MINISTERIO DE COMUNICACIONES

ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución 2884-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 24/04/2017

VISTO el Expediente N° 7.379/2016 del Registro del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES y

CONSIDERANDO:

Que por Acta N° 10 de fecha 18 de agosto de 2016 el Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES acordó la suscripción de la Resolución N° 6.981-E/2016 mediante la cual se aprobó el Régimen de Información de Ingreso de Aportes de Inversión al Fondo Fiduciario del Servicio Universal que dispone las formas y normas de procedimiento que los sujetos obligados deberán seguir a fin de liquidar los montos correspondientes al Aporte de Inversión establecido por el Artículo 4° del Reglamento General del Servicio Universal, aprobado por Resolución ENACOM N° 2.642/2016.

Que, en lo que aquí deviene relevante, cabe señalar que la Resolución N° 6.981-E/2016 tiene vigencia a partir del 1° de enero de 2017, correspondiendo desde entonces la presentación mensual de las declaraciones juradas, de acuerdo con las previsiones del Reglamento General del Servicio Universal.

Que, por lo tanto, los períodos devengados, anteriores a su entrada en vigor, deben ser liquidados en conformidad con el apartado b) del Artículo 4°, Resolución SC N° 154/10.

Que el anexo de la Resolución N° 6.981-E/2016, en su Artículo 8°, inciso b) efectuó dicha previsión para los períodos que corren entre el 01/07/2007 y el 30/06/2016, haciendo silencio sobre aquellos posteriores y hasta el 31/12/2016.

Que por ello corresponde modificar el Artículo 8°, inciso b) de la Resolución N° 6.981-E/2016, y fijar el 31 de diciembre de 2016 como fecha de corte.

Que por otro lado, el Artículo 1° de la Resolución N° 6.981-E/2016 aprobó los formularios correspondientes como Adjuntos A y B del Anexo IF-2016-02113466-APN-ENACOM#MCO.

Que, con relación a ello, se advierte que el formulario Adjunto A “DECLARACIÓN JURADA APORTE SERVICIO UNIVERSAL” deberá poseer un apartado que contemple las disposiciones del artículo 1°, inciso b) i) 2° párrafo de la Resolución SC N° 154/10, por lo que corresponde proceder a su modificación.

Que, asimismo, se observa que en el dictado del acto, el formulario Adjunto B “INFORME DE INTERESES INGRESADOS POR APORTES FFSU” fue omitido involuntariamente; por lo que deberá ser incorporado.

Que en tanto las diligencias y gestiones que la Administración impone a los particulares deben desarrollarse en orden a reglas claras y objetivas, las cuestiones señaladas precedentemente deben ser subsanadas.

Que el servicio jurídico permanente del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha tomado la intervención de su competencia.

Que han tomado la intervención pertinente el Coordinador General de Asuntos Ejecutivos y el Coordinador General de Asuntos Técnicos, conforme lo establecido en el Acta de Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES N° 17 de fecha 17 de febrero de 2017.

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 27.078, el Decreto N° 267 del 29 de diciembre de 2015 y el Acta de Directorio N° 1 del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES de fecha 5 de enero de 2016, y lo acordado en su Acta N° 18 de fecha 30 de marzo de 2017.

Por ello,

EL DIRECTORIO DEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Modifíquese el Artículo 8°, inciso b) de la Resolución N° 6981-E/2016 en los siguientes términos:

DONDE DICE: “Los períodos subsiguientes, devengados hasta el 30/06/16, se liquidarán de acuerdo con las previsiones fijadas en el apartado b) del artículo 4°, Resolución SC N° 154/2010.”

DEBE DECIR: “Los períodos subsiguientes, devengados hasta el 31/12/16, se liquidarán de acuerdo con las previsiones fijadas en el apartado b) del artículo 4°, Resolución SC N° 154/2010.”

ARTÍCULO 2°.- Modifíquese el formulario Adjunto A “DECLARACIÓN JURADA APORTE SERVICIO UNIVERSAL” por las razones expuestas en los considerandos, el que se adjunta como Anexo IF-2017-05436961-APN-ENACOM#MCO del GENERADOR ELECTRÓNICO DE DOCUMENTOS OFICIALES, que forma parte integrante, en un todo, de la presente Resolución.

ARTÍCULO 3°.- Incorpórese el formulario Adjunto B “INFORME DE INTERESES INGRESADOS POR APORTES FFSU” como Anexo IF-2017-05437077-APN-ENACOM#MCO del GENERADOR ELECTRÓNICO DE DOCUMENTOS OFICIALES, que forma parte integrante, en un todo, de la presente Resolución, al Anexo IF-2016-02113466-APN-ENACOM#MCO de la Resolución N° 6981-E/2016.

ARTÍCULO 4°.- Regístrese, comuníquese a las áreas pertinentes, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido, archívese. — Miguel Angel De Godoy.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 04/05/2017 N° 28263/17 v. 04/05/2017

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: AnexoI  AnexoII)