MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES
Resolución 26-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 27/01/2017
VISTO el Expediente N° 1.742.796/16 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la
Ley N° 22.250 y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 7/8 y Anexo de fojas 9 luce un acuerdo celebrado por la
UNION OBRERA DE LA CONSTRUCCIÓN DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (UOCRA) por
el sector sindical, y la ASOCIACIÓN ARGENTINA DEL HORMIGON ELABORADO
(AAHE) por el sector empleador, en el marco del Convenio Colectivo de
Trabajo N° 445/06, de acuerdo a las disposiciones de la ley N° 14.250
(t.o. 2004) de negociaciones colectivas.
Que el acuerdo de fojas 7/8 establece un incremento de los básicos
salariales con vigencia desde el 1 de octubre de 2016 de acuerdo a lo
indicado en el Anexo de fojas 9.
Que las partes celebrantes han acreditado su personería y facultades
para convencionar colectivamente con las constancias que obran en autos
y ratificaron su contenido a fojas 71.
Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo se circunscribe a la
correspondencia entre la representatividad que ostenta el sector
empresario firmante y la entidad sindical signataria, emergente de su
personería gremial.
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la legislación laboral vigente.
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones
del Trabajo de este Ministerio, ha tomado la intervención que le
compete.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que en atención al ámbito personal del acuerdo es menester dejar
expresamente aclarado que no corresponde calcular y fijar base promedio
de remuneraciones y tope indemnizatorio respecto de los convenios y
acuerdos salariales aplicables a los trabajadores que se desempeñen en
la actividad regulada por la Ley N° 22.250.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N°
53/15.
Por ello,
LA SUBSECRETARIA DE RELACIONES LABORALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Declárase homologado el acuerdo celebrado entre la UNION
OBRERA DE LA CONSTRUCCIÓN DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (UODRA) por el
sector sindical, y la ASOCIACIÓN ARGENTINA DEL HORMIGON ELABORADO
(AAHE) por el sector empleador, que luce a 7/8 y Anexo de fojas 9 del
Expediente N° 1.742.796/16.
ARTÍCULO 2°.- Gírese a la Dirección General de Registro, Gestión y
Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN.
Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el
Departamento Coordinación registre el Acuerdo de fojas 7/8 y Anexo de
fojas 9 del Expediente N° 1.742.796/16.
ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente
procédase a la guarda del presente legajo junto al Convenio Colectivo
de Trabajo N° 445/06.
ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuita de los Acuerdos homologados y de esta Resolución, las
partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de
la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Silvia Julia Squire.
Expediente N° 1.742.796/16
Buenos Aires, 03 de febrero de 2017
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION SSRL N° 26/17 se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 7/8 y 9 del expediente de
referencia; quedando registrado bajo el número 160/17. — Jorge
Alejandro Insua, Registro de Convenios Colectivos, Departamento
Coordinación - D.N.R.T.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 18/04/2017 N° 20333/17 v. 18/04/2017
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)