MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARÍA DE TRABAJO
Resolución 270-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 16/02/2017
VISTO el Expediente Nº 1.720.032/16 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 2 del Expediente N° 1.749.019/16 (agregado al principal
como fojas 57) obra agregado Acuerdo el celebrado, en el marco del
Convenio Colectivo de Trabajo N° 460/06, entre el SINDICATO UNIDO DE
TRABAJADORES JARDINEROS, PARQUISTAS, VIVERISTAS Y FLORICULTORES DE LA
REPUBLICA ARGENTINA, y la ASOCIACIÓN ARGENTINA DE FLORICULTORES Y
VIVERISTAS, cuya homologación las partes solicitan de conformidad con
lo dispuesto por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que a través del instrumento cuya homologación se persigue las partes
pactan el pago por única vez, a los trabajadores comprendidos en el
precitado Convenio Colectivo de Trabajo N° 460/06, de una bonificación
anual no remunerativa, a abonarse antes del día 29 de diciembre de
2.016, conforme los detalles allí impuestos.
Que el ámbito de aplicación del referido instrumento se corresponde con
el alcance de representación de la parte empleadora signataria y la
representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su
Personería Gremial.
Que procede así indicar que se encuentran cumplimentados los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que de las cláusulas pactadas no surge contradicción con el Orden Público Laboral.
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del
Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación del mentado Acuerdo.
Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N°
48/15.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre el
SINDICATO UNIDO DE TRABAJADORES JARDINEROS, PARQUISTAS, VIVERISTAS Y
FLORICULTORES DE LA REPUBLICA ARGENTINA, y la ASOCIACIÓN ARGENTINA DE
FLORICULTORES Y VIVERISTAS, obrante a fojas 2 del Expediente N°
1.749.019/16, agregado al Expediente N° 1.720.032/16 como fojas 57,
conforme lo previsto en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 2°.- Gírese a la Dirección General de Registro, Gestión y
Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN.
Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el
Departamento Coordinación registre el instrumento obrante a fojas 2 del
Expediente N° 1.749.019/16 agregado al Expediente Principal como fojas
57.
ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente,
procédase a la guarda conjuntamente con el legajo del Convenio
Colectivo de Trabajo N° 460/06.
ARTÍCULO 4º.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita
del instrumento homologado, y de esta Resolución, las partes deberán
proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº
14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ezequiel Sabor.
Expediente N° 1.720.032/16
Buenos Aires, 21 de febrero de 2017
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 270/17 se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2 del expediente N°
1.749.019/16 agregado como fojas 57 al expediente de referencia;
quedando registrado bajo el número 251/17. — Jorge Alejandro Insua,
Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 11/04/2017 N° 19833/17 v. 11/04/2017
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)