MINISTERIO DE SEGURIDAD

Decreto 243/2017

Modificación. Decreto N° 1766/2011.

Ciudad de Buenos Aires, 07/04/2017

VISTO el Expediente EX-2016-04458241-APN-JGA#MSG del registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley de Seguridad Interior N° 24.059 y sus modificatorias, los Decretos N° 1766 del 7 de noviembre de 2011, N° 15 del 6 de enero del 2016 y N° 228 del 21 de enero de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 2º de la Ley Nº 24.059 y sus modificatorias, determina que la seguridad interior es la situación de hecho basada en el derecho en la cual se encuentran resguardadas la libertad, la vida y el patrimonio de los habitantes, sus derechos y garantías y la plena vigencia de las instituciones del sistema representativo, republicano y federal que establece la CONSTITUCION NACIONAL.

Que el Decreto N° 1766/11 creó el SISTEMA FEDERAL DE IDENTIFICACIÓN BIOMÉTRICA PARA LA SEGURIDAD (SIBIOS) con el objeto de prestar un servicio centralizado de información respecto de los registros patronímicos y biológicos individuales, a los fines de contribuir a la comprobación idónea y oportuna en materia de identificación de personas y rastros, en procura de optimizar la investigación científica de delitos y el apoyo a la función preventiva de seguridad.

Que en el artículo 3° del citado Decreto se estableció que los usuarios del SIBIOS serán la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA, la GENDARMERÍA NACIONAL, la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, la POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA, el REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS y la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES.

Que asimismo en su artículo 4° se invita a las Provincias y a la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES a adherirse al SIBIOS con miras a que puedan formular consultas biométricas en tiempo real; estableciendo que el CONSEJO DE SEGURIDAD INTERIOR promoverá la suscripción de los respectivos convenios de adhesión, en los términos de los artículo 9°, 10, 11 y concordantes de la Ley N° 24.059 y sus modificatorias.

Que el artículo 5° del Decreto N° 1766/11 estableció la conformación de una Unidad de Coordinación dentro del ámbito del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la cual estaría integrada por representantes de dicha jurisdicción, del REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS y de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, contando con el asesoramiento de especialistas de las áreas de policía científica de la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA, la GENDARMERÍA NACIONAL, la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA y la POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA; la que a la fecha aún no ha sido integrada.

Que por otra parte, el Decreto N° 328/12 y sus modificatorios, creó la Dirección Nacional de Policía Científica dependiente de la SUBSECRETARÍA DE INVESTIGACIÓN DEL DELITO ORGANIZADO Y COMPLEJO de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD del MINISTERIO DE SEGURIDAD; que ante la falta de conformación de la Unidad de Coordinación del SIBIOS, ha sido quien en la actualidad tiene la responsabilidad práctica de actuar como la citada Unidad, tarea que viene desarrollando ininterrumpidamente desde su creación, con plena conformidad de todos los usuarios del SIBIOS.

Que mediante el Decreto N° 228/16 se declaró la “emergencia de seguridad pública” en la totalidad del territorio nacional con el objeto de revertir la situación de peligro colectivo creada por el delito complejo y el crimen organizado, que afecta a la REPÚBLICA ARGENTINA, por el término de TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO (365) días.

Que en ese marco deviene necesario y fundamental el aporte realizado por el SIBIOS, al prestar un servicio informático que permite la comprobación idónea y oportuna de identificación de personas y rastros para fines de seguridad pública y de investigación judicial, contribuyendo al desarrollo de políticas eficientes de prevención y conjuración de ilícitos en el ámbito de la seguridad ciudadana y al mejoramiento de las diligencias investigativas requeridas por autoridades judiciales.

Que por ello es conveniente que otros organismos dependientes del Poder Ejecutivo o Judicial tanto Nacionales como Provinciales o de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, puedan formular consultas biométricas en tiempo real.

Que la SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE SEGURIDAD ha tomado la intervención que le corresponde.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Sustitúyese el artículo 4° del Decreto N° 1766 de fecha 7 de noviembre de 2011, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“ARTÍCULO 4°.- a): Invítase a las Provincias y a la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES a adherirse al SISTEMA FEDERAL DE IDENTIFICACIÓN BIOMÉTRICA PARA LA SEGURIDAD (SIBIOS) con miras a que puedan formular consultas biométricas en tiempo real.

El CONSEJO DE SEGURIDAD INTERIOR promoverá la suscripción de los respectivos convenios de adhesión en los términos de los artículos 9º, 10, 11 y concordantes de la Ley Nº 24.059 y sus modificatorias.

Invítase a todos aquellos organismos dependientes del Poder Ejecutivo o del Poder Judicial tanto Nacionales, como Provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, a adherirse al SISTEMA FEDERAL DE IDENTIFICACIÓN BIOMÉTRICA PARA LA SEGURIDAD (SIBIOS) con miras a que puedan formular consultas biométricas en tiempo real.

La SECRETARÍA DE COOPERACIÓN CON LOS PODERES JUDICIALES, MINISTERIO PÚBLICOS Y LEGISLATURAS del MINISTERIO DE SEGURIDAD, promoverá la suscripción de los respectivos convenios de adhesión en los términos de la Ley N° 24.059 y sus modificatorias, con aquellos Organismos Nacionales, Provinciales o de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES dependientes del Poder Judicial.

La DIRECCIÓN NACIONAL DE POLICÍA CIENTÍFICA dependiente de la SUBSECRETARÍA DE INVESTIGACIÓN DEL DELITO ORGANIZADO Y COMPLEJO de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD del MINISTERIO DE SEGURIDAD, promoverá la suscripción de los respectivos convenios de adhesión en los términos de la Ley N° 24.059 y sus modificatorias, con aquellos organismos Nacionales, Provinciales o de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES dependientes del Poder Ejecutivo.”

ARTÍCULO 2°.- Sustitúyese el artículo 5° del Decreto N° 1766 de fecha 7 de noviembre de 2011, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“ARTÍCULO 5°: El SISTEMA FEDERAL DE IDENTIFICACIÓN BIOMÉTRICA PARA LA SEGURIDAD (SIBIOS) contará, como Unidad de Coordinación y Seguimiento, a la DIRECCIÓN NACIONAL DE POLICÍA CIENTÍFICA dependiente de la SUBSECRETARÍA DE INVESTIGACIÓN DEL DELITO ORGANIZADO Y COMPLEJO de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD del MINISTERIO DE SEGURIDAD, contando con el asesoramiento de especialistas del REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES y de las áreas de policía científica de la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA, la GENDARMERÍA NACIONAL, la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA y la POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA”.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Marcos Peña. — Patricia Bullrich.