MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS
Resolución 369-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 12/05/2017
VISTO el Expediente N° S01:0348564/2016 del Registro del MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN, el Decreto N° 1 de fecha 4 de enero de 2016, la Decisión
Administrativa N° 193 de fecha 16 de marzo de 2016 y la Resolución N°
638 de fecha 7 de noviembre de 2016 del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, y
CONSIDERANDO:
Que en el Decreto N° 1 de fecha 4 de enero de 2016, se detallan los
objetivos específicos de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS del
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, entre los que se encuentra el entender en la
definición de la política industrial y el diseño, financiamiento y
utilización de los instrumentos para contribuir a promover el
desarrollo y crecimiento del sector de industria y de los servicios
tecnológicos y productivos, actuando como Autoridad de Aplicación de
los regímenes de promoción, cuando las normas respectivas así lo
establezcan.
Que, asimismo, el mencionado decreto establece entre los objetivos de
la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN PRODUCTIVA, dependiente de la SECRETARÍA DE
INDUSTRIA Y SERVICIOS del mencionado Ministerio, el atender las
problemáticas productivas sectoriales, regionales y transversales, con
el objetivo de mejorar la performance del sector industrial con
acciones e instrumentos no contemplados en regímenes de promoción
existentes.
Que mediante la Resolución N° 255 de fecha 10 de junio de 2016 del
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN se estableció, entre las acciones de la
Dirección de Internacionalización de Empresas con Alto Potencial,
dependiente de la Dirección Nacional de Gestión Productiva de la
SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN PRODUCTIVA, las de identificar y atender
necesidades de empresas con alto potencial de crecimiento e innovación
productiva, y favorecer la internacionalización de empresas con
potencial de crecimiento e innovación productiva.
Que la Resolución N° 638 de fecha 7 de noviembre de 2016 del MINISTERIO
DE PRODUCCIÓN, creó el “Programa de Desarrollo e Internacionalización
de Empresas con Alto Potencial de Crecimiento e Innovación
(PotenciAR)”, en la órbita de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS
del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, con el objetivo de promover el desarrollo
de empresas con alto potencial de crecimiento, innovación e
internacionalización que impulsen la mejora competitiva de uno o varios
sectores productivos.
Que dicho Programa se propone contribuir con el desarrollo y la
internacionalización de empresas líderes locales, productoras de bienes
y servicios de alto valor agregado, con destacada capacidad innovadora
y participantes de encadenamientos productivos.
Que los objetivos específicos del “Programa de Desarrollo e
Internacionalización de Empresas con Alto Potencial de Crecimiento e
Innovación (PotenciAR)”, son incrementar las exportaciones de media y
alta tecnología, propender a la diversificación y/o recuperación de
mercados de destino de exportación, incentivar el desarrollo de
proveedores locales y capital humano, promover la transferencia
tecnológica y coadyuvar a la mejora del posicionamiento internacional
de la producción y las tecnologías desarrolladas en la REPÚBLICA
ARGENTINA.
Que por el Artículo 2° de la Resolución N° 638/16 del MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN se designó a la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS como
Autoridad de Aplicación del “Programa de Desarrollo e
Internacionalización de Empresas con Alto Potencial de Crecimiento e
Innovación (PotenciAR)”.
Que, en función de ello, se establecen los términos, condiciones y
procedimientos que regirán la ejecución del “Programa de Desarrollo e
Internacionalización de Empresas con Alto Potencial de Crecimiento e
Innovación (PotenciAR)”.
Que, asimismo, se establecen las directrices a la que deberán sujetarse
las partes intervinientes respecto de las fiscalizaciones y de las
sanciones que de ellas pudieran derivarse.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Resolución N° 638/16 del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.
Por ello,
EL SECRETARIO DE INDUSTRIA Y SERVICIOS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase el Reglamento Operativo del “Programa de
Desarrollo e Internacionalización de Empresas con Alto Potencial de
Crecimiento e Innovación (PotenciAR)”, el cual definirá los
procedimientos generales que regirán la ejecución y administración del
mencionado Programa el que, como Anexo I
(IF-2017-08099342-APN-SSGP#MP), forma parte integrante de la presente
medida.
ARTÍCULO 2°.- Apruébanse el “Formulario de Aplicación de las EAP” y la
“Declaración Jurada sobre la Inexistencia de Condiciones de Exclusión”
que las empresas deberán presentar al momento de solicitar su inclusión
al Programa, los que como Anexos II (IF-2017-04967740-APN-SECIYS#MP) y
III (IF-2017-04966886-APN-SECIYS#MP), respectivamente, forman parte
integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 3°.- Apruébase la “Documentación a presentar por las empresas”
interesadas en acceder al “Programa de Desarrollo e
Internacionalización de Empresas con Alto Potencial de Crecimiento e
Innovación (PotenciAR)”, el que como Anexo IV
(IF-2017-04966700-APN-SECIYS#MP), forma parte integrante de la presente
medida.
ARTÍCULO 4°.- Apruébanse los “Criterios de Admisibilidad de las
Empresas”, a los que deberá sujetarse la evaluación de las interesadas
en acceder al “Programa de Desarrollo e Internacionalización de
Empresas con Alto Potencial de Crecimiento e Innovación (PotenciAR)”, y
los “Criterios de Ponderación para la Evaluación y Aprobación de los
PDI”, los que como Anexos V (IF-2017-04966541-APN-SECIYS#MP) y VII
(IF-2017-04966107-APN-SECIYS#MP), respectivamente, forman parte
integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 5°.- Apruébase el “Formulario de Presentación del PDI”, el que
como Anexo VI (IF-2017-04966341-APN-SECIYS#MP), forma parte integrante
de la presente medida.
ARTÍCULO 6°.- Apruébase la “Declaración de Confidencialidad del CCE”
que deberán suscribir los miembros del Comité Consultivo de Expertos,
el que como Anexo VIII (IF-2017-04965960-APN- SECIYS#MP), forma parte
integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 7°.- Desígnase a la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN PRODUCTIVA,
dependiente de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS del MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN, como la encargada de realizar el llamado a convocatoria a
los concursos abiertos con el fin de seleccionar a las empresas
beneficiarias del Programa, así como de la difusión de las mismas,
conforme lo establece el punto 3 del Anexo a la Resolución N° 638 de
fecha 7 de noviembre de 2016 del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.
ARTÍCULO 8°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Martín Alfredo Etchegoyen.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 17/05/2017 N° 32454/17 v. 17/05/2017
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII, AnexoIII, AnexoIV, AnexoV, AnexoVI, AnexoVII, AnexoVIII)