MINISTERIO DE COMUNICACIONES
SECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES
Resolución 7-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 10/04/2017
VISTO el Decreto N° 268 de fecha 29 de diciembre de 2015 y la
Resolución N° 8 de la Secretaría de Tecnologías de la Información y las
Comunicaciones de fecha 13 de septiembre de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución citada en el Visto se creó el Grupo de Trabajo de
Servicios de Internet, que tiene por objeto analizar y proponer
políticas públicas y regulaciones para la promoción y el desarrollo de
servicios de Internet.
Que, en este marco, el pasado 16 de diciembre de 2016 se realizó el
evento “Diálogo Público – Privado: Internet de las Cosas. Una
Oportunidad para la Argentina”.
Que el evento reunió a representantes gubernamentales, del sector
privado, la academia y la sociedad civil y generó valiosas conclusiones
para fomentar el desarrollo de políticas públicas y regulaciones para
el desarrollo de Internet de las Cosas.
Que Internet de las Cosas es un concepto que cobra cada vez más
relevancia y trascendencia en el aspecto social, técnico y cultural,
prometiendo beneficios en múltiples áreas como agricultura, salud,
transporte, gestión ambiental, entre muchas otras.
Que Internet de las Cosas representa un aspecto cada vez más creciente
de la manera en que las personas y las instituciones interactúan con la
red Internet en la cotidianeidad de sus vidas.
Que, por otra parte, permitirá mejorar la capacidad de recolectar,
transmitir, analizar y evaluar datos a escala masiva, generando una
nueva manera de procesar, analizar e interpretar la información.
Que, asimismo, la red Internet es un medio de comunicación, de
intercambio de información, creación de conocimiento, de interacción y
de organización social, en el que actúa el conjunto de la sociedad, por
lo que es necesario asegurar la participación de todas las partes
interesadas.
Que resulta imprescindible, entonces, la articulación con los
principales sectores y actores vinculados a ella, con un criterio
participativo y abierto, reflejando, inequívocamente, el compromiso
político del Estado.
Que la Resolución N° 57/1996 de la ex Secretaría de Comunicaciones, en
su Anexo I, “Reglamento General de Audiencias Públicas y Documentos de
Consulta para las Comunicaciones”, prevé una instancia de participación.
Que se llama a consulta a los distintos actores y sectores involucrados
a fin de brindar una oportunidad a todos los interesados de exponer
dificultades y problemas actuales para el desarrollo de Internet de las
Cosas, y al mismo tiempo recibir la mayor cantidad de sugerencias,
recomendaciones, opiniones y propuestas que permitan su promoción.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones
conferidas por el artículo 44 y siguientes del Anexo I aprobado por la
Resolución SC N° 57 de fecha 23 de agosto de 1996 de la ex Secretaría
de Comunicaciones y el Decreto N° 268 de fecha 29 de Diciembre de 2015.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Declárese la apertura del procedimiento previsto en el
artículo 44 y siguientes del Reglamento General de Audiencias Públicas
y Documentos de Consulta para las Comunicaciones, aprobado por
Resolución SC N° 57/1996 de la ex Secretaría de Comunicaciones,
respecto del documento “Consulta Pública sobre Internet de las Cosas”,
que como Anexo (IF-2017-06178780-APN-STIYC#MCO) forma parte de la
presente Resolución.
ARTÍCULO 2° — Los interesados podrán acceder al Documento de Consulta
sometido a consideración, ingresando a la página web
www.argentina.gob.ar/comunicaciones o a través de la página web del
Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) www.enacom.gob.ar.
ARTÍCULO 3° — Las opiniones y propuestas deberán ser presentadas por
escrito, en formato papel en la sede del Ministerio de Comunicaciones,
sita en la calle Perú N° 103, 1° piso, de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires —Mesa de Entradas, Salidas y Archivo—, o en algunas de las
Delegaciones del Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) del interior
del país, dentro de los treinta (30) días hábiles a partir de la
publicación de la presente en el Boletín Oficial de la República
Argentina.
ARTÍCULO 4° — Los interesados podrán realizar comentarios a través de
la página web www.argentina.gob.ar/comunicaciones, el que dispondrá de
un apartado especial al efecto, los que tendrán el carácter previsto en
el artículo 17 del Anexo V del Decreto 1172/2003.
ARTÍCULO 5° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección
Nacional del Registro Oficial y archívese. — Héctor María Huici.
ANEXO
CONSULTA PÚBLICA SOBRE INTERNET DE LAS COSAS
Internet de las Cosas (IoT), definida como la conexión de una gran
variedad de dispositivos a la red que permiten recabar información para
monitorear, gestionar y actuar en diferentes tipos de eventos, ya se
encuentra disponible para su implementación en todos los ámbitos de la
actividad humana y generará un trascendente impacto social y económico.
Existen inquietudes, oportunidades, desafíos e interrogantes sobre el
desarrollo de IoT que, debido a su crecimiento vertiginoso y a la
diversidad de atributos y particularidades que lo caracterizan, aún no
han sido resueltos.
Las experiencias internacionales en materia de IoT, las proyecciones
sobre la cantidad de conexiones y la potencialidad de sus soluciones,
dan muestra de su importancia y la necesidad de impulsar su desarrollo
en nuestro país, abordando los diferentes aspectos que la caracterizan.
