MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA
Decisión Administrativa 321/2017
Estructura organizativa. Incorporación.
Ciudad de Buenos Aires, 23/05/2017
VISTO el Expediente N° 8443/2016 del Registro del CONSEJO NACIONAL DE
INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS (CONICET), los Decretos Nros.
1661 del 27 de diciembre de 1996 y 310 del 29 de marzo de 2007, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 1661/96, se establecieron las misiones y
funciones, conducción, gestión y control, fomento y ejecución de las
actividades científicas y tecnológicas del CONSEJO NACIONAL DE
INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS (CONICET), organismo
descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE CIENCIA,
TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA.
Que son de prioritario interés nacional las actividades científicas y
tecnológicas que desarrolla el CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES
CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS (CONICET) en las diferentes áreas del
conocimiento.
Que es intención del Gobierno Nacional la jerarquización del sector científico y tecnológico.
Que por el Decreto N° 310/07 se aprobó la estructura organizativa del
CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS (CONICET).
Que, analizado el funcionamiento de la estructura organizativa vigente,
razones de índole operativa y de reordenamiento estratégico aconsejan
proyectar una modernización organizativa que le permita al CONSEJO
NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS (CONICET)
jerarquizar las acciones de vinculación tecnológica en todo el país y
dotarla de los recursos de gestión necesarios para cumplir en forma
eficaz las importantes misiones y funciones a su cargo, respondiendo
así a las demandas del Plan Nacional de Ciencia, Tecnología e
Innovación, “Argentina Innovadora 2020”, aprobado en el marco del
artículo 20 de la Ley N° 25.467.
Que, en consecuencia, corresponde homologar y reasignar un cargo en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas de la Jurisdicción.
Que asimismo, resulta necesario facultar al Directorio del Organismo a aprobar las aperturas de segundo nivel operativo.
Que la DIRECCIÓN DEL SERVICIO JURÍDICO del CONSEJO NACIONAL DE
INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS (CONICET) y la DIRECCIÓN GENERAL
DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN
PRODUCTIVA, han tomado la intervención que les compete.
Que la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO de la
SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN y la
SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA han tomado la
intervención que les compete.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por el artículo 100, inciso 1, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y
el artículo 16, inciso 29, de la Ley de Ministerios (texto ordenado por
Decreto N° 438/92) y sus modificatorias.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1°.- Incorpórase a la estructura organizativa del CONSEJO
NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS (CONICET), organismo
descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE CIENCIA,
TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA, aprobada por el artículo 1° del
Decreto N° 310 del 29 de marzo de 2007, con dependencia directa del
Directorio, la GERENCIA DE VINCULACIÓN TECNOLÓGICA, cuya
Responsabilidad Primaria y Acciones obran en la Planilla Anexa al
presente artículo (IF-2017-09522695-APN-SSCA#MCT) que forma parte
integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 2°.- Homológase y reasignase en el Nomenclador de Funciones
Ejecutivas el cargo perteneciente al CONSEJO NACIONAL DE
INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS (CONICET), según el detalle
obrante en Planilla Anexa al presente artículo (IF-2017-09522601-APN-
SSCA#MCT), que forma parte integrante del presente acto.
ARTÍCULO 3°.- Facúltase al Directorio del CONSEJO NACIONAL DE
INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS (CONICET), previa intervención
de la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARIA
DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, a aprobar las
aperturas de segundo nivel operativo, las que podrán contemplar un
incremento de UNA (1) Dirección y CINCO (5) Coordinaciones del SISTEMA
NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el CONVENIO COLECTIVO
DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL, homologado por el Decreto N°
2098/08, y sus modificatorios, las que a través de dicho acto serán
incorporadas, ratificadas u homologadas, según corresponda, en el
Nomenclador de Funciones Ejecutivas de la Jurisdicción, con Nivel III
(Dirección) y IV (Coordinación).
