Resolución 151-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 20/04/2017
VISTO el Reglamento General Para la Pesca Deportiva Continental
Patagónica y las normativas específicas del Anexo para los Parques
Nacionales del Sur, correspondientes a la Temporada 2016/2017, cuyos
antecedentes han recaído en el Expediente Nº 4314/2016, y
CONSIDERANDO:
Que el referido Reglamento, en lo que respecta a sus disposiciones
generales así como las diferentes categorías y los valores de los
permisos de pesca, ha sido consensuado en el ámbito de la Comisión
Consultiva y de Coordinación de la Pesca Continental Patagónica.
Que tal Comisión involucra la participación de esta Administración, de
los organismos provinciales de las diferentes Provincias de la
Patagonia y de asociaciones con injerencia en el tema.
Que en lo que atañe a la reglamentación específica para los Parques
Nacionales del Sur, han tomado debida intervención las Intendencias
respectivas y la entonces Delegación Regional Patagonia, de acuerdo a
lo establecido por la Resolución P.D. Nº 283/2002.
Que han tomado la intervención que les compete la entonces Dirección
Nacional de Conservación de Áreas Protegidas, la Dirección General de
Asuntos Jurídicos y la Dirección de Administración.
Que la presente se dicta de acuerdo a las facultades conferidas por el Artículo 23, incisos f) y w), de la Ley Nº 22.351.
Por ello,
EL HONORABLE DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Reglamento General para la Pesca Deportiva
Continental Patagónica y el Anexo correspondiente a los Parques
Nacionales del Sur - Temporada 2016/2017 el que, como Anexo
IF-2017-06316888-APN-DNC#APNAC, forma parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 2º.- Convalídanse los valores de las estampillas
correspondientes a las distintas categorías de los permisos de pesca
para la temporada 2016/2017, que fueran oportunamente consensuados en
el ámbito de la Comisión Consultiva, y a los que se hace referencia en
el Punto 3 del Reglamento General y en el Punto13 del Anexo de los
Parques Nacionales del Sur.
ARTÍCULO 3º.- Encomiéndase a la Dirección de Administración la
impresión de las estampillas correspondientes a la temporada 2016/2017,
considerando los valores propuestos —debiendo incluirse una estampilla
no valorizada—, estimándose las cantidades totales a imprimir de cada
categoría en función de las estadísticas de ventas de permisos de pesca
de las últimas temporadas, de la información aportada por la Delegación
Regional Patagonia y las Intendencias de los Parques Nacionales
Patagónicos.
ARTÍCULO 4º.- Tomen conocimiento la Unidad de Auditoría Interna, las
Direcciones Nacionales de Operaciones y de Conservación, las
Direcciones Generales de Administración y de Asuntos Jurídicos y las
Direcciones de Concesiones y de Coordinación Operativa. Comuníquese a
la Dirección Regional Sur y a las Intendencias de los Parques
Nacionales Lanín, Lago Puelo, Laguna Blanca, Los Alerces, Los
Glaciares, Nahuel Huapi y Tierra del Fuego.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — Eugenio Indalecio Breard, Presidente. —
Pablo Federico Galli Villafañe, Vocal. — Roberto María Brea, Vocal. —
Gerardo Sergio Bianchi, Vocal.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 25/04/2017 N° 26029/17 v. 25/04/2017
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)