MINISTERIO DE PRODUCCIÓN

SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN PRODUCTIVA

Resolución 103-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 27/04/2017

VISTO el Expediente EX-2017-06280851- -APN-CME#MP, el Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificaciones, la Resolución N° 647 de fecha 7 de noviembre de 2016 del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN y la Resolución N° 54 de fecha 16 de diciembre de 2016 de la SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN PRODUCTIVA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificaciones, se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta el nivel de Subsecretaría.

Que por el Decreto N° 1 de fecha 4 de enero de 2016, se establecieron los objetivos para la SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN PRODUCTIVA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, entre los cuales se encuentra fortalecer la infraestructura institucional productiva, conformada por organizaciones intermedias representativas de los sectores productivos, para integrar los tejidos productivos locales, provinciales y regionales; y detectar las necesidades de desarrollo local, provincial y regional con el diseño y promover el vínculo con la formulación de políticas públicas nacionales de apoyo a la producción.

Que, asimismo, se establecieron los objetivos para la SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO INSTITUCIONAL PRODUCTIVO de la mencionada Secretaría, entre ellos, el de asistir al señor Secretario de Integración Productiva en el fortalecimiento de la infraestructura institucional productiva, conformada por organizaciones intermedias y entidades representativas de los sectores productivos, para integrar los tejidos productivos locales, provinciales y regionales, canalizar las demandas de política pública provenientes de los sectores productivos, a través de las instituciones que los representan, para el fortalecimiento del tejido productivo local, provincial y regional, y articular y mejorar los flujos de información entre actores públicos y privados del tejido productivo local, provincial y regional.

Que en el marco de la Decisión Administrativa N° 193 de fecha 16 de marzo de 2016, se establece como responsabilidad primaria de la Dirección Nacional de Fortalecimiento Institucional de la mencionada Subsecretaría, promover el fortalecimiento institucional de las organizaciones intermedias y entidades representativas de los sectores productivos locales, provinciales y regionales, mediante acciones de capacitación a dirigentes, relacionamiento interinstitucional y generación de contenidos.

Que a través de la Resolución N° 647 de fecha 7 de noviembre de 2016 del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, se creó el “Programa de Fortalecimiento Institucional Productivo” en el ámbito de la SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN PRODUCTIVA, con el objetivo de desarrollar y fortalecer las instituciones debidamente registradas en el REGISTRO ÚNICO DEL MINISTERIO DE PRODUCCIÓN (R.U.M.P.), creado por la Resolución N° 442 de fecha 8 de septiembre de 2016 del citado Ministerio, y en el REGISTRO DE INSTITUCIONES PRODUCTIVAS (RIPRO), creado por la Resolución N° 468 de fecha 20 de septiembre de 2016 del mencionado Ministerio, y que son instrumentos de representación legítimos de los intereses sectoriales, tanto frente a Autoridades Nacionales, como Provinciales y Locales, como frente al resto de la sociedad y demás organizaciones.

Que, asimismo, la Resolución N° 647/16 del citado Ministerio faculta a realizar todas las acciones necesarias a los efectos de poner en funcionamiento el “Programa de Fortalecimiento Institucional Productivo”.

Que mediante la Resolución N° 54 de fecha 16 de diciembre de 2016 de la SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN PRODUCTIVA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, se aprobó el Reglamento Operativo del mencionado Programa.

Que en el marco del citado Reglamento se establecen como objetivos generales: contribuir al desarrollo y fortalecimiento de las instituciones debidamente registradas mediante acciones de apoyo y asistencia directa, para mejorar tanto sus capacidades como su eficacia en la consecución de sus objetivos y generar espacios de participación, contención, formación, promoción y fomento de la actividad productiva.

Que a los fines de tornar operativo el proceso de fortalecimiento y asistencia financiera directa, se estima conveniente realizar la convocatoria de proyectos, resultando oportuno que la misma se efectúe entre los días 1 y 31 de mayo de 2017, ambas fechas inclusive.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Resolución N° 647/16 del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN y la Resolución N° 54/16 de la SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN PRODUCTIVA.

Por ello,

EL SECRETARIO DE INTEGRACIÓN PRODUCTIVA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Convócase a todas las Instituciones Productivas del país a participar del proceso de acreditación y selección de proyectos del “Programa de Fortalecimiento Institucional Productivo”, de conformidad con el Reglamento Operativo del mencionado Programa aprobado por la Resolución N° 54 de fecha 16 de diciembre de 2016 de la SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN PRODUCTIVA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.

ARTÍCULO 2°.- La convocatoria dispuesta en el Artículo 1° de la presente medida se realizará entre los días 1 y 31 de mayo de 2017, ambas fechas inclusive, y tiene como objeto la selección de proyectos para las Instituciones Productivas que cumplan con todos los requisitos establecidos en el Reglamento Operativo del mencionado Programa.

ARTÍCULO 3°.- Los requisitos de acceso y evaluación para las Instituciones Productivas interesadas en participar son los indicados en el Reglamento Operativo del Programa aprobado por la Resolución N° 54/16 de la SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN PRODUCTIVA.

ARTÍCULO 4°.- La postulación se realizará accediendo al formulario correspondiente a través del módulo Trámite a Distancia (TAD) del Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE), o bien a través de la Coordinación de Mesa de Entradas de la Dirección de Despacho y Mesa de Entradas, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, sita en la Avenida Presidente Julio Argentino Roca N° 651, Planta Baja, Sector 2 (CP 1067) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; a nombre del “Programa de Fortalecimiento Institucional Productivo”- SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO INSTITUCIONAL PRODUCTIVO, SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN PRODUCTIVA.

ARTÍCULO 5°.- La presente resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Fernando Raúl Premoli.

e. 02/05/2017 N° 27762/17 v. 02/05/2017