El Grupo de Trabajo de Servicios de Internet, creado por la Resolución
N° 8/2016 de la Secretaría de Tecnologías de la Información y las
Comunicaciones, se constituyó en el ámbito de trabajo y estudio de esta
temática y el pasado 16 de diciembre de 2016, organizó la jornada
“Diálogo Público-Privado: Internet de las Cosas. Una Oportunidad para
Argentina”, con el apoyo y la participación de diversos sectores, en el
que se obtuvieron aportes y conclusiones que formarán parte de los
planes de acción que se promuevan.
En dicho contexto, la presente consulta pública tiene por objeto
recabar información, opiniones y propuestas de los distintos actores y
sectores vinculados al desarrollo de IoT, así como respecto de sus
necesidades, con el fin de elaborar políticas públicas o regulaciones
que promuevan su desarrollo y que incentiven la inversión en
aplicaciones y soluciones que contribuyan al crecimiento de nuestra
economía y, particularmente, a aumentar su productividad y
competitividad.
A. Aspectos Regulatorios
1. ¿Considera que el Estado debe intervenir en Internet de las Cosas mediante algún tipo de regulación? (Sí / No)
2. En caso de que haya respondido “Sí”:
a. ¿Qué normas deben crearse?
b. ¿Qué normas deben ser actualizadas y de qué manera?
c. ¿Debe darse un tratamiento regulatorio diferenciado a las aplicaciones y servicios de Internet de las Cosas?
d. ¿Deberían definirse criterios diferenciados de interconexión y numeración?
e. ¿Considera que el roaming representa un papel importante para poder
desplegar soluciones trasnacionales de Internet de las Cosas? En caso
afirmativo, ¿de qué manera?
3. ¿Debe el Estado tomar medidas de protección regulatoria para
recursos que sean considerados necesarios para el despliegue de
aplicaciones y soluciones de IoT?
4. Con relación a la gestión del espectro radioeléctrico:
a. ¿Podrían coexistir diferentes tecnologías de adquisición de datos en
una misma banda de frecuencias con atribución a título secundario, en
tanto se demuestren no interferentes?
b. ¿Deberían atribuirse bandas del espectro radioeléctrico, en
modalidad de bandas no licenciadas, para uso privado de frecuencias
para soporte de transmisión de información, cuyo uso esté probadamente
extendido para dicho fin en el mundo? ¿Cuáles bandas de frecuencias
podrían identificarse? (Ejemplo, banda de 900 MHz).
5. ¿Los datos obtenidos por los sistemas de adquisición de datos
deberían ser considerados datos públicos o privados? ¿Habría que
diferenciar el tratamiento de dichos datos según resulten de utilidad
pública? (Ejemplos, sistemas de energía, salud, medio ambiente,
seguridad, etc.)
6. Sin perjuicio de la Ley de Protección de Datos Personales, ¿debe el
Estado abordar un modelo regulatorio que garantice la protección y
privacidad de los datos en las comunicaciones de Internet de las Cosas?
En caso afirmativo, ¿De qué manera?
7. ¿Qué requisitos de anonimización de datos deberían aplicarse a IoT para proteger la privacidad?
8. ¿Qué medidas regulatorias deberían adoptarse para garantizar la
seguridad de la red en relación con el desarrollo de aplicaciones y
servicios IoT?
9. ¿Cuáles deberían ser los requerimientos de seguridad exigibles para la obtención, guarda y manipulación de datos?
B. Impulso a la Industria
1. ¿El Estado, fuera de los aspectos anteriormente mencionados, debe
cumplir un rol como promotor y facilitador de IoT? (Sí / No)
2. En caso de que haya respondido “Sí”, ¿cuál es la mejor estrategia
para que el Estado actúe como engranaje o facilitador en el desarrollo
de la industria de IoT?
3. ¿Cuáles son las industrias fundamentales para impulsar IoT? Indique
cuáles son las mismas, detallándolas según el corto, mediano y largo
plazo.
4. ¿El Estado debería impulsar una plataforma abierta para el
desarrollo de soluciones verticales que facilite la estandarización y
el acceso de nuevas soluciones IoT?
5. ¿Debe el Estado definir un lineamiento de estandarización de
plataforma de Internet de las Cosas para el desarrollo de soluciones
verticales y de esta manera fomentar la interoperabilidad?
6. En su caso, ¿qué modelos de interoperabilidad deberían implementarse
y a qué nivel para el intercambio de información entre sistemas?
7. ¿Considera apropiado generar incentivos mediante políticas fiscales y/o tributarias? ¿De qué manera?
C. Impacto Económico y Social
1. ¿Cuál es el potencial económico y social que Internet de las Cosas puede aportar a la Argentina?
2. ¿Cuáles son los desafíos y oportunidades de nuestro país en las que
IoT puede tener un impacto significativo, tanto en el ámbito público
como en privado?
3. ¿Qué sectores de la vida económica y social deberían priorizarse en el desarrollo de soluciones y aplicaciones de IoT?
4. ¿Qué aportes puede brindar IoT a la mejora de la productividad y la competitividad de la economía sectorial y nacional?
IF-2017-06178780-APN-STIYC#MCO
e. 12/05/2017 N° 30991/17 v. 12/05/2017