MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES

Resolución 82-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 16/03/2017

VISTO el Expediente N° 1.730.251/16 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la N° 20.744 (t.o. 1976) y la Ley 19.549, Decreto N° 1759/72 (t.o. 1991), y

CONSIDERANDO:

Que con posterioridad al dictado de la Resolución homologatoria identificada bajo número RESOL-2016-840-E-APN-SSRL#MT, de fecha 29 de noviembre de 2016, se observa que se han cometido errores materiales involuntarios, en el considerando primero y en el artículo primero.

Que al respecto, se observa que ha sido consignada a la parte empleadora bajo la denominación ASOCIACIÓN DE CLÍNICAS, SANATORIOS E INSTITUCIONES PSIQUIÁTRICAS DE LA CIUDAD DE ROSARIO Y SU ZONA, cuando debió especificarse de acuerdo a como consta en el Convenio Colectivo de trabajo N° 476/2006, habida cuenta que el Acuerdo por el cual homologó la resolución en análisis se concertó en el marco de dicha norma convencional.

Que, con relación a los errores observados, vale señalar que si bien el acuerdo fue homologado en su totalidad, corresponde a fin de evitar futuras interpretaciones confusas o erróneas de lo acordado oportunamente por las partes, proceder a su rectificación.

Que así, donde dice en el considerando 1° y en el Artículo 1° de la resolución RESOL-2017-840-E-APN-SSRL#MT “…ASOCIACIÓN DE CLÍNICAS, SANATORIOS E INSTITUCIONES PSIQUIÁTRICAS DE LA CIUDAD DE ROSARIO Y SU ZONA…” debe rectificarse por “ASOCIACIÓN DE CLÍNICAS, SANATORIOS E INSTITUCIONES PSIQUIÁTRICAS DE LA CIUDAD DE ROSARIO.”

Que por lo cual, corresponde dictar una resolución rectificando la homologación dictada en el sentido señalado, conforme lo normado en el artículo 101 del Decreto N° 1759/72 (t.o. 1991).

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 53/15.

Por ello,

LA SUBSECRETARIA DE RELACIONES LABORALES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Rectifíquese el considerando primero y el Artículo 1° de la Resolución RESOL-2017-840-E-APN-SSRL#MT, de fecha 29 de noviembre del 2016, para que donde dice “…ASOCIACIÓN DE CLÍNICAS, SANATORIOS E INSTITUCIONES PSIQUIÁTRICAS DE LA CIUDAD DE ROSARIO Y SU ZONA…” se lea “…ASOCIACIÓN DE CLÍNICAS, SANATORIOS E INSTITUCIONES PSIQUIÁTRICAS DE LA CIUDAD DE ROSARIO”.

ARTÍCULO 2°.- Regístrese la presente Resolución en la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordinación registre la presente.

ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo.

ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo y/o de esta Resolución, las partes deberán proceder de conformidad a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Silvia Julia Squire.

Expediente N° 1.730.251/16

Buenos Aires, 28 de marzo de 2017

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION SSRL N° 82/17 se ha tomado razón de la rectificación del considerando primero y del Artículo 1° de la RESOLUCION SSRL N° 840/16, quedando dicho acto administrativo registrado bajo el número 383/17. — Jorge Alejandro Insua, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

e. 08/05/2017 N° 28612/17 v. 08/05/2017