ARTÍCULO 4º.- Asígnanse al CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES
CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS (CONICET) la cantidad de SEIS (6) cargos
vacantes de planta permanente de la reserva de cargos aprobada por el
artículo 2º de la Decisión Administrativa Nº 284 del 5 de mayo de 2017
y detallada en el Anexo II (IF-2017-08148952-APN-MM) de dicha medida,
en los términos del artículo 2° de la Decisión Administrativa N° 12 de
fecha 11 de enero de 2017, para ser aplicados a la facultad concedida
en el artículo 3º de la presente Decisión Administrativa,
correspondiendo asignarles Nivel B del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO
PÚBLICO, según lo dispuesto en el artículo 20 del Anexo del Decreto Nº
2098/08 y sus modificatorios, conforme Planilla Anexa al presente
artículo (IF-2017-09522002-APN- SSCA#MCT), que forma parte integrante
de esta medida.
ARTÍCULO 5°.- Hasta tanto finalice la reestructuración de las áreas
afectadas por la presente medida, conservarán su vigencia las
existentes con sus acciones, dotaciones, niveles, grados de revista y
funciones ejecutivas previstas en el Decreto N° 2098/08 y sus
modificatorios.
ARTÍCULO 6°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
decisión administrativa será atendido con cargo las partidas
específicas asignadas a la Jurisdicción 71 - MINISTERIO DE CIENCIA,
TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA - Entidad 103 - CONSEJO NACIONAL DE
INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS.
ARTÍCULO 7°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — José Lino Salvador
Barañao.
ANEXO
CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS (CONICET)
GERENCIA DE VINCULACIÓN TECNOLÓGICA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Promover el desarrollo y transferencia de tecnologías generadas por el
Consejo, en forma exclusiva o en cooperación con otras organizaciones
públicas o privadas.
ACCIONES:
1. Promover la vinculación del Consejo con diversos actores sociales y
productivos, públicos y privados, nacionales e internacionales, para
atender sus demandas de innovación y servicios tecnológicos.
2. Promover iniciativas de desarrollo tecnológico que aborden los
desafíos planteados y posibiliten la generación de soluciones a los
mismos.
3. Relevar, sistematizar y facilitar la comunicación y el acceso a la
oferta tecnológica del Organismo por parte del medio socio-productivo,
entendiendo por aquella a las tecnologías, los servicios y capacidades
de desarrollo e innovación del Consejo.
4. Promover y gestionar la implementación de sistemas de protección de
los conocimientos y resultados de las investigaciones, en el ámbito
nacional e internacional, sean estos logrados por sí o en conjunto con
terceros.
5. Diseñar una apropiada estrategia de desarrollo y transferencia de las tecnologías del Consejo a la sociedad.
6. Administrar los instrumentos de vinculación y transferencia del
Consejo, tales como convenios de I+D, convenios de licencia, servicios
tecnológicos, consorcios público privados, entre otros, con el objetivo
de hacer ágil y efectiva la vinculación y transferencia con terceros.
7. Proponer al Directorio del Consejo, nuevos instrumentos y la
actualización del marco normativo sobre la temática de vinculación y
transferencia que respondan adecuadamente a las necesidades de
vinculación y transferencia de tecnologías del Consejo y a los cambios
en el medio social y productivo, con el objetivo de hacer más efectivo
y expeditivo el aprovechamiento social de los conocimientos generados
por el Consejo.
8. Impulsar y gestionar iniciativas y proyectos que aborden temáticas tecnológicas estratégicas para el país.
9. Registrar el impacto de las actividades de desarrollo y
transferencia tecnológica realizadas y brindar soporte operativo para
la adecuada evaluación de las mismas por parte de los órganos
competentes.
