MINISTERIO DE SEGURIDAD
SECRETARÍA DE FRONTERAS
Resolución 3-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 24/04/2017
VISTO el Expediente EX-2017-03292719- -APN-DEF#MSG del Registro del
MINISTERIO DE SEGURIDAD, los Decretos Nros. 15 del 5 de enero de 2016 y
68 del 25 de enero de 2017, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto 15/2016 crea la SECRETARÍA DE FRONTERAS del MINISTERIO
DE SEGURIDAD, asignándole como objetivos, entre otros, los de Asegurar
la presencia efectiva del Estado Nacional en toda la Zona de Seguridad
de Fronteras; asistir al Ministro de Seguridad en todo lo concerniente
a la seguridad de fronteras y al cumplimiento de los objetivos del
Ministerio, coordinando el sistema de seguridad de fronteras;
intervenir en la aplicación de la Ley N° 22.352; establecer mecanismos
de cooperación con organismos nacionales y de los países limítrofes en
materia de seguridad de fronteras y coordinar con los distintos
Ministerios y organismos nacionales con presencia y/o competencia en
las fronteras, y con las autoridades provinciales, acciones
multidisciplinarias para el desarrollo integral y la seguridad de las
zonas de frontera.
Que, asimismo, el Decreto 15/2016 creó la SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO
DE FRONTERAS, dependiente de la SECRETARÍA DE FRONTERAS del MINSTERIO
DE SEGURIDAD, asignándole como objetivos los de intervenir en la
aplicación de la Ley N° 22.352 y su Decreto Reglamentario en todo lo
relacionado con la coordinación de los controles fronterizos en Pasos
Internacionales, Centros de Frontera y Áreas de Control Integrado así
como la asistencia y el asesoramiento del SECRETARIO DE FRONTERAS.
Que el Decreto 68/2017 crea la COMISIÓN NACIONAL DE FRONTERAS y
establece como uno de sus integrantes al SECRETARIO DE FRONTERAS,
facultándolo a actuar por sí o por un representante.
Que el cumplimiento de los objetivos fijados al SECRETARIO DE FRONTERAS
podrían verse menoscabados por la multiplicidad de funciones y tareas
que le han sido asignadas, por lo que resulta oportuno, necesario y
conveniente proceder a designar un funcionario que lo asista y
represente ante la COMISIÓN NACIONAL DE FRONTERAS, resultando el más
idóneo para ello, el SUBSECRETARIO DE DESARROLLO DE FRONTERAS.
Que la presente medida no implica erogación presupuestaria alguna.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE
ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE SEGURIDAD ha tomado la intervención
que le compete.
Por ello,
EL SECRETARIO DE FRONTERAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Desígnese al SUBSECRETARIO DE DESARROLLO DE FRONTERAS
como representante del SECRETARIO DE FRONTERAS ante la COMISIÓN
NACIONAL DE FRONTERAS, con todas las funciones y atribuciones
inherentes a su función.
ARTÍCULO 2°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN
NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Luis Enrique Green.
e. 28/04/2017 N° 27097/17 v. 28/04/2017