AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS
Resolución 21/2017
Buenos Aires, 24/04/2017
VISTO el Expediente EX-2017-04824035- -APN-DNAAJYM#ANMAC del Registro
de ésta AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS, las Leyes Nros.
20.429, 24.492, 27.192; el Decreto N° 1.023 del 13 de agosto de 2001
reglamentado por el Anexo al Decreto N° 893 de fecha 7 de junio de
2012, y el Decreto N° 1.030 del 15 de septiembre de 2016; las
Resoluciones ANMAC Nros. 13 del 13 de septiembre de 2016; 1 del 16 de
enero de 2017 y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 27.192, se creó la AGENCIA NACIONAL DE
MATERIALES CONTROLADOS (ANMaC), organismo descentralizado en el ámbito
del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, al que le fueron
encomendadas, entre otras, las funciones oportunamente desempeñadas por
el ex REGISTRO NACIONAL DE ARMAS (RENAR).
Que por dicha Ley se otorgó a la AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES
CONTROLADOS (ANMaC) autarquía económica financiera, personería jurídica
propia y capacidad de actuación en el ámbito del derecho público y
privado.
Que por Resolución ANMaC N° 13/2016 se dispuso dar inicio al Plan
Integral de Modernización de la agencia, a los fines de lograr alcanzar
los objetivos para los que fue concebida.
Que mediante IF-2017-06335567-APN-DNAAJYM#ANMAC se adjuntó Memo N°
14/2017 del Departamento de Mantenimiento y Servicios Auxiliares,
correspondiente al requerimiento de un servicio de limpieza y
maestranza.
Que ante las actividades de la AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES
CONTROLADOS (ANMaC), surge la necesidad de contar con un servicio de
limpieza y maestranza, razón por la cual se requiere la contratación
del servicio.
Que ponderados los procedimientos de selección vigentes, se estima
pertinente proceder a la convocatoria de proveedores a través de la
Licitación Pública de Etapa Única Nacional y Sin Modalidad, a la
aprobación de los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, para
contratación de los respectivos servicios, en un todo de acuerdo a las
previsiones del artículo 26 incisos a) y b) del RÉGIMEN DE
CONTRATACIONES DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL aprobado por el Decreto
delegado N° 1023/2001, del artículo 13 de su Decreto Reglamentario N°
1030/2016 y concordantes.
Que la Coordinación de Asuntos Jurídicos, conforme lo previsto por el
artículo 10 del Decreto 12/2016, ha tomado la intervención de su
competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por
la Ley N° 27.192 y el Anexo al Artículo 14 del Reglamento aprobado por
el Decreto N° 893 de fecha 7 de junio de 2012, el Decreto N° 690 de
fecha 16 de mayo de 2016 y el Anexo al inciso b) del Artículo 35 del
Anexo al Decreto N° 1.344 de fecha 4 de octubre de 2007, reglamentario
de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas Control del
Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificaciones.
Por ello,
LA DIRECTORA EJECUTIVA DE LA AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Convócase a Licitación Pública de Etapa Única Nacional
para la contratación del servicio de limpieza y maestranza para las
distintas dependencias de la AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS
(ANMaC).
ARTÍCULO 2°.- Apruébanse el Pliego de Bases y Condiciones Particulares
y las Especificaciones Técnicas que regirán el presente llamado a
Licitación Pública citado en el Artículo 1° que, como anexos, forman
parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 3°.- Establécese que los Pliegos de Bases y Condiciones serán
sin costo, los que se podrán retirar a partir del día Martes 25 de
Abril de 2017, del domicilio de la AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES
CONTROLADOS (ANMaC), sitio en calle Bartolomé Mitre 1465/69 de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el horario de 10:00 a 12:00 y de
13:00 a 16:00 horas hasta el día Miércoles 17 de Mayo de 2017 a horas
11:00.
ARTÍCULO 4°.- La presentación de las ofertas deberá efectuarse hasta el
día Miércoles 17 de Mayo de 2017 a las 11:30 horas, en la sede de la
AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS (ANMaC), sita en calle
Bartolomé Mitre 1465/69 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
ARTÍCULO 5°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, elévese a la
Dirección Nacional del Registro Oficial, incorpórese al Banco Nacional
Informatizado de Datos y archívese. — Natalia Gambaro.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 25/04/2017 N° 26345/17 v. 25/04/2017
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)