MINISTERIO DE CULTURA
Resolución 192-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 27/03/2017
VISTO la Ley de Ministerios (T.O. por el Decreto N° 438/92) y sus
modificatorias, la Decisión Administrativa N° 213, los Decretos Nros.
13/15 y 35/16, la Resolución N° 154 del 17 de marzo de 2017 y el
Expediente CUDAP N° 2244/2016 del registro del MINISTERIO CULTURA, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto tramitó la Resolución N° 154
de fecha 17 de marzo de 2017 del MINISTERIO DE CULTURA, que modificó el
REGLAMENTO DE BASES Y CONDICIONES DEL PROGRAMA DE COOPERACIÓN PARA LA
FORMACIÓN INVESTIGACIÓN Y CREACIÓN ARTÍSTICA, “BECAR CULTURA” por el
ANEXO I de dicha medida.
Que, con posterioridad a la emisión de la aludida Resolución, se ha
advertido un error material en el Artículo 1° de tal medida, toda vez
que se consignó como ANEXO I al IF-2017-00864355-APN- SSCCU#MC, cuando
de acuerdo a las constancias obrantes en el Expediente citado en el
Visto, corresponde aprobar el IF-2017-01418305-APN-SECIFYCI#MC.
Que, siendo ello así y tratándose de un error material, corresponde
proceder a la inmediata rectificación del artículo 1° de la Resolución
N° 154 de fecha 17 de marzo de 2017 del MINISTERIO DE CULTURA, el que
quedará redactado de la siguiente manera: “Apruébase el REGLAMENTO DE
BASES Y CONDICIONES DEL PROGRAMA DE COOPERACIÓN PARA LA FORMACIÓN,
INVESTIGACIÓN Y CREACIÓN ARTÍSTICA, “BECAR CULTURA”, que como ANEXO I
(IF-2017-01418305-APN- SECIFYCI#MC) forma parte integrante de la
presente Resolución”.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas
por la Ley de Ministerios (T.O. por el Decreto N° 438/92) y sus
modificatorias, la Decisión Administrativa N° 213, los Decretos Nros.
13/15 y 35/16.
Por ello,
EL MINISTRO DE CULTURA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° - Rectifícase el artículo 1° de la Resolución N° 154 de
fecha 17 de marzo de 2017 del MINISTERIO DE CULTURA, el que quedará
redactado de la siguiente manera: “Apruébase el REGLAMENTO DE BASES Y
CONDICIONES DEL PROGRAMA DE COOPERACIÓN PARA LA FORMACIÓN,
INVESTIGACIÓN Y CREACIÓN ARTÍSTICA, “BECAR CULTURA”, que como ANEXO I
(IF-2017-01418305-APN-SECIFYCI#MC) forma parte integrante de la
presente Resolución”.
ARTÍCULO 2° - Regístrese, comuníquese a la SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN
FEDERAL Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL y a la SUBSECRETARÍA DE
COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA, a sus efectos. Dese al BOLETÍN OFICIAL
para su publicación. Oportunamente, archívese. — Alejandro Pablo
Avelluto.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 29/03/2017 N° 19019/17 v. 29/03/2017
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)