Resolución 291-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 15/05/2017
VISTO el Expediente Nº S02:0037052/2016 del registro de este
Ministerio, la Ley N°19.945 (t.o. por el Decreto N° 2135 del 18 de
agosto de 1983) y sus modificatorias, y la Disposición N° 8 del
registro de la DIRECCIÓN NACIONAL ELECTORAL del 20 de enero del 2017, y
CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones tramita la propuesta de subdivisión
de circuitos electorales de la Sección Electoral 1 de Ushuaia, del
Distrito Electoral Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico
Sur.
Que el Juzgado Federal con Competencia Electoral de la Provincia de
Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur elaboró el
anteproyecto correspondiente en el marco del expediente “S” 148/2014
caratulado “Registro Nacional de Divisiones Electorales s/distrito
Tierra del Fuego – eleva anteproyecto de modificación de circuitos
(sección Ushuaia)”.
Que se ha puesto en conocimiento de la propuesta en trámite a la Sra.
Gobernadora de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del
Atlántico Sur; al señor Intendente de la Ciudad de Ushuaia y a los
partidos políticos reconocidos en el Distrito pertinente.
Que la Cámara Nacional Electoral en fecha 5 de febrero de 2015 resolvió
aprobar el proyecto de modificación de los circuitos de la sección
electoral N° 1 –Ushuaia-.
Que mediante la Disposición N° 8/17 de la DIRECCIÓN NACIONAL ELECTORAL
dependiente de la SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS ELECTORALES de la SECRETARÍA
DE ASUNTOS POLÍTICOS E INSTITUCIONALES de este Ministerio se ordenó la
publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina por el
plazo de DOS (2) días, del Informe Técnico N°
IF-2016-04470948-APN-DEYCE#MI elaborado por la DIRECCIÓN DE ESTADÍSTICA
Y CARTOGRAFÍA ELECTORAL, dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL ELECTORAL
de la SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS ELECTORALES de la SECRETARÍA DE ASUNTOS
POLÍTICOS E INSTITUCIONALES de este Ministerio, encontrándose cumplido
lo ordenado en el inciso 2, del artículo 40 del Código Electoral
Nacional aprobado por la Ley Nº 19.945 (t.o. por el Decreto Nº 2135 del
18 de agosto de 1983) y sus modificatorias, respecto a su publicación.
Que agotado el plazo dispuesto por dicha norma y no habiéndose
verificado observaciones a la propuesta en trámite, corresponde aprobar
la modificación de la demarcación de circuitos electorales elaborada
por el Juzgado Federal con Competencia Electoral de la Provincia de
Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN de este Ministerio ha tomado la
intervención de su competencia.
Que el presente acto se dicta en uso de las facultades conferidas por
el inciso 3 del artículo 40, del Código Electoral Nacional aprobado por
la Ley Nº 19.945 (t.o. por el Decreto Nº 2135 del 18 de agosto de 1983)
y sus modificatorias.
Por ello,
EL MINISTRO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase la demarcación de circuitos electorales
elaborada por el Juzgado Federal con Competencia Electoral de la
Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur en
el marco del Expediente “S” 148/2014 caratulado “Registro Nacional de
Divisiones Electorales s/distrito Tierra del Fuego – eleva anteproyecto
de modificación de circuitos (sección Ushuaia)”.
ARTÍCULO 2º.- Procédase por medio de la DIRECCIÓN DE ESTADÍSTICA Y
CARTOGRAFÍA ELECTORAL, dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL ELECTORAL
de la SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS ELECTORALES de la SECRETARÍA DE ASUNTOS
POLÍTICOS E INSTITUCIONALES del MINISTERIO DEL INTERIOR OBRAS PÚBLICAS
Y VIVIENDA a la actualización de la información cartográfica pertinente.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Rogelio Frigerio.
e. 18/05/2017 N° 32818/17 v. 18/05/2017