MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES
Resolución 82-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 16/03/2017
VISTO el Expediente N° 1.730.251/16 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la N°
20.744 (t.o. 1976) y la Ley 19.549, Decreto N° 1759/72 (t.o. 1991), y
CONSIDERANDO:
Que con posterioridad al dictado de la Resolución homologatoria
identificada bajo número RESOL-2016-840-E-APN-SSRL#MT, de fecha 29 de
noviembre de 2016, se observa que se han cometido errores materiales
involuntarios, en el considerando primero y en el artículo primero.
Que al respecto, se observa que ha sido consignada a la parte
empleadora bajo la denominación ASOCIACIÓN DE CLÍNICAS, SANATORIOS E
INSTITUCIONES PSIQUIÁTRICAS DE LA CIUDAD DE ROSARIO Y SU ZONA, cuando
debió especificarse de acuerdo a como consta en el Convenio Colectivo
de trabajo N° 476/2006, habida cuenta que el Acuerdo por el cual
homologó la resolución en análisis se concertó en el marco de dicha
norma convencional.
Que, con relación a los errores observados, vale señalar que si bien el
acuerdo fue homologado en su totalidad, corresponde a fin de evitar
futuras interpretaciones confusas o erróneas de lo acordado
oportunamente por las partes, proceder a su rectificación.
Que así, donde dice en el considerando 1° y en el Artículo 1° de la
resolución RESOL-2017-840-E-APN-SSRL#MT “…ASOCIACIÓN DE CLÍNICAS,
SANATORIOS E INSTITUCIONES PSIQUIÁTRICAS DE LA CIUDAD DE ROSARIO Y SU
ZONA…” debe rectificarse por “ASOCIACIÓN DE CLÍNICAS, SANATORIOS E
INSTITUCIONES PSIQUIÁTRICAS DE LA CIUDAD DE ROSARIO.”
Que por lo cual, corresponde dictar una resolución rectificando la
homologación dictada en el sentido señalado, conforme lo normado en el
artículo 101 del Decreto N° 1759/72 (t.o. 1991).
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N°
53/15.
Por ello,
LA SUBSECRETARIA DE RELACIONES LABORALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Rectifíquese el considerando primero y el Artículo 1° de
la Resolución RESOL-2017-840-E-APN-SSRL#MT, de fecha 29 de noviembre
del 2016, para que donde dice “…ASOCIACIÓN DE CLÍNICAS, SANATORIOS E
INSTITUCIONES PSIQUIÁTRICAS DE LA CIUDAD DE ROSARIO Y SU ZONA…” se lea
“…ASOCIACIÓN DE CLÍNICAS, SANATORIOS E INSTITUCIONES PSIQUIÁTRICAS DE
LA CIUDAD DE ROSARIO”.
ARTÍCULO 2°.- Regístrese la presente Resolución en la Dirección General
de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la
SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de
Negociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordinación
registre la presente.
ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo.
ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuito del Acuerdo y/o de esta Resolución, las partes
deberán proceder de conformidad a lo establecido en el Artículo 5 de la
Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Silvia Julia Squire.
Expediente N° 1.730.251/16
Buenos Aires, 28 de marzo de 2017
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION SSRL N° 82/17 se ha
tomado razón de la rectificación del considerando primero y del
Artículo 1° de la RESOLUCION SSRL N° 840/16, quedando dicho acto
administrativo registrado bajo el número 383/17. — Jorge Alejandro
Insua, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación -
D.N.R.T.
e. 08/05/2017 N° 28612/17 v. 08/05/2017