MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES

CONSEJO GREMIAL DE ENSEÑANZA PRIVADA

Resolución 3/2017

Buenos Aires, 19/04/2017

VISTO lo determinado por el artículo 26 de la Ley 13.047, y;

CONSIDERANDO:

Que para los establecimientos educativos comprendidos en el Artículo 2° inciso a) de la Ley 13.047, corresponde fijar anualmente el número de becas de estudio, por grado y por curso que acordará cada establecimiento reconocido por enseñanza oficial que perciba aporte estatal;

Que en sesión de fecha 18 de Abril de 2017, se aprobó por mayoría el dictado del presente acto administrativo, conforme lo determina la Ley 13.047;

Por ello, en uso de atribuciones que le son propias,

EL CONSEJO GREMIAL DE ENSEÑANZA PRIVADA REUNIDO EN SESIÓN ORDINARIA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° - Fijar para el año 2017 en el diez por ciento (10%) el porcentaje de becas por estudio por grado y por curso para los establecimientos educativos reconocidos para la enseñanza oficial y que perciban aporte estatal.

El porcentaje fijado en el párrafo anterior podrá alcanzarse mediante la concesión del beneficio en forma parcial y/o total, y se entenderá cumplido cuando la sumatoria de los porcentajes otorgados en los distintos grados y cursos equivalga al diez por ciento (10%) del total de los alumnos del instituto.

ARTÍCULO 2° - Desglosar la presente Resolución para su registro y archivo. Remitir copia autenticada por Presidencia, a los Ministerios de Educación Provinciales, y a las Direcciones Provinciales de Educación Pública de Gestión Privada y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Notifíquese a la Secretaria de Comercio Interior; a la Administración Federal de Ingresos Públicos a sus efectos.

ARTÍCULO 3° - Comuníquese. Publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

APROBADA EN SESION DE FECHA 18 de Abril de 2017.

Miguel A. Rivas, Presidente. — Norberto Baloira, Miembro. — Pablo Olocco, Miembro. — Gerardo Suarez, Miembro. — Ana María Ravaglia, Miembro. — Silvia Squire, Miembro. — Horacio Ferrari, Miembro. — Enrique Martin, Miembro. — Javier Fediuk, Miembro. — Mauricio Villafañe, Miembro. — Maria C. Nuñez, Miembro.

e. 26/04/2017 N° 26448/17 v. 26/04/2017