MINISTERIO DE SALUD
Resolución 586-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 17/05/2017
VISTO el expediente EX2017-05214502-APN-DD#MS del registro del
MINISTERIO DE SALUD las disposiciones de la Ley N° 24.193 (t.o. Ley N°
26.066) y su reglamentación aprobada por Decreto N° 512/95; y
CONSIDERANDO:
Que mediante las actuaciones citadas en el visto, el INSTITUTO NACIONAL
CENTRAL UNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE (INCUCAI) propone la
actualización de los valores arancelarios de la procuración de órganos
y tejidos.
Que es facultad del MINISTERIO DE SALUD fijar los valores
correspondientes al diagnóstico de muerte del potencial donante y su
mantenimiento biológico hasta la ablación de los órganos y/o tejidos;
estudios de histocompatibilidad y de laboratorios requeridos; gastos de
las intervenciones quirúrgicas de ablación y de perfusión y
conservación de órganos y/o tejidos; como así también los gastos
originados en la distribución operativa.
Que el informe previo emitido por el citado Instituto Nacional,
establece valores globalizados que incluyen la totalidad de las etapas
involucradas en la procuración de órganos y tejidos, con excepción del
transporte aéreo.
Que la desactualización de los valores vigentes y la experiencia
resultante de su aplicación, indican que resulta necesario efectuar las
pertinentes modificaciones, actualizaciones y correcciones, tomando en
cuenta, entre otros puntos, los mayores costos y calidad de los insumos
específicos utilizados, en especial, las soluciones de preservación
para asegurar la viabilidad biológica de los órganos y tejidos con
fines de implante.
Que los recursos generados por el sistema de recupero de costos
resultan indispensables para garantizar la sustentabilidad de la
actividad de procuración y trasplante en todo el país, ya que su
transferencia a cada una de las provincias proporciona un mejor
financiamiento de gastos para la generación de donantes en cada una de
ellas.
Que en este marco corresponde aprobar los valores establecidos por el
INSTITUTO NACIONAL CENTRAL UNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE,
mediante Resolución N° 088 de fecha 28 de marzo de 2017.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta de conformidad con lo dispuesto por el
artículo 16 del Decreto N° 512/95, reglamentario de la Ley N° 24.193.
Por ello;
EL MINISTRO DE SALUD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.-Ratificase la Resolución del INSTITUTO NACIONAL CENTRAL
UNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE (INCUCAI) N° 088 de fecha 28
de marzo de 2017, cuya copia debidamente autenticada se incorpora a la
presente como ANEXO (IF-2017-05350317-APN- DD#MS), a fin de aprobar los
valores arancelarios de la procuración de órganos y tejidos
provenientes de donantes cadavéricos con fines de implante.
ARTÍCULO 2°.-Derógase la Resolución Ministerial N° 640 de fecha 17 de mayo de 2016.
ARTÍCULO 3.- Regístrese, comuníquese, notifíquese a quienes
corresponda, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro
Oficial y archívese. — Jorge Daniel Lemus.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 22/05/2017 N° 33709/17 v. 22/05/2017
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)