MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES
Disposición 12-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 12/01/2017
VISTO el Expediente N° 1.746.505/16 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 3/4 del Expediente de referencia, obra el Acuerdo celebrado
entre el SINDICATO ARGENTINO DE TELEVISIÓN, SERVICIOS AUDIOVISUALES,
INTERACTIVOS Y DE DATOS (S.A.T.S.A.I.D.) por los trabajadores y la
empresa PROMOFILM SOCIEDAD ANÓNIMA por la parte empleadora, en el marco
de los Convenios Colectivos de Trabajo Nº 131/75 y Nº 634/11 de
conformidad a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250
(t.o. 2004).
Que en el mismo las partes pactan extender en el ámbito de la empresa,
el plazo de atribución del carácter no remunerativo, de un incremento
oportunamente pactado en la negociación colectiva de actividad.
Que se ha acreditado la existencia de correspondencia entre al ámbito
de representación personal y territorial reconocido al gremio firmante
y la actividad desarrollada por la empresa signataria.
Que los agentes negociales han ratificado su contenido y firmas allí
insertas, acreditando su personería con las constancias obrantes en
autos.
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones
del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que las facultades de la suscripta para dictar la presente, surgen de lo dispuesto por la Decisión Administrativa Nº 186/16.
Por ello,
LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO
DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- Homologase el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO
ARGENTINO DE TELEVISIÓN, SERVICIOS AUDIOVISUALES, INTERACTIVOS Y DE
DATOS (S.A.T.S.A.I.D.) por los trabajadores y la empresa PROMOFILM
SOCIEDAD ANÓNIMA por la parte empleadora, en el marco de los Convenios
Colectivos de Trabajo Nº 131/75 y Nº 634/11 de conformidad a lo
dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004),
obrante a fojas 3/4 del Expediente Nº 1.746.505/16.
ARTÍCULO 2°.- Gírese a la Dirección General de Registro, Gestión y
Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN.
Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin que el
Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 3/4 del
Expediente N° 1.746.505/16.
ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a las partes signatarias. Cumplido, procédase a la guarda del presente legajo.
ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Disposición, las
partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de
la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Sara Graciela Sosa.
Expediente N° 1.746.505/16
Buenos Aires, 24 de enero de 2017
De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRT N° 12/17 se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 3/4 del expediente de
referencia; quedando registrado bajo el número 78/17. — Jorge Alejandro
Insua, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación -
D.N.R.T.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en
la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán
ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha
767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 18/04/2017 N° 20411/17 v. 18/04/2017
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)