MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARÍA DE TRABAJO
Resolución 232-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 08/02/2017
VISTO el Expediente N° 1.701.534/15 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la
Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que se solicita la homologación del acuerdo, celebrado entre la firma
L´EQUIPE MONTEUR SOCIEDAD ANÓNIMA y la UNION OBRERA Y EMPLEADOS
PLÁSTICOS (U.O.Y.E.P.) que luce a foja 2 del Expediente N°
1.701.534/15, el cual ratifican las partes a foja 49.
Que mediante dicho acuerdo las partes pactan incrementar a la totalidad
del personal jornalizado el valor que por almuerzo, contribución
alimentaria y/o viático vienen percibiendo, pasando a ser el mismo de
CUARENTA PESOS ($40) por día a partir del 1 de diciembre de 2015 hasta
el 30 de noviembre de 2016, conforme a las condiciones y términos del
texto allí pactado.
Que se deja constancia que la homologación que por la presente se
dispone, en relación al carácter de las sumas consignadas como
viáticos, corresponde hacer saber a las partes que al respecto rige lo
dispuesto en el Artículo 106 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus
modificatorias.
Que es de mencionar que las partes están conjuntamente legitimadas para alcanzar el acuerdo que motiva el presente.
Que el ámbito de aplicación se circunscribe a la estricta
correspondencia de la representatividad conjunta de las partes
celebrantes.
Que deberá hacérsele saber que de requerir cualquiera de las partes la
homologación administrativa en el marco del Artículo 15 de la Ley N°
20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, es necesario que los
trabajadores manifiesten su conformidad en forma personal y ello deberá
tramitar ante el Servicio de Conciliación Laboral Obligatoria, conforme
lo prevé la Ley N° 24.635.
Que se tiene acreditado en autos el cumplimiento de los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que se encuentra constituida la respectiva Comisión Negociadora, conforme a lo previsto en la Ley N° 23.546.
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del
Trabajo de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.
Que por lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N°
48/15.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Declárase homologado el acuerdo, celebrado entre la firma
L´EQUIPE MONTEUR SOCIEDAD ANÓNIMA y la UNION OBRERA Y EMPLEADOS
PLÁSTICOS (U.O.Y.E.P.) que luce a foja 2 del Expediente N° 1.701.534/15
conjuntamente con el acta de ratificación de foja 49, conforme lo
dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 2°.- Gírese a la Dirección General de Registro, Gestión y
Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN.
Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el
Departamento Coordinación registre el Acuerdo que luce a foja 2 del
Expediente N° 1.701.534/15 conjuntamente con el acta de ratificación de
foja 49.
ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente procédase a la guarda.
ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita
del acuerdo homologado, del acta de ratificación y de esta Resolución,
las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo
5 de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ezequiel Sabor.
Expediente N° 1.701.534/15
Buenos Aires, 14 de febrero de 2017
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 232/17 se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2 y 49 del expediente de
referencia; quedando registrado bajo el número 201/17. — Jorge
Alejandro Insua, Registro de Convenios Colectivos, Departamento
Coordinación - D.N.R.T.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 10/04/2017 N° 19797/17 v. 10/04/2017
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)