ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
SUBDIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS METROPOLITANAS
Resolución 22-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 04/05/2017
VISTO la Actuación SIGEA N° 13333-63-2016 del Registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y
CONSIDERANDO,
Que entre los días 23 al 27 de mayo de 2017 se llevará a cabo en el
predio de La Rural en la Ciudad de Buenos Aires la 26° Feria de Arte
Contemporáneo, “ArteBA¨17”
Que la trascendencia del citado evento y la difusión local e
internacional del arte contemporáneo convierten al mismo en un centro
de negocios para el arte latinoamericano, posibilitando la expansión de
dicho mercado.
Que en tal sentido y para mantener el liderazgo latinoamericano como
centro de negocios del mercado del arte frente a otras ferias
extranjeras, resulta oportuno tomar los recaudos necesarios a fin de
adoptar las medidas tendientes a agilizar los trámites operativos
aduaneros que correspondan.
Que, a tales fines, y en concordancia con la SECRETARÍA DE CULTURA DE
LA NACIÓN, a través de la DIRECCIÓN NACIONAL DE BIENES Y SITIOS
CULTURALES dependiente del Ministerio DE CULTURA DE LA NACIÓN, se
propicia la instalación de una oficina de esta Dirección General de
Aduanas, para la prestación de los servicios “in situ” en lo que hace a
las autorizaciones pertinentes en materia de importación y exportación
de las obras exhibidas en dicha feria.
Que han tomado la intervención que les compete las Subdirecciones
Generales Técnico Legal Aduanera y de Operaciones Aduaneras
Metropolitanas.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por
los artículos 4° y 9° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus
modificatorios y sus complementarios.
Por ello,
EL SUBDIRECTOR GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS METROPOLITANAS A CARGO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- La Dirección General de Aduanas dependiente de la
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, prestará sus servicios de
la siguiente forma, el día 23 de mayo en el horario de 11.00 a 21.00
hs., del 24 al 26 de mayo en el horario de 14 a 21 hs., y el día 27 de
mayo en el horario de 14 a 22.00 hs., en el despacho habilitado para
tal fin en el predio de La Rural, Pabellón Azul y Verde, identificado
bajo el nombre de AFIP-ADUANA, cuyo plano obra en el Anexo I
IF-2017-08024223-APN-DGADUA#AFIP de la presente, con motivo del
desarrollo de la 26ª Feria de Arte Contemporáneo “ArteBA’17.
ARTÍCULO 2°.- La Subdirección General de Operaciones Aduaneras
Metropolitanas, a través de la Sección Despacho y Gestión, designará a
los agentes necesarios para prestar funciones en el predio de La Rural
en los términos y condiciones establecidos en la presente.
ARTÍCULO 3°.- Habilitar a los agentes designados a autorizar dentro del
predio las operaciones de trasferencia de destinación suspensiva de
importación temporal, liquidación y afectación de los tributos
inherentes a la nacionalización y a la exportación de obras de arte,
con la previa certificación de la Dirección Nacional de Bienes y Sitios
Culturales dependiente del Ministerio de Cultura de la Nación, de
acuerdo a lo establecido en el Decreto N° 1.321 del 5 de diciembre de
1997, para el caso de la exportación.
ARTÍCULO 4°.- El registro de las solicitudes de Destinación Suspensiva
de Importación Temporal y las operaciones detalladas en el artículo que
antecede, se realizarán por trámite simplificado en el marco de la
Resolución General N° 3.628 -CÓDIGO AFIP-, de acuerdo al procedimiento
establecido en el Anexo II IF-2017-08024430-APN-DGADUA#AFIP de la
presente, en concordancia con los lineamientos establecidos en el
artículo 11 de la Ley Nro. 24.633.
ARTÍCULO 5°.- Aprobar el modelo de nota relativa a “Transferencia de
obras de arte ingresadas al amparo de una Destinación Suspensiva de
Importación Temporal”, que obra en el Anexo III
IF-2017-08024631-APN-DGADUA#AFIP de la presente.
ARTÍCULO 6°.- La presente resolución tendrá vigencia durante el
transcurso de la exposición “ArteBA’17” y el procedimiento establecido
será de aplicación únicamente para las mercaderías expuestas en dicho
evento.
ARTÍCULO 7°.- Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación. Cumplido, archívese. — Pedro Luis Chapar.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 10/05/2017 N° 30228/17 v. 10/05/2017
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII, AnexoIII)