MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES
Resolución 25-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 27/01/2017
VISTO el Expediente N° 1.712.415/16 del registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la
Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 61/66, obra agregado el acuerdo celebrado entre la
ASOCIACIÓN DEL PERSONAL DE DIRECCIÓN DE LOS FERROCARRILES ARGENTINOS
por la parte gremial y la empresa FERROSUR ROCA SOCIEDAD ANÓNIMA por el
sector empresario, en el marco de la Ley de Negociación Colectiva N°
14.250 (t.o. 2004).
Que bajo dicho acuerdo las precitadas partes han convenido el pago de
una suma de carácter no remunerativo y de una gratificación
extraordinaria de carácter no remunerativo, cuya vigencia opera a
partir del día 1 de Enero de 2017, con las consideraciones obrantes en
el texto al cual se remite.
Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo se corresponde con la
actividad principal de la parte empleadora signataria y la
representatividad de la Entidad sindical firmante, emergente de su
personería gremial.
Que con referencia al carácter no remunerativo atribuido a las sumas
convenidas a cuenta de futuros aumentos, corresponde exhortar a las
partes a fin que en futuras negociaciones, las sumas cuyo devengamiento
se estipule para varios períodos mensuales, tengan naturaleza
remunerativa, conforme a lo establecido en el Artículo 103 de la Ley N°
20.744 (t.o. 1976).
Que cabe dejar asentando que la homologación que por la presente se
dicta no alcanza las disposiciones contenidas en la Cláusula Novena, en
tanto la entidad carece de representatividad respecto al personal
indicado en la misma.
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que las partes acreditan la representación que invocan con la
documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el
mentado acuerdo.
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del
Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N°
53/15.
Por ello,
LA SUBSECRETARIA DE RELACIONES LABORALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Declárese homologado el acuerdo obrante a fojas 61/66,
celebrado entre la ASOCIACIÓN DEL PERSONAL DE DIRECCIÓN DE LOS
FERROCARRILES ARGENTINOS y la empresa FERROSUR ROCA SOCIEDAD ANÓNIMA,
en el marco de la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 2°.- Gírese a la Dirección General de Registro, Gestión y
Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN.
Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el
Departamento Coordinación registre el acuerdo obrante a fojas 61/66 del
Expediente N° 1.712.415/16.
ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.
ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto que este Ministerio de
Trabajo, Empleo y Seguridad Social no efectúe la publicación de
carácter gratuito del acuerdo homologado y de esta Resolución, las
partes deberán proceder conforme a lo establecido en el Artículo 5° de
la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del registro Oficial y archívese. — Silvia Julia Squire.
Expediente N° 1.712.415/16
Buenos Aires, 03 de febrero de 2017
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION SSRL N° 25/17 se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 61/66 del expediente de
referencia; quedando registrado bajo el número 159/17. — Jorge
Alejandro Insua, Registro de Convenios Colectivos, Departamento
Coordinación - D.N.R.T.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 18/04/2017 N° 20332/17 v. 18/04/2017
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)