DEUDA PÚBLICA
Disposición 17-E/2017
Letras del Tesoro en Dólares Estadounidenses. Amplíase emisión.
Ciudad de Buenos Aires, 17/04/2017
VISTO el Expediente Nº EX-2017-06258749-APN-MF del registro del
MINISTERIO DE FINANZAS, la Ley de Administración Financiera y de los
Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus
modificaciones, la Ley N° 27.341 de Presupuesto General de la
Administración Nacional para el Ejercicio 2017, el Decreto Nº 1.344 de
fecha 4 de octubre de 2007 y sus modificaciones, la Disposición N°
15-E/2017 de fecha 10 de abril de 2017 de la TESORERÍA GENERAL DE LA
NACIÓN dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA
DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA, y
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 82 de la Ley de Administración Financiera y de los
Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 faculta a la
TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN dependiente de la SUBSECRETARÍA DE
PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA, a
emitir instrumentos financieros denominados Letras del Tesoro para
cubrir deficiencias estacionales de caja hasta el monto que fije
anualmente la Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional.
Que el Artículo 82 del Anexo al Decreto Nº 1.344 de fecha 4 de octubre
de 2007 fija las pautas que deberán observarse para la emisión y
colocación de las Letras del Tesoro.
Que en el marco del programa financiero del presente ejercicio se
considera conveniente proceder a una ampliación de las Letras del
Tesoro con vencimiento 14 de julio de 2017, originalmente emitidas por
el Artículo 1° de la Disposición N° 15-E/2017 de fecha 10 de abril de
2017 de la TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN.
Que ante la propuesta de las autoridades del MINISTERIO DE FINANZAS, el
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA, ha aceptado suscribir Letras del
Tesoro en Dólares Estadounidenses a corto plazo.
Que la emisión que se dispone está contenida dentro del límite que al
respecto establece el Artículo 36 de la Ley N° 27.341 de Presupuesto
General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2017.
Que asimismo, se ha previsto que los gastos que irroguen la emisión y
colocación de estos instrumentos, como así también los intereses que
devenguen deberán ser imputados a los créditos previstos en la
Jurisdicción 90 SERVICIO DE LA DEUDA PÚBLICA.
Que ha tomado intervención el Órgano Responsable de la Coordinación de
los Sistemas de Administración Financiera del Sector Público Nacional
en el ámbito de su competencia.
Que el Servicio Jurídico competente ha tomado la intervención correspondiente.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 82 de la Ley N° 24.156.
Por ello,
EL TESORERO GENERAL DE LA NACIÓN
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Amplíase, con fecha 17 de abril de 2017, la emisión de
las Letras del Tesoro en Dólares Estadounidenses con vencimiento 14 de
julio de 2017, originalmente emitidas por el Artículo 1° de la
Disposición N° 15-E/2017 de fecha 10 de abril de 2017 de la TESORERÍA
GENERAL DE LA NACIÓN, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de
la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA, por un monto de
DÓLARES ESTADOUNIDENSES VALOR NOMINAL NOVENTA Y UN MILLONES CIENTO
VEINTISIETE MIL SETECIENTOS VEINTICINCO (U$S VN 91.127.725 ), las que
tendrán las mismas condiciones financieras previstas en el Artículo 1°
de la citada disposición, a excepción de la forma de colocación, la que
se realizará por suscripción directa por parte del GOBIERNO DE LA
PROVINCIA DE CÓRDOBA.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Jorge Horacio Domper.
e. 18/04/2017 N° 24374/17 v. 18/04/2017