MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA
Resolución 95-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 21/04/2017
VISTO el Expediente Nº EX-2017-00885599-APN-DDYME#MA del Registro del
MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA y la Resolución N° 431 del 31 de octubre de
2008 de la ex - SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS
del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, y
CONSIDERANDO:
Que el día 20 de mayo fue declarado “Día Mundial de la Abeja” por la
Federación Internacional de Asociaciones de Apicultura (APIMONDIA), y
se celebra al mismo tiempo en diferentes países del mundo, con el
objetivo de divulgar sobre la importancia de las abejas y los
beneficios que aportan.
Que nuestro país, a través de la Sociedad Argentina de Apicultores,
ocupa la vicepresidencia de dicha Federación, debido a que la actividad
apícola en su conjunto reviste un fuerte carácter federal y se
encuentra desde hace muchos años en franca expansión.
Que el MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA viene realizando numerosas acciones
tendientes al progreso de la competitividad de los productos apícolas,
al incremento del valor agregado, la asistencia y capacitación
permanente para mejorar la calidad, sanidad y productividad, la
integración entre eslabones y a la promoción de sus productos, entre
los ejes de mayor relevancia.
Que resulta prioritario para el Gobierno Nacional, contribuir a
maximizar los niveles de productividad, calidad y valor agregado en la
cadena apícola nacional, con el propósito de mejorar su competitividad,
fortaleciendo su posicionamiento tanto en el mercado interno como
externo.
Que la expansión del comercio mundial ha ampliado las fronteras
comerciales para las producciones apícolas, creando posibilidades de
inserción en nuevos mercados.
Que en la actualidad, la REPÚBLICA ARGENTINA es el segundo mayor
exportador de miel y tercer productor a nivel mundial; con un impacto
económico por un monto superior a los DÓLARES ESTADOUNIDENSES CIENTO
CINCUENTA Y NUEVE MILLONES (U$S 159.000.000) FOB y un volumen de
exportación de más de SETENTA Y SIETE MIL TONELADAS (77.000 t).
Que el NOVENTA Y CINCO POR CIENTO (95%) de la miel producida se
exporta, siendo los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, la REPÚBLICA FEDERAL DE
ALEMANIA y el REINO DE ESPAÑA los principales destinatarios.
Que con la presente medida se estima contribuir al desarrollo de la
cadena apícola, mediante la promoción federal de la actividad en su
conjunto.
Que esta actividad se realiza en varias regiones de nuestro país, además de ser una fuente importante de mano de obra.
Que así también el impulso de esta actividad tiene por objeto
contribuir a mejorar los ingresos de los productores apícolas, el
incremento del valor agregado de la miel y su consecuente rentabilidad.
Que el desarrollo de las actividades previstas en la presente medida,
contribuirá a mejorar el reconocimiento de la actividad apícola
nacional en su conjunto, con el consiguiente beneficio para el
desarrollo regional y de los pequeños productores, por ser una cadena
que emplea importante mano de obra.
Que entre los objetivos centrales de la SUBSECRETARÍA DE ALIMENTOS Y
BEBIDAS de la SECRETARÍA DE AGREGADO DE VALOR del MINISTERIO DE
AGROINDUSTRIA, se encuentra el de entender en la elaboración y
propuesta de instrumentos para contribuir a promover el desarrollo y
crecimiento del sector industrial agroalimentario, como así también
realizar propuestas y coordinar la ejecución de las políticas de
comercialización, regulación y fiscalización de la producción
agroalimentaria, así como en las negociaciones internacionales,
comerciales y sanitarias de estos rubros, en el ámbito de su
competencia.
Que la presente medida no genera costo fiscal alguno.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA ha tomado la intervención que le compete.
Que el suscripto es competente para el dictado de la presente medida de
acuerdo a las facultades conferidas por la Ley de Ministerios (texto
ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificaciones.
Por ello,
EL MINISTRO DE AGROINDUSTRIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Establécese en el ámbito del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA
la Semana de la Miel, bajo el lema “Súmale miel a tu vida”, la cual
estará comprendida entre los días 14 y 20 de mayo inclusive, para el
año 2017 y sucesivos.
ARTÍCULO 2º.- Dispónese que durante la Semana de la Miel, a través de
la SUBSECRETARÍA DE ALIMENTOS Y BEBIDAS de la SECRETARÍA DE AGREGADO DE
VALOR del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA se realizarán distintas
actividades relacionadas a la importancia de la cadena apícola, y la
realización de seminarios, charlas, talleres, simposios en las
distintas provincias productoras, donde se invitará a participar a
representantes del sector público y privado de la cadena de valor
apícola, junto con otros organismos cuya participación estime
conveniente la citada Subsecretaría.
ARTÍCULO 3º.- Invítase a las provincias, a los municipios y organismos
públicos y entidades privadas que desarrollan acciones destinadas al
sector apícola a participar de las actividades a realizarse en la
referida Semana.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ricardo Buryaile.
e. 26/04/2017 N° 26064/17 v. 26/04/2017