MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA

SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA

Resolución 188-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 21/03/2017

VISTO el Expediente N° S01:0230501/2014 del Registro del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, y

CONSIDERANDO:

Que ENERGÍA PROVINCIAL SOCIEDAD DEL ESTADO (EPSE) solicita su ingreso al MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) como AGENTE GENERADOR para su central hidroeléctrica de SESENTA Y TRES COMA VEINTIOCHO MEGAVATIOS (63,28 MW) de potencia nominal instalada, denominada CENTRAL HIDROELÉCTRICA PUNTA NEGRA, con localización en el kilómetro 35 de la Ruta Provincial N° 12, en el límite de los Departamentos de ULLUM y ZONDA, a DIECINUEVE (19) kilómetros aguas abajo de la CENTRAL HIDROELÉCTRICA LOS CARACOLES, Provincia de SAN JUAN, vinculada al SISTEMA ARGENTINO DE INTERCONEXIÓN (SADI) mediante instalaciones en CIENTO TREINTA Y DOS KILOVOLTIOS (132 kV) pertenecientes a la Empresa Distribuidora ENERGÍA SAN JUAN S.A.

Que mediante Nota B-92893-1 de fecha 29 de octubre de 2014, la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) informa que ENERGÍA PROVINCIAL SOCIEDAD DEL ESTADO (EPSE) cumple los requisitos exigidos en los Puntos 5.1 y 5.2 del Anexo 17 de Los Procedimientos para su ingreso y administración del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM).

Que mediante Resolución N° 701 de fecha 11 de julio de 2016, la SECRETARÍA DE ESTADO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la Provincia de SAN JUAN otorgó a ENERGÍA PROVINCIAL SOCIEDAD DEL ESTADO (EPSE) la Declaración de Impacto Ambiental para la actividad de operación de la obra APROVECHAMIENTO HIDROENERGÉTICO PUNTA NEGRA.

Que ENERGÍA PROVINCIAL SOCIEDAD DEL ESTADO (EPSE) con respecto a la CENTRAL HIDROELÉCTRICA PUNTA NEGRA ha cumplido con las exigencias de la normativa vigente en cuanto al aporte de la documentación societaria y comercial.

Que la solicitud de ingreso al MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) de la CENTRAL HIDROELÉCTRICA PUNTA NEGRA se publicó en el Boletín Oficial de la República Argentina N° 33.428 de fecha 28 de julio de 2016, sin haberse recibido objeciones que impidan el dictado de la presente.

Que la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA TÉRMICA, TRANSPORTE Y DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA de la SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA ha tomado la intervención que le compete.

Que por el Artículo 11 de la Resolución N° 6 de fecha 25 de enero de 2016 del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, delegó en la SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA las facultades asignadas a la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, según los Artículos 35,36 y 37 de la Ley N° 24.065.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA ha tomado la intervención que le compete.

Que las facultades para el dictado del presente acto surgen de lo dispuesto por los artículos 35 y 36 dela Ley N° 24.065 y por la Resolución del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA N° 25 del 16 de marzo de 2016.

Por ello,

EL SECRETARIO DE ENERGÍA ELÉCTRICA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Autorízase el ingreso como AGENTE GENERADOR del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) a ENERGÍA PROVINCIAL SOCIEDAD DEL ESTADO (EPSE) para su central hidroeléctrica de SESENTA Y TRES COMA VEINTIOCHO MEGAVATIOS (63,28 MW) de potencia nominal instalada, denominada CENTRAL HIDROELÉCTRICA PUNTA NEGRA, con localización en el kilómetro 35 de la Ruta Provincial N° 12, en el límite de los Departamentos de ULLUM y ZONDA, a DIECINUEVE (19) kilómetros aguas abajo de la CENTRAL HIDROELÉCTRICA LOS CARACOLES, Provincia de SAN JUAN, vinculada al SISTEMA ARGENTINO DE INTERCONEXIÓN (SADI) mediante instalaciones en CIENTO TREINTA Y DOS KILOVOLTIOS (132 kV) pertenecientes a la Empresa Distribuidora ENERGÍA SAN JUAN S.A.

ARTÍCULO 2°.- Instrúyase a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) a efectos que los sobrecostos que se ocasionen a los demás Agentes del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) y las penalidades que deban abonar los prestadores de la Función Técnica del Transporte derivados de eventuales indisponibilidades con motivo del ingreso que este acto autoriza, sean cargadas a ENERGÍA PROVINCIAL SOCIEDAD DEL ESTADO (EPSE), titular de la CENTRAL HIDROELÉCTRICA PUNTA NEGRA, en su vínculo con el SISTEMA ARGENTINO DE INTERCONEXIÓN (SADI) mediante instalaciones en CIENTO TREINTA Y DOS KILOVOLTIOS (132 kV) pertenecientes a la Empresa Distribuidora ENERGÍA SAN JUAN S.A. A este efecto se faculta a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) a efectuar los correspondientes cargos dentro del Período Estacional en que dichos sobrecostos o penalidades se produzcan.

ARTÍCULO 3°.- Limítese la vigencia como AGENTE GENERADOR del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) de la Empresa ENERGÍA PROVINCIAL SOCIEDAD DEL ESTADO (EPSE), para la CENTRAL HIDROELÉCTRICA PUNTA NEGRA a la celebración antes del 31 de diciembre de 2019 del Contrato de Concesión con el ESTADO NACIONAL en el marco del Artículo 14 de la Ley N° 15.336.

(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 511/2022 de la Secretaría de Energía B.O. 11/7/2022 se autoriza la postergación de la fecha límite definida en la presente Resolución, quedando ENERGÍA PROVINCIAL SOCIEDAD DEL ESTADO (EPSE), habilitada para actuar con carácter provisorio como AGENTE GENERADOR del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) por la CENTRAL HIDROELÉCTRICA PUNTA NEGRA hasta el 31 de diciembre 2025.)

ARTÍCULO 4°.- Notifíquese a ENERGÍA PROVINCIAL SOCIEDAD DEL ESTADO (EPSE), a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA), a ENERGÍA SAN JUAN S.A. y al ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE ENRGÍA Y MINERÍA.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Alejandro Valerio Sruoga.

e. 27/03/2017 N° 17735/17 v. 27/03/2017