MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 371-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 22/03/2017

VISTO el Expediente N° 1.736.121/16 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que en el Expediente de referencia se dictó por la SECRETARIA DE TRABAJO la Resolución - 2016 - 640-E-APN-SECT # MT, cuya copia se halla glosada a fojas 92/94, mediante la cual se declararon homologados los Acuerdos y Anexos de fojas 67/81 y 82/84, suscriptos entre el SINDICATO ARGENTINO DE TELEVISIÓN, TELECOMUNICACIONES, SERVICIOS AUDIOVISUALES, INTERACTIVOS Y DE DATOS (SATTSAID), ASOCIACIÓN DE TELERADIODIFUSORAS ARGENTINAS (ATA) y CÁMARA ARGENTINA DE PRODUCTORAS INDEPENDIENTES DE TELEVISIÓN (CAPIT), conforme a lo establecido en la Ley N° 14250 (t.o. 2004).

Que seguido a ello y conforme surge de la presentación realizada por las partes firmantes y mencionadas en el considerando anterior, bajo Expediente N° 1.741.392/16 agregado como foja 102 al principal, éstas manifiestan que solicitan agregar un Acta Complementaria denominada Anexo B.

Que el mismo se encuentra debidamente ratificado por los intervinientes según actas de fojas 121/122, motivo por el cual será homologado por el presente como acta complementaria de los Acuerdos y Anexos de fojas 67/81 y 82/84 oportunamente homologado según Resolución – 2016 - 640-E-APN-SECT # MT.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que la Asesoría Legal en torno a lo solicitado, destaca que a los fines homologatorios pretendidos se encuentran cumplimentados los requisitos de forma y fondo previstos en la Ley. 14.250 (t.o. 2004).

Que corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 48/15.

Por ello,

EL SECRETARIO DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Declárase homologado el ANEXO B obrante a fojas 2 del Expediente N° 1.741.392/16 agregado como foja 102 al Expediente N° 1.736.121/16, como acta complementaria de los acuerdos y Anexos de fojas 67/81 y 82/84 celebrado entre el SINDICATO ARGENTINO DE TELEVISIÓN, TELECOMUNICACIONES, SERVICIOS AUDIOVISUALES, INTERACTIVOS Y DE DATOS (SATTSAID), ASOCIACIÓN DE TELERADIODIFUSORAS ARGENTINAS (ATA) y CÁMARA ARGENTINA DE PRODUCTORAS INDEPENDIENTES DE TELEVISIÓN (CAPIT), y oportunamente homologado según Resolución – 2016 -640-E-APN-SECT # MT, en el marco de la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 2º.- Gírese la presente Resolución por ante la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin que el Departamento Coordinación registre el ANEXO B obrante a fojas 2 del Expediente N° 1.741.392/16 agregado como foja 102 a los autos principales.

ARTÍCULO 3º.- Notifíquese a las partes signatarias. Finalmente procédase a la guarda.

ARTÍCULO 4º.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuita del ANEXO B y de esta Resolución las partes deberán proceder conforme a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ezequiel Sabor.

Expediente N° 1.736.121/16

Buenos Aires, 28 de marzo de 2017

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 371/17 se ha tomado razón del acta complementaria obrante a fojas 2 del expediente N° 1.741.392/16, agregado a fojas 102 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 395/17. — Jorge Alejandro Insua, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 09/05/2017 N° 28637/17 v. 09/05/2017

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)