MINISTERIO DE SEGURIDAD

SECRETARÍA DE FRONTERAS

Resolución 3-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 24/04/2017

VISTO el Expediente EX-2017-03292719- -APN-DEF#MSG del Registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD, los Decretos Nros. 15 del 5 de enero de 2016 y 68 del 25 de enero de 2017, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto 15/2016 crea la SECRETARÍA DE FRONTERAS del MINISTERIO DE SEGURIDAD, asignándole como objetivos, entre otros, los de Asegurar la presencia efectiva del Estado Nacional en toda la Zona de Seguridad de Fronteras; asistir al Ministro de Seguridad en todo lo concerniente a la seguridad de fronteras y al cumplimiento de los objetivos del Ministerio, coordinando el sistema de seguridad de fronteras; intervenir en la aplicación de la Ley N° 22.352; establecer mecanismos de cooperación con organismos nacionales y de los países limítrofes en materia de seguridad de fronteras y coordinar con los distintos Ministerios y organismos nacionales con presencia y/o competencia en las fronteras, y con las autoridades provinciales, acciones multidisciplinarias para el desarrollo integral y la seguridad de las zonas de frontera.

Que, asimismo, el Decreto 15/2016 creó la SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO DE FRONTERAS, dependiente de la SECRETARÍA DE FRONTERAS del MINSTERIO DE SEGURIDAD, asignándole como objetivos los de intervenir en la aplicación de la Ley N° 22.352 y su Decreto Reglamentario en todo lo relacionado con la coordinación de los controles fronterizos en Pasos Internacionales, Centros de Frontera y Áreas de Control Integrado así como la asistencia y el asesoramiento del SECRETARIO DE FRONTERAS.

Que el Decreto 68/2017 crea la COMISIÓN NACIONAL DE FRONTERAS y establece como uno de sus integrantes al SECRETARIO DE FRONTERAS, facultándolo a actuar por sí o por un representante.

Que el cumplimiento de los objetivos fijados al SECRETARIO DE FRONTERAS podrían verse menoscabados por la multiplicidad de funciones y tareas que le han sido asignadas, por lo que resulta oportuno, necesario y conveniente proceder a designar un funcionario que lo asista y represente ante la COMISIÓN NACIONAL DE FRONTERAS, resultando el más idóneo para ello, el SUBSECRETARIO DE DESARROLLO DE FRONTERAS.

Que la presente medida no implica erogación presupuestaria alguna.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE SEGURIDAD ha tomado la intervención que le compete.

Por ello,

EL SECRETARIO DE FRONTERAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Desígnese al SUBSECRETARIO DE DESARROLLO DE FRONTERAS como representante del SECRETARIO DE FRONTERAS ante la COMISIÓN NACIONAL DE FRONTERAS, con todas las funciones y atribuciones inherentes a su función.

ARTÍCULO 2°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Luis Enrique Green.

e. 28/04/2017 N° 27097/17 v. 28/04/2017