MINISTERIO DE FINANZAS
PLAN QUINQUENAL
Resolución 74-E/2017
Plan Quinquenal Integrado China-Argentina para la Cooperación en Infraestructura (2017-2021). Aprobación.
Ciudad de Buenos Aires, 11/05/2017
VISTO el Expediente N° EX-2017-08443767-APN-MF, el Memorándum de
Entendimiento para el Establecimiento del Mecanismo de Diálogo
Estratégico para la Cooperación y Coordinación Económica, suscripto en
la Ciudad de San Petersburgo el 5 de septiembre de 2013, el Convenio
Marco de Cooperación en Materia Económica y de Inversiones, suscripto
en la Ciudad de Buenos Aires el 18 de julio de 2014 entre el Gobierno
de la REPÚBLICA ARGENTINA y el Gobierno de la REPÚBLICA POPULAR CHINA y
el Convenio Complementario de Cooperación en Materia de
Infraestructura, suscripto esa misma fecha entre las mismas partes, y
CONSIDERANDO:
Que con fecha 5 de septiembre de 2013 se suscribió el Memorándum de
Entendimiento para el Establecimiento del Mecanismo de Diálogo
Estratégico para la Cooperación y Coordinación Económica entre el
Gobierno de la REPÚBLICA ARGENTINA y el Gobierno de la REPÚBLICA
POPULAR CHINA, en la Ciudad de San Petersburgo (en adelante, el
“DECCE”), a fin de profundizar la cooperación económica y comercial a
largo plazo entre ambos países.
Que el 18 de julio de 2014, el Gobierno de la REPÚBLICA ARGENTINA
suscribió el Convenio Marco de Cooperación en Materia Económica y de
Inversiones con el Gobierno de la REPÚBLICA POPULAR CHINA, por el cual
las partes se comprometieron a promover la cooperación económica en
diferentes áreas y sectores de sus economías dentro del marco de sus
legislaciones vigentes y el fortalecimiento de los vínculos comerciales
y de inversiones de las empresas públicas y privadas de ambos países.
Que por el Artículo 5° del aludido Convenio Marco, ambos países
acordaron establecer un Plan Integrado de CINCO (5) años de duración y
suscribir un Convenio Complementario de Cooperación en materia de
Infraestructura, de conformidad con el cual la REPÚBLICA ARGENTINA
aplicará el proceso de adjudicación más ventajoso que se utilice en
programas de cooperación similares con otros países en relación con
proyectos del sector público que se establezcan en el referido Plan
Integrado.
Que en atención a ello, ese mismo día ambas partes suscribieron el
Convenio Complementario de Cooperación en Materia de Infraestructura
(en adelante, el “Convenio Complementario”), por el cual acordaron
promover la cooperación para el desarrollo conjunto de un Plan de
Cooperación Integrado en materia de inversiones en infraestructura
pública destinado a áreas clave para el desarrollo industrial de la
REPÚBLICA ARGENTINA, conforme a la legislación interna argentina y a
las disposiciones de dicho Convenio Complementario.
Que, conforme lo dispuesto en el Artículo 7° del citado Convenio Marco
y el Artículo 5° del mencionado Convenio Complementario, corresponde al
entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, actual MINISTERIO
DE FINANZAS en virtud de sus competencias, por la REPÚBLICA ARGENTINA,
y a la COMISIÓN NACIONAL DE DESARROLLO Y REFORMA, por la REPÚBLICA
POPULAR CHINA aprobar los programas, planes, convenios y proyectos de
cooperación especial que resulten convenientes para la ejecución de los
referidos Convenios en el marco del “DECCE”.
Que, sobre la base de los entendimientos alcanzados entre ambos países,
el 18 de abril del 2017, en la Ciudad de Pekín, en oportunidad del
“Tercer Diálogo Estratégico China-Argentina para la Cooperación y la
Coordinación Económica” entre la REPÚBLICA ARGENTINA y la REPÚBLICA
POPULAR CHINA, se negoció y acordó el “Plan Quinquenal Integrado
China-Argentina para la Cooperación en Infraestructura (2017-2021)”.
Que, a los efectos de dar pleno cumplimiento a la normativa antes
citada, corresponde autorizar al señor Jefe de Gabinete de Asesores de
la UNIDAD MINISTRO de esta Cartera Ministerial a suscribir el Acta de
la Reunión “Tercer Diálogo Estratégico China-Argentina para la
Cooperación y la Coordinación Económica” que aprueba el referido Plan
Integrado y/o cualquier instrumento que resulte necesario a los fines
de su efectiva implementación, así como también a convenir y/o
suscribir modificaciones al citado plan, siempre que no constituyan
cambios sustanciales de su objeto.
Que el Servicio Jurídico permanente ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por
el Artículo 20 quinquies de la Ley de Ministerios (texto ordenado por
Decreto N° 438/92) y sus modificaciones, el Artículo 7° del citado
Convenio Marco y el Artículo 5° del mencionado Convenio Complementario.
Por ello,
EL MINISTRO DE FINANZAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase el “Plan Quinquenal Integrado China-Argentina
para la Cooperación en Infraestructura (2017-2021)” acordado en el Acta
de la Reunión “Tercer Diálogo Estratégico China-Argentina para la
Cooperación y la Coordinación Económica”, el que consta de CINCO (5)
Artículos y UN (1) Anexo que, en idiomas español, chino e inglés, como
Anexo (IF-2017-08536820-APN-SSALYR#MF) forma parte integrante de la
presente medida.
ARTÍCULO 2°.- Autorízase al señor Jefe de Gabinete de Asesores de la
UNIDAD MINISTRO a suscribir, en nombre y representación del MINISTERIO
DE FINANZAS, el Acta de la Reunión “Tercer Diálogo Estratégico
China-Argentina para la Cooperación y la Coordinación Económica” en
cuyo marco se acuerda el Plan aprobado mediante el Artículo 1° de la
presente medida y/o cualquier instrumento que resulte necesario a los
fines de su efectiva implementación, así como también a convenir y/o
suscribir modificaciones al citado plan, siempre que no constituyan
cambios sustanciales de su objeto.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Luis Andres Caputo.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 12/05/2017 N° 31887/17 v. 12/05/2017
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)