MINISTERIO DE COMUNICACIONES

ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución 2065-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 31/03/2017

VISTO el expediente N° 6854/2015 del Registro de la AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 267 de fecha 29 de diciembre de 2015, se creó en el ámbito del MINISTERIO DE COMUNICACIONES, el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo autárquico y descentralizado, como Autoridad de Aplicación de las Leyes N° 27.078 y N° 26.522, sus normas modificatorias y reglamentarias, asumiendo las funciones y competencias de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES y de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.

Que por Decisión Administrativa N° 682 de fecha 15 de julio de 2016 de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS DE LA NACIÓN, se aprobó la estructura orgánica de primer nivel operativo de este organismo.

Que como Anexo II de la citada norma se definieron las responsabilidades primarias y acciones de las respectivas Direcciones.

Que entre las Direcciones Generales aprobadas se encuentra la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN, entre otras acciones, administra la gestión de cobranzas de las tasas, derechos, multas y aranceles previstos por la legislación vigente.

Que en este contexto, y por razones de funcionamiento del Organismo resulta necesario delegar en el titular de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN determinadas facultades en razón de la economía, sencillez y celeridad que deben alcanzarse en la tramitación administrativa.

Que ha tomado la intervención que le compete el servicio jurídico permanente de este ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES.

Que han tomado la intervención pertinente el Coordinador General de Asuntos Ejecutivos y el Coordinador General de Asuntos Técnicos, conforme lo establecido en el Acta de Directorio Nº 17 de fecha 17 de febrero de 2017.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 267/2015, el Acta Nº 1 del Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, y lo acordado en su Acta N° 18 de fecha 30 de marzo de 2017.

Por ello,

EL DIRECTORIO DEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Deléganse las siguientes facultades en el marco de su respectiva competencia al titular de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN:

1. Impulsar los procesos sancionatorios de caducidad de licencias de servicios de TIC y de telecomunicaciones, y autorizaciones de derechos radioeléctricos derivados de la falta de pago e incumplimiento del deber de información originado como consecuencia de la obligación de pago de la Tasa de Control, Verificación y Fiscalización y de aportes del Servicio Universal, pudiendo al efecto, cursar intimaciones y efectuar las imputaciones pertinentes;

2. Entender en los procesos sancionatorios correspondientes al incumplimiento con el deber de información originado como consecuencia de la obligación de pago de la Tasa de Control, Verificación y Fiscalización y de aportes del Servicio Universal, desde su impulso hasta su sanción, conforme la reglamentación vigente;

3. Impulsar la gestión de cobro previa a la acción judicial por deudas morosas originadas en la obligación de aporte de inversión y otras prestaciones dinerarias vinculadas al Servicio Universal, así como la falta de pago de la Tasa de Control, Fiscalización y Verificación, y los Derechos Radioeléctricos;

4. Suscribir los certificados y boletas de deuda que correspondan;

5. Impulsar los procesos de declaración de deudas como incobrables conforme la normativa vigente;

6. Entender en el control del pago de gravámenes según las disposiciones vigentes.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y, cumplido, archívese. — Miguel Angel De Godoy.

e. 06/04/2017 N° 21245/17 v. 06/04/2017