10. Administrar el financiamiento de las actividades de desarrollo y vinculación tecnológica.
IF-2017-09522695-APN-SSCA#MCT
ANEXO
MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA
CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS
HOMOLOGACIÓN Y REASIGNACIÓN
Unidad Organizativa | Nivel |
GERENCIA DE VINCULACIÓN TECNOLÓGICA (Ex Dirección de Vinculación Tecnológica - Nivel Anterior II) | I |
IF-2017-09522601-APN-SSCA#MCT
ANEXO II
N° Escalafón | DESCRIPCION DEL ESCALAFON | RESERVA |
PLANTA PERMANENTE | PLANTA TEMPORARIA |
121 | Personal de Talleres Gráficos | 2 | 0 |
201 | Personal Civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad | 317 | 358 |
208 | Personal del Instituto Nacional de Tecnología Industrial | 0 | 0 |
209 | Dirección General de Fabricaciones Militares | 501 | 6 |
211 | Personal de la Comisión Nacional de Comercio Exterior | 14 | 0 |
213 | Civil de la Policía de Seguridad Aeroportuaria | 184 | 0 |
216 | Administración Nacional de Aviación Civil | 490 | 0 |
217 | Personal del Ente Nacional Regulador de la Electricidad | 226 | 0 |
218 | Personal de la Comisión Nacional de Regulación del Transporte | 270 | 0 |
219 | Personal del Ente Nacional Regulador del Gas | 20 | 0 |
221 | Personal de Orquestas, Coros y Ballet Nacionales | 99 | 0 |
222 | Personal del Organismo Regulador del Sistema Nacional de Aeropuertos | 14 | 0 |
223 | Personal de la Dirección Nacional de Vialidad | 1.729 | 0 |
225 | Instituto Nacional de Promoción Turística | 14 | 0 |
229 | Personal Embarcado de Construcciones Portuarias y Vías Navegables | 169 | 0 |
230 | No docentes Universidad Nacional Fundación Miguel Lillo | 12 | 0 |
232 | Embarcado del Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero | 42 | 0 |
233 | Personal del Ministerio de Salud y Acción Social | 0 | 0 |
238 | Personal del Ente Nacional de Obras Hídricas de Saneamiento | 129 | 0 |
240 | Personal del Cuerpo de Administradores Gubernamentales | 6 | 0 |
250 | Personal Convencionado de la Administración Nacional de la Seguridad Social | 1.204 | 0 |
251 | Superior y Gerencial de la Administración Nacional de la Seguridad Social | 46 | 0 |
260 | Personal de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo | 223 | 0 |
277 | Personal Profesional de Establecimientos Hospitalarios y Asistenciales e Institutos de Investigación | 1.845 | 125 |
278 | Residentes Médicos | 533 | 0 |
283 | Personal de la Agencia de Administración de Bienes del Estado | 45 | 0 |
285 | Personal del Organismo Regulador de Seguridad de Presas | 17 | 0 |
286 | Personal del Órgano de Control de Concesiones Viales | 2 | 0 |
298 | Personal del Instituto Nacional de la Propiedad Industrial | 225 | 0 |
299 | Personal de la Comisión Nacional de Comunicaciones | 369 | 0 |
303 | Personal del Sistema Nacional del Empleo Público | 17.383 | 537 |
304 | Personal de la Unidad de Información Financiera | 15 | 0 |
305 | Personal del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria | 2.164 | 9 |
310 | Personal de la Comisión Nacional de Actividades Espaciales | 0 | 0 |
320 | Personal de la Sindicatura General de la Nación | 105 | 0 |
700 | Docentes | 35 | 237 |
701 | Personal Docente Civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad | 26 | 40 |
806 | Personal Policial de la Policía de Seguridad Aeroportuaria | 663 | 0 |
899 | Personal de la Autoridad Regulatoria Nuclear | 73 | 0 |
900 | Personal de la Comisión Nacional de Energía Atómica | 298 | 0 |
902 | Personal del Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas | 13 | 0 |
904 | Personal de la Dirección Nacional del Antártico | 0 | 8 |
905 | Personal Civil Contratado de Servicios de Transportes Navales | 0 | 52 |
906 | Temporario Civil de las Fuerzas Armadas | 0 | 0 |
998 | Personal Contratado | 0 | 156 |
| TOTAL | 29.522 | 1.528 |
IF-2017-08148952-APN-MM
ANEXO
PRESUPUESTO 2017
RECURSOS HUMANOS
CARGO O CATEGORÍA | CANTIDAD DE CARGOS |
PERSONAL PERMANENTE |
|
|
ANEXO II Decisión Administrativa Nº 284/17 |
|
|
PERSONAL DEL SINEP - Decreto Nº 2098/08 y modificatorios | - 6 |
|
Subtotal Escalafón |
| - 6 |
ANEXO V Decisión Administrativa Nº 284/17 |
|
|
PERSONAL DEL SINEP - Decreto Nº 2098/08 y modificatorios | + 6 |
|
Subtotal Escalafón |
| + 6 |
TOTAL | 0 |
IF-2017-09522002-APN-SSCA#MCT