MINISTERIO DE CULTURA

Resolución 372-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 05/05/2017

VISTO el Expediente MC N° 11219/2016 del registro del MINISTERIO DE CULTURA, el Decreto Nº 1545 del 31 de agosto de 1994, sus modificatorios y complementarios, la Decisión Administrativa Nº 213 del 21 de marzo de 2016 y las Resoluciones MC N° 4661 y 4662, ambas del 6 de agosto de 2015, y Nº 268 del 14 de junio de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que por la Decisión Administrativa Nº 213/16 se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DE CULTURA, manteniéndose vigentes las aperturas de nivel inferior.

Que por la Resolución MC Nº 4661/15 y su modificatoria se aprobaron las aperturas de segundo nivel operativo correspondiente a la ex DIRECCIÓN NACIONAL DE PATRIMONIO Y MUSEOS, actual DIRECCIÓN NACIONAL DE MUSEOS de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN PATRIMONIAL de la SECRETARÍA DE PATRIMONIO CULTURAL de este Ministerio.

Que, asimismo, por la Resolución MC Nº 4662/15 y su modificatoria se aprobaron las aperturas de segundo nivel operativo correspondientes, entre otras, al INSTITUTO DE MUSICOLOGÍA CARLOS VEGA, dependiente de la ex – DIRECCIÓN NACIONAL DE ARTES, actual DIRECCIÓN NACIONAL DE INVESTIGACIÓN CULTURAL de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN PATRIMONIAL de la SECRETARÍA DE PATRIMONIO CULTURAL de este Ministerio.

Que, atento al proceso de transformación impulsada en el ámbito de los museos a nivel internacional, los mismos se constituyen como espacio de encuentro con el ciudadano y de construcción colectiva del conocimiento.

Que, según las buenas prácticas museísticas, el compromiso de los museos con su entorno y con el patrimonio promueve experiencias transformadoras para públicos actuales y futuros.

Que los museos, en tanto espacios de sociabilidad, generan respuestas a las cuestiones relevantes de la actualidad poniendo sus acervos al servicio de procesos democratizadores e inclusivos, incorporando estrategias de cultura digital.

Que sus patrimonios son interpretados en el marco de una cultura participativa y de respeto por las diversas maneras de acceder y apropiarse de los bienes culturales.

Que es necesidad de este Ministerio adecuar sus estructuras internas, adaptándolas a los nuevos lineamientos en la materia.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio ha tomado la intervención de su competencia.

Que la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO, dependiente de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas al suscripto en virtud de lo establecido por el artículo 17 del Decreto Nº 1545/94 y sus modificatorios.

Por ello,

EL MINISTRO DE CULTURA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Sustitúyense del Anexo II al artículo 1º de la Resolución de este Ministerio N° 4661 de fecha 6 de agosto de 2015 y modificatoria, las acciones del PALACIO SAN JOSÉ - MUSEO Y MONUMENTO NACIONAL “JUSTO JOSÉ DE URQUIZA”, del MUSEO HISTÓRICO DEL NORTE, del MUSEO NACIONAL ESTANCIA JESUÍTICA DE ALTA GRACIA Y CASA DEL VIRREY LINIERS, de la ESTANCIA DE JESÚS MARÍA - MUSEO JESUÍTICO NACIONAL, de la CASA HISTÓRICA DE LA INDEPENDENCIA, del MUSEO MITRE, del MUSEO HISTÓRICO SARMIENTO y del MUSEO Y BIBLIOTECA DE LA CASA DEL ACUERDO DE SAN NICOLÁS, todos dependientes de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MUSEOS de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN PATRIMONIAL de la SECRETARÍA DE PATRIMONIO CULTURAL de este Ministerio, las que quedarán redactadas de conformidad con el detalle obrante en la planilla anexa (IF-2017-07610380-APN-SECPC#MC) al presente artículo que forma parte integrante de esta Resolución.

ARTÍCULO 2°.- Sustitúyense del Anexo II al artículo 1º de la Resolución de este Ministerio N° 4662 de fecha 6 de agosto de 2015 y modificatoria, las acciones del INSTITUTO DE MUSICOLOGÍA CARLOS VEGA dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE INVESTIGACIÓN CULTURAL de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN PATRIMONIAL de la SECRETARÍA DE PATRIMONIO CULTURAL de este Ministerio, las que quedarán redactadas de conformidad con el detalle obrante en la planilla anexa (IF-2017-07846797-APN-SECPC#MC) al presente artículo que forma parte integrante de esta Resolución.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese. — Alejandro Pablo Avelluto.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 09/05/2017 N° 30136/17 v. 09/05/2017

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: AnexoI, AnexoII)