MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
DIRECCIÓN NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CRÉDITOS PRENDARIOS
Disposición 107-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 30/03/2017
VISTO el Convenio de Complementación de Servicios celebrado el 26 de
septiembre de 2016 entre esta Dirección Nacional y la Municipalidad de
VICUÑA MACKENNA, provincia de CÓRDOBA, registrado bajo el número 10/16
del Registro de esta Dirección Nacional (conforme modelo aprobado por
el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS mediante Resolución M.J. y
D.H. N° 538/16) y la Disposición D.N. N° 515/03, sus modificatorias y
complementarias, y
CONSIDERANDO:
Que por medio de la Disposición D.N. N° 515/03 y sus complementarias,
se puso en vigencia la operatoria por la cual, en forma previa a la
inscripción de determinados trámites, se debe solicitar el informe de
deuda por infracciones de tránsito mediante el uso del Formulario “13I”
“Informe de Deuda por Infracciones de Tránsito”, utilizando a tal fin
un sistema informático de interconexión “en línea” aplicable en una
primera etapa a los Registros Seccionales con jurisdicción territorial
en la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
Que dicha operatoria fue ampliada, por una parte, mediante la
incorporación de un procedimiento de notificación de la existencia de
deudas por infracciones y, por otra, a través de la incorporación de
los Registros Seccionales con competencia exclusiva en Motovehículos
existentes en jurisdicciones que hubieran celebrado convenios para la
percepción de multas por infracciones.
Que posteriormente, y conforme lo prescribiera la Disposición D.N. N°
746 de fecha 30 de noviembre de 2006, la incorporación de nuevas
jurisdicciones a la operatoria descripta impone además la obligación de
consultar la deuda por infracciones en aquellas jurisdicciones que, no
encontrándose alcanzadas por convenio alguno, se ven obligadas a
realizar dicho procedimiento en razón del lugar de presentación del
trámite o radicación del automotor en cuestión utilizando a tal fin el
mismo Formulario.
Que por otra parte, y en virtud del acceso al sistema informático
mencionado precedentemente, por aplicación de las previsiones
contenidas en la Disposición D.N. N° 681/06, posteriormente receptadas
por la Disposición D.N. N° 169/09 –modificatoria de la Disposición D.N.
N° 515/03- se dispuso que cualquier interesado podrá, mediante la
presentación de un Formulario “13I” y con independencia de cualquier
otro trámite registral, peticionar la emisión de un certificado de
inexistencia de actas pendientes de juzgamiento de resolución por ante
cualquier Registro Seccional que se encuentre operando el sistema
informático denominado “Sistema Unificado de Gestión de Infracciones de
Tránsito” (SUGIT), ello independientemente de la circunstancia de
contar con Convenio de Complementación de Servicios en esa jurisdicción.
Que en ese marco, mediante la Disposición D.N. N° 276 de fecha 24 de
julio 2014, se aprobó el modelo de Solicitud Tipo “13” (Única) en
sustitución —entre otros— del Formulario 13”I”, que será utilizada por
los Encargados de los Registros Seccionales para peticionar por ante el
organismo contravencional competente, los informes de deuda en concepto
de multas por infracciones de tránsito, al tiempo que documentará los
pagos de esas deudas, que se abonen por ante los Registros Seccionales.
Que mediante la Disposición D.N. N° 203 de fecha 03 de junio de 2016 se
implementó la Solicitud Tipo “13” (Única) de carácter digital.
Que los Encargados de los Registros Seccionales de todo el país
alcanzados por la presente utilizarán para la consecución de las tareas
de contralor aquí encomendadas el sistema informático de interconexión
“en línea” mencionado en el Convenio.
Que el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE de la ciudad de VICUÑA MACKENNA,
provincia de CÓRDOBA, dictó la Ordenanza Municipal N° 1086 de fecha 30
de agosto de 2016, mediante la cual autorizó al Intendente Municipal a
celebrar el Convenio con esta DIRECCIÓN NACIONAL.
Que por conducto del Decreto Municipal N° 169 del 02 de septiembre de
2016 el Poder Ejecutivo de la Municipalidad de VICUÑA MACKENNA,
provincia de CÓRDOBA promulgó la Ordenanza Municipal N° 1086/16.
Que, atento a ello, el intendente de la Municipalidad de VICUÑA
MACKENNA, provincia de CÓRDOBA, dictó el Decreto N° 196 del 19 de
octubre de 2016, por el cual designó a los Encargados de Registro de
todo el país como agentes de percepción de las infracciones cometidas
en su jurisdicción.
Que habiéndose reunido las condiciones respecto de esa Municipalidad,
resulta necesario, para dar cumplimiento al Convenio suscripto, tornar
aplicables las normas de procedimiento previstas en las disposiciones
citadas respecto de los Registros Seccionales con competencia en la
jurisdicción de la Municipalidad de VICUÑA MACKENNA, provincia de
CÓRDOBA.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 2°, inciso c), del Decreto N° 335/88.
Por ello,
EL DIRECTOR NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CRÉDITOS PRENDARIOS
DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- Incorpórase a la MUNICIPALIDAD DE VICUÑA MACKENNA,
provincia de CÓRDOBA, a la operatoria del Sistema Unificado de Gestión
de Infracciones de Tránsito (SUGIT) de conformidad con lo previsto en
el Convenio de Complementación de Servicios y de la normativa
implementada por medio de las Disposiciones D.N. Nros 515/03, 746/06 y
complementarias.
ARTÍCULO 2°.- Incorpórase a los Registros Seccionales de la Propiedad
del Automotor y a los Registros Seccionales de la Propiedad del
Automotor con competencia exclusiva en Motovehículos de la ciudad de
VICUÑA MACKENNA, provincia de CÓRDOBA, a la operatoria de “Solicitud de
Informe de Deuda por Infracciones de Tránsito” de conformidad con lo
previsto en la Disposición D.N. N° 515/03 y complementarias.
ARTÍCULO 3°.- Incorpórase a los restantes Registros Seccionales de la
Propiedad del Automotor y a los Registros Seccionales de la Propiedad
del Automotor con competencia exclusiva en Motovehículos a la
operatoria de “Solicitud de Informe de Deuda por Infracciones de
Tránsito” de conformidad con lo previsto en la Disposición D.N. N°
746/06 y complementarias, respecto de los trámites referidos a la
jurisdicción de la MUNICIPALIDAD DE VICUÑA MACKENNA, provincia de
CÓRDOBA.
ARTÍCULO 4°.- La presente medida entrará en vigencia a partir del día 03 de abril de 2017.
ARTÍCULO 5°.- Regístrese, comuníquese, atento a su carácter de interés
general, dése para su publicación a la Dirección Nacional del Registro
Oficial y archívese. — Carlos Gustavo Walter.
e. 04/04/2017 N° 20592/17 v. 04/04/2017