MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES
CONSEJO GREMIAL DE ENSEÑANZA PRIVADA
Resolución 3/2017
Buenos Aires, 19/04/2017
VISTO lo determinado por el artículo 26 de la Ley 13.047, y;
CONSIDERANDO:
Que para los establecimientos educativos comprendidos en el Artículo 2°
inciso a) de la Ley 13.047, corresponde fijar anualmente el número de
becas de estudio, por grado y por curso que acordará cada
establecimiento reconocido por enseñanza oficial que perciba aporte
estatal;
Que en sesión de fecha 18 de Abril de 2017, se aprobó por mayoría el
dictado del presente acto administrativo, conforme lo determina la Ley
13.047;
Por ello, en uso de atribuciones que le son propias,
EL CONSEJO GREMIAL DE ENSEÑANZA PRIVADA REUNIDO EN SESIÓN ORDINARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° - Fijar para el año 2017 en el diez por ciento (10%) el
porcentaje de becas por estudio por grado y por curso para los
establecimientos educativos reconocidos para la enseñanza oficial y que
perciban aporte estatal.
El porcentaje fijado en el párrafo anterior podrá alcanzarse mediante
la concesión del beneficio en forma parcial y/o total, y se entenderá
cumplido cuando la sumatoria de los porcentajes otorgados en los
distintos grados y cursos equivalga al diez por ciento (10%) del total
de los alumnos del instituto.
ARTÍCULO 2° - Desglosar la presente Resolución para su registro y
archivo. Remitir copia autenticada por Presidencia, a los Ministerios
de Educación Provinciales, y a las Direcciones Provinciales de
Educación Pública de Gestión Privada y de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires. Notifíquese a la Secretaria de Comercio Interior; a la
Administración Federal de Ingresos Públicos a sus efectos.
ARTÍCULO 3° - Comuníquese. Publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
APROBADA EN SESION DE FECHA 18 de Abril de 2017.
Miguel A. Rivas, Presidente. — Norberto Baloira, Miembro. — Pablo
Olocco, Miembro. — Gerardo Suarez, Miembro. — Ana María Ravaglia,
Miembro. — Silvia Squire, Miembro. — Horacio Ferrari, Miembro. —
Enrique Martin, Miembro. — Javier Fediuk, Miembro. — Mauricio
Villafañe, Miembro. — Maria C. Nuñez, Miembro.
e. 26/04/2017 N° 26448/17 v. 26/04/2017