MINISTERIO DE SALUD

Resolución 586-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 17/05/2017

VISTO el expediente EX2017-05214502-APN-DD#MS del registro del MINISTERIO DE SALUD las disposiciones de la Ley N° 24.193 (t.o. Ley N° 26.066) y su reglamentación aprobada por Decreto N° 512/95; y

CONSIDERANDO:

Que mediante las actuaciones citadas en el visto, el INSTITUTO NACIONAL CENTRAL UNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE (INCUCAI) propone la actualización de los valores arancelarios de la procuración de órganos y tejidos.

Que es facultad del MINISTERIO DE SALUD fijar los valores correspondientes al diagnóstico de muerte del potencial donante y su mantenimiento biológico hasta la ablación de los órganos y/o tejidos; estudios de histocompatibilidad y de laboratorios requeridos; gastos de las intervenciones quirúrgicas de ablación y de perfusión y conservación de órganos y/o tejidos; como así también los gastos originados en la distribución operativa.

Que el informe previo emitido por el citado Instituto Nacional, establece valores globalizados que incluyen la totalidad de las etapas involucradas en la procuración de órganos y tejidos, con excepción del transporte aéreo.

Que la desactualización de los valores vigentes y la experiencia resultante de su aplicación, indican que resulta necesario efectuar las pertinentes modificaciones, actualizaciones y correcciones, tomando en cuenta, entre otros puntos, los mayores costos y calidad de los insumos específicos utilizados, en especial, las soluciones de preservación para asegurar la viabilidad biológica de los órganos y tejidos con fines de implante.

Que los recursos generados por el sistema de recupero de costos resultan indispensables para garantizar la sustentabilidad de la actividad de procuración y trasplante en todo el país, ya que su transferencia a cada una de las provincias proporciona un mejor financiamiento de gastos para la generación de donantes en cada una de ellas.

Que en este marco corresponde aprobar los valores establecidos por el INSTITUTO NACIONAL CENTRAL UNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE, mediante Resolución N° 088 de fecha 28 de marzo de 2017.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta de conformidad con lo dispuesto por el artículo 16 del Decreto N° 512/95, reglamentario de la Ley N° 24.193.

Por ello;

EL MINISTRO DE SALUD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Ratificase la Resolución del INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE (INCUCAI) Nº 088 de fecha 28 de marzo de 2017, cuya copia debidamente autenticada se incorpora a la presente como ANEXO (IF-2017-09563893- APN-DD#MS), a fin de aprobar los valores arancelarios de la procuración de órganos y tejidos provenientes de donantes cadavéricos con fines de implante.”

(Artículo sustituido por art. 1° de la Resolución N° 624/2017 del Ministerio de Salud B.O. 29/05/2017)

ARTÍCULO 2°.- Derógase la Resolución Ministerial N° 640 de fecha 17 de mayo de 2016.

ARTÍCULO 3.- Regístrese, comuníquese, notifíquese a quienes corresponda, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Jorge Daniel Lemus.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 22/05/2017 N° 33709/17 v. 22/05/2017

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)