MINISTERIO DE TRANSPORTE

AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL

Disposición 221/2017

Buenos Aires, 08/05/2017

VISTO el EXPEDIENTE N°: S02:0017585/2014 del Registro de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, la Ley N° 24.449 y la Ley N° 26.363, y su normativa reglamentaria, la Disposición ANSV N° 301 de fecha 25 de junio de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Disposición ANSV N° 301 del día 25 de junio de 2014, la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL homologó y autorizó el uso, por parte del municipio de Alvear, provincia de Corrientes, de un cinemómetro controlador de velocidad de instalación móvil con registro fotográfico de infracciones, marca STALKER, modelo LIDAR y un registro gráfico de infracciones marca LOMTEC, modelo GPKST1, serie GPKST 000005-LS 080600, para operar en ambos sentidos de circulación de la Ruta Nacional N° 14, desde el kilómetro 595 hasta el kilómetro 605.

Que mediante la nota de Fs. 210, el Intendente del citado municipio, Sr. Omar Rigoberto Barros, solicita la revocación de la autorización de uso mencionada, en virtud de que dicha jurisdicción ya no dispone del dispositivo en cuestión. Destacando, párrafo aparte, que en nada deben verse afectadas otras autorizaciones de uso de cinemómetros que a favor de dicho Municipio haya podido otorgar esta AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL.

Que, cuadra destacarse, no resulta procedente adoptar idéntica medida en relación a los Funcionarios Públicos oportunamente matriculados por esta Agencia en el marco del Curso de Operadores de Tecnología de Infracciones de Tránsito (conf. Art. 4° de la Disposición ANSV 35/2010), toda vez que la cuestión planteada en el presente no guarda relación con aquellos.

Que consecuentemente, la inscripción de los agentes afectados en Municipio de Alvear, provincia de Corrientes, en el Registro de Matriculados no se verá afectada por la presente Disposición, manteniendo plena vigencia.

Que teniendo en consideración lo señalado precedentemente, corresponde que la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL en su carácter de autoridad de aplicación de las políticas y medidas de seguridad vial nacionales, y máxima autoridad nacional para autorizar tanto la colocación de sistemas automáticos como semiautomáticos de control de infracciones sobre caminos, rutas y autopistas de jurisdicción nacional, como el uso manual de dichos sistemas por las autoridades de constatación, en conformidad con lo regulado por el Articulo 3° y el Articulo 4° inciso ñ) de la Ley N° 26.363 y apartado 1 y 10 del Anexo II del Decreto 1716/2008, proceda a gestionar la baja de la Homologación y Autorización de Uso, otorgada mediante la Disposición ANSV N° 301 del 25 de junio de 2014, del cinemómetro controlador de velocidad de instalación móvil con registro fotográfico de infracciones, marca STALKER, modelo LIDAR y un registro gráfico de infracciones marca LOMTEC, modelo GPKST1, serie GPKST 000005-LS 080600, para operar en ambos sentidos de circulación de la Ruta Nacional N° 14, desde el kilómetro 595 hasta el kilómetro 605 de la Municipalidad de Alvear, provincia de Corrientes.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE COORDINACIÓN INTERJURISDICCIONAL de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL ha tomado la intervención de su competencia.

Que la DIRECCIÓN DE ASUNTOS LEGALES Y JURÍDICOS de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por los Articulos 3°, 4° inciso a) y ñ) y 7° inciso b) de la Ley 26.363 y apartado 1° y 10° del Anexo II del Decreto 1716/2008.

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL

DISPONE:

ARTÍCULO 1°: Dese la baja de la Autorización y Homologación de Uso, otorgada mediante la Disposición ANSV N° 301 del día 25 de junio de 2014, del cinemómetro controlador de velocidad de instalación móvil con registro fotográfico de infracciones, marca STALKER, modelo LIDAR y un registro gráfico de infracciones marca LOMTEC, modelo GPKST1, serie GPKST 000005-LS 080600, para operar en ambos sentidos de circulación de la Ruta Nacional N° 14, desde el kilómetro 595 hasta el kilómetro 605 de la Municipalidad de Alvear, provincia de Corrientes

ARTÍCULO 2°: Instrúyase a la DIRECCIÓN NACIONAL DE COORDINACIÓN INTERJURISDICCIONAL a registrar la baja del cinemómetro aludido en el artículo anterior en el Registro Nacional de Cinemómetros Móviles de Control de Velocidad aprobado por Disposición ANSV N° 35 de fecha 24 de febrero de 2010.

ARTÍCULO 3°: Instrúyase a la DIRECCIÓN NACIONAL DE COORDINACIÓN INTERJURISDICCIONAL y a la DIRECCIÓN DE COORDINACIÓN DEL CONTROL Y FISCALIZACIÓN VIAL de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL a que realice el seguimiento y control del cumplimiento, por parte del Municipio de Alvear, de la provincia de Corrientes, en relación a lo dispuesto en el Artículo 1° de la presente Disposición.

ARTÍCULO 4°: Regístrese, comuníquese al MUNICIPIO DE ALVEAR, PROVINCIA DE CORRIENTES, a la PROVINCIA DE CORRIENTES, al Defensor del Pueblo de la Provincia de CORRIENTES, a la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE, a la GENDARMERÍA NACIONAL ARGENTINA, al Defensor del Pueblo de la Nación Argentina, a la Dirección del Sistema Nacional de Infracciones de la ANSV, al Registro Nacional de Antecedentes de Transito de la ANSV, a la Dirección Nacional del Registro Nacional de Propiedad Automotor y al INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI).

ARTÍCULO 5°: Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Carlos A. Perez.

e. 29/05/2017 N° 35773/17 v. 29/05/2017