MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA

Resolución 291-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 15/05/2017

VISTO el Expediente Nº S02:0037052/2016 del registro de este Ministerio, la Ley N°19.945 (t.o. por el Decreto N° 2135 del 18 de agosto de 1983) y sus modificatorias, y la Disposición N° 8 del registro de la DIRECCIÓN NACIONAL ELECTORAL del 20 de enero del 2017, y

CONSIDERANDO:

Que por las presentes actuaciones tramita la propuesta de subdivisión de circuitos electorales de la Sección Electoral 1 de Ushuaia, del Distrito Electoral Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.

Que el Juzgado Federal con Competencia Electoral de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur elaboró el anteproyecto correspondiente en el marco del expediente “S” 148/2014 caratulado “Registro Nacional de Divisiones Electorales s/distrito Tierra del Fuego – eleva anteproyecto de modificación de circuitos (sección Ushuaia)”.

Que se ha puesto en conocimiento de la propuesta en trámite a la Sra. Gobernadora de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur; al señor Intendente de la Ciudad de Ushuaia y a los partidos políticos reconocidos en el Distrito pertinente.

Que la Cámara Nacional Electoral en fecha 5 de febrero de 2015 resolvió aprobar el proyecto de modificación de los circuitos de la sección electoral N° 1 –Ushuaia-.

Que mediante la Disposición N° 8/17 de la DIRECCIÓN NACIONAL ELECTORAL dependiente de la SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS ELECTORALES de la SECRETARÍA DE ASUNTOS POLÍTICOS E INSTITUCIONALES de este Ministerio se ordenó la publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina por el plazo de DOS (2) días, del Informe Técnico N° IF-2016-04470948-APN-DEYCE#MI elaborado por la DIRECCIÓN DE ESTADÍSTICA Y CARTOGRAFÍA ELECTORAL, dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL ELECTORAL de la SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS ELECTORALES de la SECRETARÍA DE ASUNTOS POLÍTICOS E INSTITUCIONALES de este Ministerio, encontrándose cumplido lo ordenado en el inciso 2, del artículo 40 del Código Electoral Nacional aprobado por la Ley Nº 19.945 (t.o. por el Decreto Nº 2135 del 18 de agosto de 1983) y sus modificatorias, respecto a su publicación.

Que agotado el plazo dispuesto por dicha norma y no habiéndose verificado observaciones a la propuesta en trámite, corresponde aprobar la modificación de la demarcación de circuitos electorales elaborada por el Juzgado Federal con Competencia Electoral de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN de este Ministerio ha tomado la intervención de su competencia.

Que el presente acto se dicta en uso de las facultades conferidas por el inciso 3 del artículo 40, del Código Electoral Nacional aprobado por la Ley Nº 19.945 (t.o. por el Decreto Nº 2135 del 18 de agosto de 1983) y sus modificatorias.

Por ello,

EL MINISTRO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase la demarcación de circuitos electorales elaborada por el Juzgado Federal con Competencia Electoral de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur en el marco del Expediente “S” 148/2014 caratulado “Registro Nacional de Divisiones Electorales s/distrito Tierra del Fuego – eleva anteproyecto de modificación de circuitos (sección Ushuaia)”.

ARTÍCULO 2º.- Procédase por medio de la DIRECCIÓN DE ESTADÍSTICA Y CARTOGRAFÍA ELECTORAL, dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL ELECTORAL de la SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS ELECTORALES de la SECRETARÍA DE ASUNTOS POLÍTICOS E INSTITUCIONALES del MINISTERIO DEL INTERIOR OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA a la actualización de la información cartográfica pertinente.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Rogelio Frigerio.

e. 18/05/2017 N° 32818/17 v. 18/05/2017