MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARÍA DE TRABAJO
Resolución 53-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 13/01/2017
VISTO el Expediente Nº 1.694.251/15 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que se solicita la homologación del Acuerdo obrante a fojas 2/3 del
Expediente N° 1.694.251/15 y Acta Complementaria obrante a foja 1 del
Expediente N° 1.781.184/16, agregado como fojas 45 al Expediente
Principal, ratificado a fojas 61, celebrado entre F.O.E.T.R.A.
SINDICATO BUENOS AIRES por la parte sindical y la empresa TELEFÓNICA DE
ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora, conforme a lo
establecido por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que bajo el acuerdo de marras las precitadas partes acuerdan que los
trabajadores que realicen jornada de 6.30 y 7 horas, sea que la misma
se cumpla en horario diurno, mixto o nocturno, la extensión de jornada
será de 6.30 y 7 horas, según corresponda el grupo laboral, conforme
surge del texto convencional traído a marras.
Que el presente Acuerdo se efectúa en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 547/03 “E”.
Que el ámbito de aplicación del acuerdo de marras se circunscribe a la
estricta correspondencia que ostenta el sector empresarial firmante y
la entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.
Que las partes han acreditado la representación invocada con la
documentación agregada a los actuados y ratificaron en todos sus
términos el mentado acuerdo.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones
del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N°
48/15.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Declárase homologado el Acuerdo y Acta Complementaria
celebradas entre F.O.E.T.R.A. SINDICATO BUENOS AIRES por la parte
sindical y la empresa TELEFÓNICA DE ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, por la
parte empleadora, que luce a fojas 2/3 del Expediente N° 1.694.251/15 y
a foja 1 del Expediente N° 1.781.184/16 agregado como fojas 45 del
Expediente Principal, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación
Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 2º.- Regístrese la presente Resolución por la Dirección
General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la
SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN. Cumplido, pase a la Dirección de
Negociación Colectiva a fin de que el Departamento de Coordinación
registre el Acuerdo y Acta Complementaria, obrantes a fojas 2/3 del
Expediente N° 1.954.251/15 y a foja 1 del Expediente N° 1.781.184/16
agregado como fojas 45 del Expediente Nº 1.694.251/15.
ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a las partes signatarias. Finalmente
procédase a la guarda conjuntamente con el Convenio Colectivo de
Trabajo de Empresa N° 547/03 “E”.
ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las
partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de
la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ezequiel Sabor.
Expediente N° 1.694.251/15
Buenos Aires, 20 de enero de 2017
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 53/17 se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2/3 del expediente N°
1.694.251/15 ya foja 1 del expediente N° 1.781.184/16 agregado como
fojas 45 al expediente de referencia; quedando registrado bajo el
número 66/17. — Jorge Alejandro Insua, Registro de Convenios
Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 17/04/2017 N° 19470/17 v. 17/04/2017
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)