MINISTERIO DE HACIENDA
Y
MINISTERIO DE FINANZAS
Resolución Conjunta 1-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 09/05/2017
VISTO el Expediente N° EX-2017-07260756-APN-MF, la Resolución N° 74 de
fecha 22 de febrero de 1991 del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA, y
CONSIDERANDO
Que la Resolución N° 74 de fecha 22 de febrero de 1991 del entonces
MINISTERIO DE ECONOMÍA instruye al BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA, al ex
BANCO NACIONAL DE DESARROLLO y a la ex CAJA NACIONAL DE AHORRO y SEGURO
para que adecuen su política crediticia a los objetivos de política
económica entonces vigentes, mediante el establecimiento de diversas
pautas que restringen la posibilidad de acceso a créditos a aquellas
personas jurídicas que tuviesen deudas correspondientes al Impuesto al
Valor Agregado, anticipos al impuesto a las ganancias y a los activos y
las contribuciones sociales, entre otras.
Que la política actual del ESTADO NACIONAL apunta a fortalecer el
desempeño de las empresas, en especial las MiPyMEs, y potenciar su
valor estratégico como motores y dinamizadores del desarrollo económico
del país, impulsando la generación de empleo.
Que a tal fin resulta conveniente eliminar las barreras que restringen
el acceso de las Empresas al Sistema Bancario Público, el que hoy se
encuentra en desventaja frente a sus competidores del sector privado.
Que corresponde a las mismas entidades financieras realizar una
evaluación de riesgo respecto de sus clientes, de acuerdo a su
experiencia y conocimiento en la materia, sin necesidad de
restricciones provenientes de políticas de estado que responden a
situaciones económicas y financieras diferentes a las actuales.
Que por los argumentos mencionados y con el propósito de acompañar el
proyecto del estado nacional, corresponde derogar la Resolución N°
74/91 del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA.
Que el Servicio Jurídico Permanente ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente se dicta en el marco de las facultades conferidas por
los Artículos 20 y 20 quinquies de la Ley de Ministerios (texto
ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificaciones.
Por ello,
EL MINISTRO DE HACIENDA
Y
EL MINISTRO DE FINANZAS
RESUELVEN:
ARTÍCULO 1°.- Derógase la Resolución N° 74 de fecha 22 de febrero de 1991 del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA.
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución comenzará a regir a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Nicolas Dujovne. — Luis Andres Caputo.
e. 12/05/2017 N° 31723/17 v. 12/05/2017