INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
Resolución 793/2017
Buenos Aires, 30/03/2017
VISTO el Expediente N° 2999/2017 del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE
CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, y el Convenio Marco de Colaboración entre
la ESCUELA NACIONAL DE EXPERIMENTACIÓN Y REALIZACIÓN CINEMATOGRÁFICA,
dependiente del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES y el
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE NEUQUÉN, la Ley 17.741 (t.o. Decreto N°
1248/2001) y sus modificatorias, el Decreto N° 1536 de fecha 20 de
agosto de 2002, el Decreto N° 175 de fecha 15 de enero 2016, la
Resolución INCAA N° 3094 de fecha 20 de noviembre de 2014, la
Resolución INCAA N° 498 de fecha 6 de marzo de 2017, y
CONSIDERANDO:
Que por medio de la Resolución INCAA N° 3094 de fecha 20 de noviembre
de 2014 se determinó la creación de las sedes regionales de la ESCUELA
NACIONAL DE EXPERIMENTACIÓN Y REALIZACIÓN CINEMATOGRÁFICA y, a través
de la Resolución INCAA N° 498 de fecha 6 de marzo de 2017, se modifica
el Artículo 1° de la Resolución INCAA N° 3094/2014 y se aprueba en su
Artículo 2° la apertura de la Sede ENERC Patagonia Norte.
Que la Gobernación de la Provincia de Neuquén ha expresado a través de
la Subsecretaría de Cultura del Ministerio de Gobierno y Justicia de la
Presidencia de Neuquén, el interés de ser sede regional de la ESCUELA
NACIONAL DE EXPERIMENTACIÓN Y REALIZACIÓN CINEMATOGRÁFICA y cuenta con
el consenso de las otras provincias de la región para serlo (La Pampa,
Neuquén, Rio Negro, Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego).
Que se debe dictar resolución al respecto.
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y
ARTES AUDIOVISUALES ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta según lo dispuesto por el Artículo 3°
de la Ley 17.741 (t.o. Decreto N° 1248/2001) y sus modificatorias, el
Decreto N° 1536 de fecha 20 de agosto de 2002 y el Decreto N° 175 de
fecha 15 de enero de 2016.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébese el Convenio Marco de Colaboración entre el
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE NEUQUÉN Y EL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y
ARTES AUDIOVISUALES que obra como Anexo del presente Acto Resolutivo.
ARTÍCULO 2°.- Regístrese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y oportunamente archívese. — Alejandro Cacetta.
ANEXO RESOLUCIÓN N° 793
CONVENIO MARCO
ENTRE EL GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE NEUQUÉN Y EL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
Entre el GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE NEUQUÉN, representado en este acto
por el Subsecretario de Cultura del Ministerio de Gobierno y Justicia
de la Provincia de Neuquén, Profesor Marcelo COLONNA, D.N.I N°
17.387.303, con domicilio en la calle Hipólito Irigoyen 650 de esa
Capital, por una parte; y el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES
AUDIOVISUALES, con domicilio en Lima 319 de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, representado en este acto por su Presidente, Contador
Alejandro CACETTA, D.N.I N° 20.025.925, por la otra, acuerdan en
celebrar el presente convenio, el que se regirá por las siguientes
cláusulas:
ANTECEDENTES
1. El INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES ha dispuesto a
través de la Resolución N° 3094 de fecha 20 de noviembre del 2014 la
creación de las Sedes Regionales de la ESCUELA NACIONAL DE
EXPERIMENTACIÓN Y REALIZACIÓN CINEMATOGRÁFICA, así como también a
través de la Resolución INCAA N° 498 de fecha 6 de marzo del 2017 se
modifica la Resolución INCAA N° 3094/2014 en su Artículo 1° y se
aprueba en su Artículo 2°, la apertura de la Sede ENERC-PATAGONIA NORTE.
2. La Gobernación de la Provincia de NEUQUÉN ha expresado el interés de
ser sede regional de la ESCUELA NACIONAL DE EXPERIMENTACIÓN Y
REALIZACIÓN CINEMATOGRÁFICA y cuenta con el consenso de las otras
provincias de la región para serlo.
ARTÍCULO 1°.- Las partes acuerdan establecer la Sede Regional
ENERC-PATAGONIA NORTE en la Ciudad de San Martín de los Andes,
Provincia de NEUQUÉN, en el marco de lo dispuesto en las Resoluciones
N° 3094 de fecha 20 de noviembre del 2014 y en la Resolución INCAA N°
498 de fecha 6 de marzo del 2017 respectivamente.
ARTÍCULO 2°.- Acuérdese la apertura de la sede ENERC-PATAGONIA NORTE en
la Ciudad de San Martín de los Andes, de la Provincia de Neuquén:
comenzando el primer ciclo lectivo en el mes de marzo del año 2017.
ARTÍCULO 3°.- El presente Convenio se celebra por el término de CINCO
(5) años contados a partir del día de la fecha, considerándose
automáticamente prorrogado por períodos similares salvo que alguna de
las partes, con una anticipación de por lo menos TREINTA (30) días
corridos a la fecha de su vencimiento, manifestara su voluntad en
contrario.
En prueba de conformidad se firman DOS (2) ejemplares del presente
Convenio, ambos del mismo tenor y a un solo efecto, en la Ciudad
Autónoma de Buenos Aries, a los … días del mes de marzo de 2017.
e. 04/04/2017 N° 20723/17 v. 04/04/2017