MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 232-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 08/02/2017

VISTO el Expediente N° 1.701.534/15 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que se solicita la homologación del acuerdo, celebrado entre la firma L´EQUIPE MONTEUR SOCIEDAD ANÓNIMA y la UNION OBRERA Y EMPLEADOS PLÁSTICOS (U.O.Y.E.P.) que luce a foja 2 del Expediente N° 1.701.534/15, el cual ratifican las partes a foja 49.

Que mediante dicho acuerdo las partes pactan incrementar a la totalidad del personal jornalizado el valor que por almuerzo, contribución alimentaria y/o viático vienen percibiendo, pasando a ser el mismo de CUARENTA PESOS ($40) por día a partir del 1 de diciembre de 2015 hasta el 30 de noviembre de 2016, conforme a las condiciones y términos del texto allí pactado.

Que se deja constancia que la homologación que por la presente se dispone, en relación al carácter de las sumas consignadas como viáticos, corresponde hacer saber a las partes que al respecto rige lo dispuesto en el Artículo 106 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que es de mencionar que las partes están conjuntamente legitimadas para alcanzar el acuerdo que motiva el presente.

Que el ámbito de aplicación se circunscribe a la estricta correspondencia de la representatividad conjunta de las partes celebrantes.

Que deberá hacérsele saber que de requerir cualquiera de las partes la homologación administrativa en el marco del Artículo 15 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, es necesario que los trabajadores manifiesten su conformidad en forma personal y ello deberá tramitar ante el Servicio de Conciliación Laboral Obligatoria, conforme lo prevé la Ley N° 24.635.

Que se tiene acreditado en autos el cumplimiento de los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que se encuentra constituida la respectiva Comisión Negociadora, conforme a lo previsto en la Ley N° 23.546.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que por lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 48/15.

Por ello,

EL SECRETARIO DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Declárase homologado el acuerdo, celebrado entre la firma L´EQUIPE MONTEUR SOCIEDAD ANÓNIMA y la UNION OBRERA Y EMPLEADOS PLÁSTICOS (U.O.Y.E.P.) que luce a foja 2 del Expediente N° 1.701.534/15 conjuntamente con el acta de ratificación de foja 49, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 2°.- Gírese a la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo que luce a foja 2 del Expediente N° 1.701.534/15 conjuntamente con el acta de ratificación de foja 49.

ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente procédase a la guarda.

ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita del acuerdo homologado, del acta de ratificación y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ezequiel Sabor.

Expediente N° 1.701.534/15

Buenos Aires, 14 de febrero de 2017

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 232/17 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2 y 49 del expediente de referencia; quedando registrado bajo el número 201/17. — Jorge Alejandro Insua, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 10/04/2017 N° 19797/17 v. 10/04/2017

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)