MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARÍA DE TRABAJO
Resolución 282-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 17/02/2017
VISTO el Expediente Nº 1.726.488/16 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 24.013, la Ley N° 14.250
(t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que la firma INDELQUI SOCIEDAD ANÓNIMA, celebra un acuerdo directo con
la ASOCIACIÓN DE SUPERVISORES DE LA INDUSTRIA METALMECÁNICA DE LA
REPUBLICA ARGENTINA (ASIMRA), obrante a fojas 2/3 del Expediente N°
1.737.157/16, agregado como foja 50 al Expediente Principal, el cual es
ratificado a fojas 51 y 52 por las partes, donde solicitan su
homologación.
Que bajo el mentado acuerdo las partes pactan la suspensión del
personal detallado en el anexo que luce a foja 4 del Expediente N°
1.737.157/16, agregado como foja 50 al principal, conforme a los
términos y condiciones del texto pactado
Que si bien se encuentra vigente lo regulado en la ley 24.013 y el
Decreto N° 265/02 que impone la obligación de iniciar un Procedimiento
de Crisis con carácter previo al despido o suspensión de personal,
atento al consentimiento prestado por la entidad sindical en el acuerdo
bajo análisis, se estima que ha mediado un reconocimiento tácito a la
situación de crisis que afecta a la empresa, resultando la exigencia
del cumplimiento de los requisitos legales un dispendio de actividad.
Que en razón de lo expuesto, procede la homologación del mismo, el cual
será considerado como acuerdo marco de carácter colectivo, sin
perjuicio del derecho individual del personal afectado.
Que las partes acreditan la representación que invocan con la
documentación agregada en autos, y ratifican en todos sus términos el
mentado Acuerdo.
Que por último, se les hace saber que de requerir cualquiera de las
partes la homologación administrativa en el marco del Artículo 15 de la
Ley N° 20.744, es necesario que los trabajadores manifiesten su
conformidad en forma personal y ello deberá tramitar ante la Autoridad
Administrativa competente.
Que la Unidad de Tratamiento de Situaciones de Crisis toma la intervención que le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N°
48/15.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Declárase homologado el Acuerdo y Anexo celebrados entre
la firma INDELQUI SOCIEDAD ANÓNIMA por el sector empleador y la
ASOCIACIÓN DE SUPERVISORES DE LA INDUSTRIA METALMECÁNICA DE LA
REPUBLICA ARGENTINA por el sector sindical, obrante a fojas 2/3 y 4 del
Expediente N° 1.737.157/16, agregado como foja 50 al Expediente N°
1.726.488/16, el cual es ratificado a fojas 51 y 52 por las partes.
ARTÍCULO 2º.- Gírese a la Dirección General de Registro, Gestión y
Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN.
Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el
Departamento de Coordinación registre el Acuerdo y Anexo obrantes a
fojas 2/3 y 4 del Expediente N° 1.737.157/16, agregado como foja 50 al
Expediente Principal.
ARTÍCULO 3º.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, procédase a la guarda.
ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las
partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5°
de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 5°.- Establécese que la homologación del acuerdo marco
colectivo que se dispone por el Artículo 1° de la presente Resolución,
lo es sin perjuicio de los derechos individuales de los trabajadores
comprendidos por el mismo.
ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ezequiel Sabor.
Expediente N° 1.726.488/16
Buenos Aires, 21 de febrero de 2017
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 282/17 se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2/3 y 4 del expediente N°
1.737.157/16 agregado como fojas 50 al expediente de referencia;
quedando registrado bajo el número 270/17. — Jorge Alejandro Insua,
Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 12/04/2017 N° 20280/17 v. 12/04/2017
(Nota Infoleg: Los
anexos referenciados en la presente norma han sido extraidos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)