MINISTERIO DE FINANZAS
DEUDA PÚBLICA
Resolución 66-E/2017
Procedimiento para la Colocación de Instrumentos de Deuda Pública. Modificación.
Ciudad de Buenos Aires, 04/05/2017
VISTO el Expediente N° EX-2017-07640191-APN-MF, la Ley de
Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector
Público Nacional N° 24.156 y sus modificaciones, los Decretos Nros.
1.344 de fecha 4 de octubre de 2007 y sus modificaciones, y 32 de fecha
12 de enero de 2017, y la Resolución Conjunta N° 31 de la SECRETARÍA DE
HACIENDA y N° 10 de la SECRETARÍA DE FINANZAS de fecha 25 de marzo de
2015 del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control
del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones reguló, en
su Título III, el Sistema de Crédito Público, estableciéndose en su
Artículo 60 que las entidades de la Administración Nacional no podrán
formalizar ninguna operación de crédito público que no esté contemplada
en la ley de presupuesto general del año respectivo o en una ley
específica.
Que la Ley Nº 27.341 de Presupuesto General de la Administración
Nacional para el Ejercicio 2017, en su Artículo 34 autoriza, de
conformidad con lo dispuesto por el Artículo 60 citado en el
considerando anterior, a los entes que se mencionan en la Planilla
Anexa al mismo, a realizar operaciones de crédito público por los
montos, especificaciones y destino del financiamiento indicados en la
referida planilla y autoriza al Órgano Responsable de la Coordinación
de los Sistemas de Administración Financiera del Sector Público
Nacional a realizar las operaciones de crédito público correspondientes
a la Administración Central.
Que por el Artículo 6º del Anexo del Decreto Nº 1.344 de fecha 4 de
octubre de 2007, modificado por el Artículo 10 del Decreto N° 32 de
fecha 12 de enero de 2017, el MINISTERIO DE FINANZAS ejerce las
funciones de Órgano Responsable de la Coordinación de los Sistemas que
integran la Administración Financiera del Sector Público Nacional en lo
que refiere al Sistema de Crédito Público.
Que por el Artículo 2° de la Resolución Conjunta N° 31 de la SECRETARÍA
DE HACIENDA y N° 10 de la SECRETARÍA DE FINANZAS de fecha 25 de marzo
de 2015 del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, se
aprobaron las normas de “Procedimiento para la Colocación de
Instrumentos de Deuda Pública” a realizarse en el mercado local.
Que a fin de incentivar la participación de los suscriptores minoristas
en las licitaciones de instrumentos de endeudamiento público que se
realicen por adhesión, resulta necesario realizar modificaciones a las
normas de procedimiento mencionadas en el considerando precedente a
efectos de atender dicha demanda en primer término.
Que ha tomado intervención el Servicio Jurídico competente.
Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones
conferidas por el Artículo 6° del Anexo al Decreto N° 1.344/07 y sus
modificaciones.
Por ello,
EL MINISTRO DE FINANZAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Sustitúyense las normas de “Procedimiento para la
Colocación de Instrumentos de Deuda Pública”, aprobadas por el Artículo
2° de la Resolución Conjunta N° 31 de la SECRETARÍA DE HACIENDA y N° 10
de la SECRETARÍA DE FINANZAS de fecha 25 de marzo de 2015, ambas del
entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, por las que obran
como Anexo (IF-2017-07817290-APN-SECF#MF) de la presente medida.
ARTÍCULO 2°.- La presente medida entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Luis Andres Caputo.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 05/05/2017 N° 29729/17 v. 05/05/2017
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)
(Nota Infoleg: las modificaciones a los Anexos que se hayan publicado en Boletín Oficial pueden consultarse clickeando en el enlace "Esta norma es complementada o modificada por X norma(s).")