fijados en el Artículo 6° de la Ley N° 27.341, se reservarán en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que el ingreso de personal al régimen de estabilidad sólo procede mediante la sustanciación de los correspondientes procesos de selección, conforme lo disponen los artículos 4° y 8° del Anexo a la Ley N° 25.164, los artículos concordantes de su Decreto Reglamentario N° 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002 y los artículos 11, 19, 51, 56 y 57 del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional homologado por el Decreto N° 214 de fecha 27 de febrero de 2006, aplicables también para la promoción del personal permanente a cargos superiores.

Que la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN; la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS; el MINISTERIO DE CULTURA; el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO; el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL; el MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA; el MINISTERIO DE CIENCIA TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA; la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRÁN” y la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO DE LAS PERSONAS han solicitado autorización para la cobertura determinados cargos vacantes de la planta permanente.

Que a fin de a hacer operativa la mencionada Decisión Administrativa y en base a la información suministrada; el análisis efectuado respecto de las necesidades de cobertura de vacantes; y lo establecido en los artículos 1° y 2° de la Decisión Administrativa N° 1145/2016, procede asignar los cargos vacantes de los citados organismos, autorizados para su cobertura mediante el Régimen de Selección establecido por el Título IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios.

Que por otra parte resulta importante optimizar en cada jurisdicción la propia fuerza de trabajo y la inversión realizada en capacitación de personal logrando así, la regularización, de las plantas de personal que participen del llamado a concurso desde esta primera instancia.

Que, asimismo, sobre la base de la práctica recogida, se estima necesario dotar al Estado Nacional de personal idóneo que aporte su experiencia en las distintas áreas de la Administración Pública.

Que, elaborada la propuesta, la Comisión Permanente de Interpretación y Carrera se ha expedido favorablemente mediante Acta N° 110 de fecha 25 de enero de 2017.

Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO dependiente de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 2° de la Decisión Administrativa N° 1145 de fecha 18 de octubre 2016.

Por ello,

EL SECRETARIO DE EMPLEO PÚBLICO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Asígnanse DOS MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y SEIS (2.296) cargos vacantes y autorizados para su cobertura por el artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 1145 de fecha 18 de octubre de 2016, a las Jurisdicciones y Entidades individualizadas en los siguientes Anexos IF-2017-1535326-APN-SECEP#MM REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, IF-2017-1535379-APN- SECEP#MM SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, IF-2017-1535400-APN-SECEP#MM MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, IF-2017-1535521-APN-SECEP#MM PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, IF-2017-1535547-APN-SECEP#MM MINISTERIO DE CIENCIA TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA, IF-2017-1535585-APN-SECEP#MM DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, IF-2017-1535608-APN-SECEP#MM JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, IF-2017-1535627-APN-SECEP#MM MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, IF-2017-1535649-APN-SECEP#MM MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, IF-2017-1535668-APN- SECEP#MM MINISTERIO DE CULTURA e IF-2017-1535682-APN-SECEP#MM ANLIS, que forman parte integrante de la presente resolución, conforme al detalle consignado en los mismos.

ARTÍCULO 2° — Los procesos de selección serán realizados por convocatoria Interna y mediante el Régimen de Selección establecido por el Título IV y XIV, conforme corresponda, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorias.

ARTÍCULO 3° — Las jurisdicciones y entidades deberán proceder con las respectivas designaciones de integrantes de comités antes de los CINCO (5) días contados a partir de que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO emita dictamen sobre los respectivos perfiles.

ARTÍCULO 4° — Establécese como requisito general de admisión a la Convocatoria Interna para la cobertura de los cargos vacantes autorizados por Decisión Administrativa N° 1145/2016 - la acreditación de experiencia laboral superior a 10 años en la Administración Pública Nacional.

El aludido requisito de admisión no será aplicable a las personas con discapacidad que se postulen a los cargos que se encuentra bajo el régimen de reserva de puestos de trabajo en los términos previstos en el artículo 8° de la Ley N° 22.431.

ARTÍCULO 5° — Comuníquese a la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA.

ARTÍCULO 6° — Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Pablo Martin Legorburu.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 22/03/2017 N° 17337/17 v. 22/03/2017

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: AnexoI, AnexoII, AnexoIII, AnexoIV, AnexoV, AnexoVI, AnexoVII, AnexoVIII, AnexoIX, AnexoX, AnexoXI).