Resolución 42-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 15/03/2017
VISTO el Expediente N° EX-2017-02696208- -APN-DDYME#MA del Registro del
MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, la Ley N° 26.509 y su Decreto
Reglamentario N° 1.712 del 10 de noviembre de 2009, el Acta de la
Reunión de la COMISIÓN NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES
AGROPECUARIOS del 17 de febrero de 2017, y
CONSIDERANDO:
Que la Provincia de SANTA CRUZ, a los efectos de la aplicación de la
Ley Nº 26.509, presentó el Decreto Provincial Nº 31 del 23 de enero de
2017, en la reunión del 17 de febrero de 2017 de la COMISIÓN NACIONAL
DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS, que ratifica en todos sus
términos a la Resolución Nº 762 de fecha 5 de diciembre de 2016, de la
Presidencia del Consejo Agrario Provincial, que declaró el estado de
emergencia o zona de desastre agropecuario por razones de sequía, en
todo el ámbito de la Provincia de SANTA CRUZ, por el término de UN (1)
año a partir del 1 de diciembre de 2016.
Que la COMISIÓN NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS luego
de analizar la situación ocurrida y evaluar la documentación enviada
por la Provincia de SANTA CRUZ, y lo expuesto por la SECRETARÍA TÉCNICA
EJECUTIVA, propuso declarar el estado de emergencia y/o desastre
agropecuario, según corresponda, por causa de la intensa sequía que
afecta a las explotaciones ganaderas de todo el territorio provincial,
por el plazo de UN (1) año contado desde el 1 de diciembre de 2016.
Que la COMISIÓN NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS
estableció el 30 de noviembre de 2017 como la fecha de finalización del
ciclo productivo para las explotaciones ganaderas afectadas, de acuerdo
con lo estipulado en los Artículos 22 y 23 del Anexo del Decreto Nº
1.712 de fecha 10 de noviembre de 2009.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en función de lo previsto por la Ley de
Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificaciones
y el Artículo 9° del Anexo del Decreto N° 1.712 de fecha 10 de
noviembre de 2009.
Por ello,
EL MINISTRO DE AGROINDUSTRIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- A los efectos de la aplicación de la Ley Nº 26.509: Dáse
por declarado en la Provincia de SANTA CRUZ el estado de emergencia y/o
desastre agropecuario, según corresponda, por causa de la intensa
sequía que afecta a las explotaciones ganaderas de todo el territorio
provincial, por el plazo de UN (1) año contado desde el 1 de diciembre
de 2016.
ARTÍCULO 2º.- Determínase que el 30 de noviembre de 2017 es la fecha de
finalización del ciclo productivo para las explotaciones ganaderas
afectadas de las áreas declaradas en el Artículo 1º, de acuerdo con lo
estipulado en los Artículos 22 y 23 del Anexo del Decreto N° 1.712 de
fecha 10 de noviembre de 2009.
ARTÍCULO 3º.- A los efectos de poder acogerse a los beneficios que
acuerda la Ley N° 26.509, conforme con lo establecido por su Artículo
8°, los productores afectados deberán presentar certificado extendido
por la autoridad competente de la provincia, en el que conste que sus
predios o explotaciones se encuentran comprendidos en los casos
previstos en dicho artículo.
El Gobierno Provincial remitirá a la SECRETARÍA TÉCNICA EJECUTIVA de la
COMISIÓN NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS el listado
de los productores afectados, acompañando copia del certificado de
emergencia emitido por autoridad provincial competente.
ARTÍCULO 4°.- Las instituciones bancarias nacionales, oficiales o
mixtas y la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP), entidad
autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE HACIENDA, arbitrarán los
medios necesarios para que los productores agropecuarios comprendidos
en la presente resolución gocen de los beneficios previstos en los
Artículos 22 y 23 de la Ley N° 26.509.
ARTÍCULO 5°.- La presente resolución entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ricardo Buryaile.
e. 30/03/2017 N° 19323/17 v. 30/03/2017