MINISTERIO DE CULTURA

Resolución 192-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 27/03/2017

VISTO la Ley de Ministerios (T.O. por el Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, la Decisión Administrativa N° 213, los Decretos Nros. 13/15 y 35/16, la Resolución N° 154 del 17 de marzo de 2017 y el Expediente CUDAP N° 2244/2016 del registro del MINISTERIO CULTURA, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto tramitó la Resolución N° 154 de fecha 17 de marzo de 2017 del MINISTERIO DE CULTURA, que modificó el REGLAMENTO DE BASES Y CONDICIONES DEL PROGRAMA DE COOPERACIÓN PARA LA FORMACIÓN INVESTIGACIÓN Y CREACIÓN ARTÍSTICA, “BECAR CULTURA” por el ANEXO I de dicha medida.

Que, con posterioridad a la emisión de la aludida Resolución, se ha advertido un error material en el Artículo 1° de tal medida, toda vez que se consignó como ANEXO I al IF-2017-00864355-APN- SSCCU#MC, cuando de acuerdo a las constancias obrantes en el Expediente citado en el Visto, corresponde aprobar el IF-2017-01418305-APN-SECIFYCI#MC.

Que, siendo ello así y tratándose de un error material, corresponde proceder a la inmediata rectificación del artículo 1° de la Resolución N° 154 de fecha 17 de marzo de 2017 del MINISTERIO DE CULTURA, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Apruébase el REGLAMENTO DE BASES Y CONDICIONES DEL PROGRAMA DE COOPERACIÓN PARA LA FORMACIÓN, INVESTIGACIÓN Y CREACIÓN ARTÍSTICA, “BECAR CULTURA”, que como ANEXO I (IF-2017-01418305-APN- SECIFYCI#MC) forma parte integrante de la presente Resolución”.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios (T.O. por el Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, la Decisión Administrativa N° 213, los Decretos Nros. 13/15 y 35/16.

Por ello,

EL MINISTRO DE CULTURA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° - Rectifícase el artículo 1° de la Resolución N° 154 de fecha 17 de marzo de 2017 del MINISTERIO DE CULTURA, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Apruébase el REGLAMENTO DE BASES Y CONDICIONES DEL PROGRAMA DE COOPERACIÓN PARA LA FORMACIÓN, INVESTIGACIÓN Y CREACIÓN ARTÍSTICA, “BECAR CULTURA”, que como ANEXO I (IF-2017-01418305-APN-SECIFYCI#MC) forma parte integrante de la presente Resolución”.

ARTÍCULO 2° - Regístrese, comuníquese a la SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN FEDERAL Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL y a la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA, a sus efectos. Dese al BOLETÍN OFICIAL para su publicación. Oportunamente, archívese. — Alejandro Pablo Avelluto.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 29/03/2017 N° 19019/17 v. 29/03/2017

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)