CONTRATOS
Decreto 244/2017
Apruébase Modelo de Contrato de Préstamo.
Ciudad de Buenos Aires, 07/04/2017
VISTO el Expediente Nº EX-2017-01898631-APN-MF, el Modelo de Contrato
de Préstamo N° ARG-24/2015, destinado a la ejecución del “Programa de
Desarrollo de la Cuenca del Río Bermejo”, propuesto para ser suscripto
entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el FONDO FINANCIERO PARA EL DESARROLLO
DE LA CUENCA DEL PLATA (FONPLATA), y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Modelo de Contrato de Préstamo N° ARG-24/2015, el FONDO
FINANCIERO PARA EL DESARROLLO DE LA CUENCA DEL PLATA (FONPLATA) se
compromete a asistir financieramente a la REPÚBLICA ARGENTINA a fin de
cooperar en la ejecución del “Programa de Desarrollo de la Cuenca del
Río Bermejo” por un monto de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES TREINTA Y
CINCO MILLONES (U$S 35.000.000).
Que el objetivo del Programa es “contribuir al desarrollo sustentable
de la Cuenca del Río Bermejo y a la mejora de la calidad de vida de sus
habitantes”.
Que para la ejecución del referido Programa se desarrollarán CINCO (5)
componentes: (i) Obras Civiles; (ii) Equipamientos; (iii) Supervisión;
(iv) Desarrollo Agrícola y Comunitario; y (v) Gerenciamiento.
Que la ejecución del Programa y la utilización de los recursos del
financiamiento serán llevadas a cabo por el MINISTERIO DEL INTERIOR,
OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, a través de la Unidad de Coordinación de
Programas y Proyectos con Financiamiento Externo (UCPyPFE), actuante en
la órbita de la SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS del citado Ministerio.
Que la formalización de esta operación requiere que la REPÚBLICA
ARGENTINA, en su carácter de Prestataria y por intermedio del
MINISTERIO DE FINANZAS, suscriba el Contrato de Préstamo, así como toda
otra documentación relacionada con la operatoria de dicho préstamo.
Que en virtud de ello, corresponde facultar al señor Ministro de
Finanzas para que, en nombre y representación de la REPÚBLICA
ARGENTINA, suscriba el Contrato de Préstamo N° ARG-24/2015 y acuerde
las modificaciones que sean convenientes para la ejecución del
“Programa de Desarrollo de la Cuenca del Río Bermejo”, siempre y cuando
no constituyan cambios sustanciales al objeto y destino de los fondos,
ni deriven en un incremento de su monto o una alteración en el
procedimiento arbitral pactado.
Que las condiciones generales, los plazos de amortización, las tasas de
interés y demás cláusulas contenidas en el Modelo de Contrato de
Préstamo propuesto para ser suscripto son los usuales que se pactan en
este tipo de contratos y resultan adecuados a los propósitos y
objetivos a los que será destinado el mencionado Préstamo.
Que ha tomado intervención el servicio jurídico permanente de la jurisdicción de origen.
Que la presente medida se dicta de conformidad con lo dispuesto por el
artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, y el artículo 53 de
la Ley Nº 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014)
y modificatorias.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Modelo de Contrato de Préstamo N°
ARG-24/2015 a celebrarse entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el FONDO
FINANCIERO PARA EL DESARROLLO DE LA CUENCA DEL PLATA (FONPLATA), por un
monto de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES TREINTA Y CINCO MILLONES (U$S
35.000.000) destinado a financiar parcialmente el “Programa de
Desarrollo de la Cuenca del Río Bermejo”, que consta de las
Estipulaciones Especiales integradas por SIETE (7) Capítulos, de las
Normas Generales integradas por ONCE (11) Capítulos y UN (1) Anexo
Único, que forman parte integrante del presente decreto como Anexo I
(IF-2017-05498206-APN-SSRFI#MF). Asimismo, se adjuntan las “Políticas
para la Adquisición de Bienes y Servicios y para la Contratación de
Consultores y Firmas Consultoras por Prestatarios y Beneficiarios de
FONPLATA”, correspondientes a la edición del mes de agosto de 2013 como
Anexo II (IF- 2017-02801863-APN-SSRFI#MF).
ARTÍCULO 2º.- Facúltase al señor Ministro de Finanzas, o al funcionario
o funcionarios que el mismo designe, a suscribir, en nombre y
representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, el Contrato de Préstamo N°
ARG- 24/2015 y su documentación adicional, conforme al modelo que se
aprueba por el artículo 1º del presente decreto.
ARTÍCULO 3º.- Facúltase al señor Ministro de Finanzas, o al funcionario
o funcionarios que el mismo designe, a convenir y suscribir, en nombre
y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, modificaciones al Contrato
de Préstamo N° ARG-24/2015, cuyo modelo se aprueba por el artículo 1º
de la presente medida, siempre que las mismas no constituyan cambios
sustanciales en el objeto o destino de los fondos, ni deriven en un
incremento de su monto o introduzcan modificaciones al procedimiento
arbitral pactado.
ARTÍCULO 4º.- Desígnase al MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y
VIVIENDA, a través de la Unidad de Coordinación de Programas y
Proyectos con Financiamiento Externo (UCPyPFE) actuante en la órbita de
la SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS del mencionado Ministerio como
“Organismo Ejecutor” del “Programa de Desarrollo de la Cuenca del Río
Bermejo”, quedando facultado para realizar todas las operaciones y
contrataciones necesarias para la ejecución del Proyecto, conforme las
normas y procedimientos contenidos en el Modelo de Contrato de Préstamo
que se aprueba por el artículo 1° de la presente medida.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Marcos Peña. — Luis Andres
Caputo. — Rogelio Frigerio.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la
edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)