Decreto S 1302/1974
Buenos Aires, 27/04/1974
VISTO lo propuesto por el señor Ministro de Defensa y,
CONSIDERANDO:
Lo dispuesto en el artículo 4° del Decreto “S” N° 905;
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Apruébanse las Directivas para los Conflictos Graves N° 1
denominado “Topo” y N° 2 denominado “Yacaré” que figuran como Anexos 1
y 2 del presente decreto.
ARTÍCULO 2°.- Apruébase la Directiva para el Planeamiento de la Guerra
eventual correspondiente a la Hipótesis de Guerra N° 2 denominada
“Alfil” que figura como Anexo 3.
ARTÍCULO 3°.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Defensa.
ARTÍCULO 4°.- Manténgase al mismo y sus Anexos con el carácter de
SECRETO por los señores Ministros, Secretario de Informaciones de
Estado, Comandantes Generales, Subsecretario de Planeamiento para la
Defensa y Jefe del Estado Mayor Conjunto.
ARTÍCULO 5°.- El señor Ministro de Defensa procederá a distribuir las Directivas que fija el Distribuidor de cada una de ellas.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, dése a la Dirección Nacional de Registro
Oficial y archívese en el Ministerio de Defensa. — PERÓN. — Ángel F.
Robledo.
ANEXO 1
ANEXO 1 AL DECRETO “S” N°
DIRECTIVA PARA EL PLANEAMIENTO CORRESPONDIENTE AL CONFLICTO GRAVE Nº 1 —TOPO—
1. SITUACION
a. Situación conflictiva.
Ver Cap. IV Doc. H.H.G.G. y C.C.G.G. - 1974
b. Enunciado del conflicto grave.
El Estado Argentino enfrenta la subversión armada de grupos
radicalizados, que buscan la toma del poder para modificar el sistema
de vida democrático pluripartidista.
2. OBJETIVO PARA SUPERAR EL CONFLICTO
Eliminar las acciones subversivas violentas y no violentas, las causas
que las provocan y consolidar espiritual y materialmente el régimen
democrático como ámbito de realización integral del hombre.
3. MISION
Elaborar un Plan plurisectorial que prevea acciones, sobre la
violencia, sobre sus causas y que tienda a fortalecer los valores del
sistema democrático.
4. EJECUCION
La formulación del Plan estará a cargo de un equipo interministerial coordinado por el Ministerio del Interior.
El equipo interministerial estará constituído por representantes de:
Ministerio de Justicia.
Ministerio de Economía.
Ministerio de Bienestar Social.
Ministerio de Cultura y Educación.
Ministerio de Trabajo.
Ministerio de Defensa.
- Subsecretaría de Planeamiento para la Defensa.
- Estado Mayor Conjunto.
Central Nacional de Inteligencia.
Secretaría de Prensa y Difusión.
5. PROCESO DEL PLANEAMIENTO
a. Formulación de una estrategia nacional para superar el conflicto, a cargo del equipo interministerial.
b. Confección de una Directiva Nacional para superar el conflicto, a cargo del equipo interministerial.
c. Elaboración de planes sectoriales para superar el conflicto en los campos: Interior - Económico - Social y Militar.
A cargo de los Ministerios y Organismos integrantes del equipo interministerial.
d. Compatibilización y coordinación de los planes sectoriales afines
por su naturaleza o por la combinación de efectos convergentes.
A cargo de las partes correspondientes del equipo interministerial.
e. Formulación del Plan Nacional para superar el conflicto. A cargo del equipo interministerial.
6. INSTRUCCIONES DE COORDINACION
a. Todos los organismos participantes adoptarán las medidas necesarias para mantener el secreto del planeamiento.
b. El equipo interministerial requerirá apoyo, de otros organismos
nacionales a los efectos del análisis, investigaciones, obtención de
información y toda otra colaboración necesaria, en forma de no afectar
lo expresado en el apartado anterior.
7. APLICACION DEL PLAN
a. El Plan Nacional para superar el conflicto será elevado al Poder
Ejecutivo antes del 15 de agosto de 1974 para su aprobación y
aplicación inmediata en la forma en que éste determine.
b. El Plan Militar sólo será puesto en ejecución por orden expresa del Poder Ejecutivo.
DISTRIBUIDOR:
I. Cuerpo de la Directiva |
Ejemplar N° |
Ministerio de Defensa |
1 |
Ministerio del Interior |
2 |
Ministerio de Economía |
3 |
Ministerio de Bienestar Social |
4 |
Ministerio de Trabajo |
5 |
Ministerio de Justicia |
6 |
Ministerio de Cultura y Ejecución |
7 |
Central Nacional de Inteligencia |
8 |
Secretaría de Prensa y Difusión |
9 |
Estado Mayor Conjunto |
10 |
Subsecretaría de Planeamiento para la Defensa |
11 á 15 y original |
2. Situación conflictiva |
Ministerio de Defensa |
1 |
Ministerio del Interior |
2 |
Subsecretaría de Planeamiento para la Defensa, original y |
3 á 6 |