MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES

Resolución 97-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 06/04/2017

VISTO el Expediente Nº 1.756.310/17 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 52/63 del Expediente de referencia, obran un Acta Acuerdo y sus Anexos celebrado entre la UNION TRANVIARIOS AUTOMOTOR (UTA) por la parte sindical, y MONTICAS S.A., EXPRESO ARITO S.A., LAS ROSAS S.A., METROPOLITANA S.A., AMERICANA TRANSPORTE AUTOMOTOR S.R.L., y AZUL S.A. DE TRANSPORTE AUTOMOTOR por la parte empresaria, conforme a lo establecido en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que en la mencionada Acta Acuerdo las partes pactaron el traspaso del personal de las empresas MONTICAS S.A. y METROPOLITANA S.A. a las empresas EXPRESO ARITO S.A., LAS ROSAS S.A., y la Unión Transitoria de Empresas conformada por AMERICA TRANSPORTE AUTOMOTOR S.R.L. y AZUL S.A. DE TRANSPORTE AUTOMOTOR (en formación), a los fines de la continuidad de las fuentes laborales, y en atención a que por las caducidades de los permisos provisorios de las trazas de las empresas MONTICAS S.A. y MATROPOLITANA S.A. han dejado de brindar los servicios públicos que prestaban, conforme los detalles del texto convencional acordado.

Que en razón de lo expuesto, procede la homologación de los mismos, los que serán considerados como Acuerdos Marco de carácter colectivo, sin perjuicio del derecho individual del personal afectado.

Que asimismo, se hace saber que de requerir cualquiera de las partes la homologación administrativa en el marco del Artículo 15 de la Ley N° 20.744, es necesario que los trabajadores manifiesten su conformidad en forma personal y ello deberá tramitar ante la Autoridad Administrativa competente.

Que el ámbito de aplicación de los presentes se circunscribe a la estricta correspondencia entre la actividad desarrollada por las empleadoras firmantes, y la entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente, quedando el control de legalidad del presente debidamente efectuado de conformidad con 4° de la Ley 14.250 (t.o. 2004).

Que el cuerpo de asesores letrados de la Subsecretaria de Relaciones Laborales tomó intervención, de conformidad con lo normado por la el artículo 7° de la Ley 19.549.

Que asimismo, se ha acreditado en autos el cumplimiento de los recaudos formales exigidos por la Ley 14.250 (t.o. 2004).

Que por lo expuesto, se estima corresponde dictar el acto administrativo homologatorio de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 53/15.

Por ello,

LA SUBSECRETARIA DE RELACIONES LABORALES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Declárense homologados el Acta Acuerdo y sus Anexo suscriptos entre la UNION TRANVIARIOS AUTOMOTOR (UTA) por la parte sindical, y y MONTICAS S.A., EXPRESO ARITO S.A., LAS ROSAS S.A., METROPOLITANA S.A., AMERICANA TRANSPORTE AUTOMOTOR S.R.L., y AZUL S.A. DE TRANSPORTE AUTOMOTOR por la parte empresaria, obrantes a fojas 52/63 del Expediente Nº 1.756.310/17.

ARTÍCULO 2°.- Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordinación registre el Acta Acuerdo y sus Anexos obrantes a fojas 52/63 del Expediente Nº 1.756.310/17.

ARTÍCULO 3º.- Notifíquese a las partes signatarias. Finalmente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito de los Acuerdos homologados y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5° de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Silvia Julia Squire.

Expediente N° 1.756.310/17

Buenos Aires, 18 de abril de 2017

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION SSRL N° 97/17 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 52/63 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 443/17. — Jorge Alejandro Insua, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 16/05/2017 N° 31998/17 v. 16/05/2017

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)