MINISTERIO DE COMUNICACIONES

ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución 2114-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 05/04/2017

VISTO el Expediente N° 4.037/2013, del Registro de la entonces COMISIÓN NACIONAL DE COMUNICACIONES, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 267 de fecha 29 de diciembre de 2015, se creó en el ámbito del MINISTERIO DE COMUNICACIONES, el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo autárquico y descentralizado, como Autoridad de Aplicación de las leyes N° 27.078 y 26.522, sus normas modificatorias y reglamentarias, asumiendo las funciones y competencias de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES y la ex AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.

Que por Resolución ENACOM N° 2.737/2016 del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, se autorizó con carácter precario a la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA (CUIT 30-54669471-9) a instalar y poner en funcionamiento estaciones radioeléctricas para operar un Sistema Multicanal Digital (MXD).

Que por presentación de fecha 11 de Julio de 2014, la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA (CUIT 30-54669471-9), solicitó exención al pago de los derechos y aranceles radioeléctricos dispuestos en la Resolución 10/95 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA, TRANSPORTE Y COMUNICACIONES y modificatorias.

Que la red radioeléctrica oportunamente autorizada encuadra en la exención prevista en el Artículo 21 inciso 1 del precitado acto resolutivo que comprende a las estaciones radioeléctricas pertenecientes a las distintas policías provinciales y a institutos penitenciarios, para cursar mensajes directa o exclusivamente relacionados con sus funciones específicas, a la Secretaría de Inteligencia del Estado, y a las Fuerzas de Seguridad y Fuerzas Armadas.

Que ha tomado la intervención que le compete el servicio jurídico permanente de este ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES.

Que han tomado la intervención pertinente el Coordinador General de Asuntos Ejecutivos y el Coordinador General de Asuntos Técnicos, conforme lo establecido en el Acta de Directorio N° 17 de fecha 17 de febrero de 2017

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 267/2015 y el Acta N° 1 de fecha 5 de enero de 2016 del Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, y lo acordado en su Acta N° 18 de fecha 30 de marzo de 2017.

Por ello,

EL DIRECTORIO DEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Exceptúase del pago de los derechos y aranceles radioeléctricos establecidos en la Resolución N° 10/95 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA TRANSPORTE Y COMUNICACIONES y modificatorias, a la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA (CUIT 30-54669471-9), respecto a la red radioeléctrica autorizada mediante Resolución ENACOM N° 2737/2016 del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, a partir del 18 de Mayo de 2016.

ARTÍCULO 2°.- Regístrese, comuníquese a las áreas pertinentes, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido, archívese. — Miguel Angel De Godoy.

e. 10/04/2017 N° 22218/17 v. 10/04/2017