ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES

Resolución 193-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 24/05/2017

VISTO el Expediente N° 4643/2016, por el que corren los antecedentes de creación del Concurso “Un día en el Parque Nacional”, y

CONSIDERANDO:

Que dicho Concurso fue creado por Resolución N° 188/2016 del Honorable Directorio, con el objetivo de que los alumnos de cuarto grado o plurigrado de las escuelas primarias de todo el país pudiesen conocer la diversidad de las distintas áreas protegidas nacionales.

Que el objetivo mencionado se condice indubitablemente con los postulados de la Ley N° 22.351 en lo que hace al accionar de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES en materia de educación.

Que asimismo, y como se señala en la Resolución precitada, la creación del Concurso mencionado también se sustenta en la Ley General del Ambiente N° 25.675, en cuanto a la promoción del mejoramiento de la calidad de vida de las generaciones presentes y futuras como política ambiental nacional, así como el sostenimiento de la Educación Ambiental como instrumento básico para generar en los ciudadanos valores, comportamientos y actitudes que sean acordes con un ambiente equilibrado, que propendan a la preservación de los recursos naturales y su utilización sostenible, mejorando la calidad de vida de la población.

Que debe destacarse además que dicho régimen legal impone la implementación “(…) de planes y programas en los sistemas de educación, formal y no formal”, e insta a incorporar “contenidos básicos determinados” y a instrumentar “(…) los respectivos programas o currículos a través de las normas pertinentes (…)”.

Que en otro orden de ideas, cabe manifestar que en el sistema educativo argentino, la problemática ambiental es incorporada a la currícula del cuarto grado del nivel primario en las escuelas de todo el país.

Que una parte esencial de la tarea a ejecutar por la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES consiste en estimular el conocimiento de la biodiversidad.

Que en función de lo señalado, durante el año 2016 la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES desarrolló la primera edición del Concurso “Un día en el Parque Nacional” con la participación de escuelas de todo el país.

Que a partir de la experiencia recogida durante dicha edición se concluye la necesidad de ajustar las Bases y Condiciones que rigen el concurso.

Que en virtud de lo expuesto, corresponde por la presente autorizar la edición 2017 del Concurso “Un día en el Parque Nacional”, cuyas Bases y Condiciones se determinan en el Anexo IF-2017-09483984-APN- DNC#APNAC de la presente, a los efectos de estimular el conocimiento de la biodiversidad resguardada en nuestros Parques Nacionales.

Que la Dirección Nacional de Conservación y las Direcciones Generales de Administración y de Asuntos Jurídicos han tomado la intervención que les compete.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 23, incisos f), v) y w), de la Ley N° 22.351.

Por ello,

EL HONORABLE DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Establécese la realización de la Edición 2017 del Concurso “UN DÍA EN EL PARQUE NACIONAL”, a efectos que los alumnos que concurran al cuarto grado o plurigrado de cualquier escuela primaria del país puedan conocer la biodiversidad de las distintas Áreas Protegidas Nacionales.

ARTÍCULO 2°.- Apruébanse las Bases y Condiciones del Concurso “UN DÍA EN EL PARQUE NACIONAL”, las que como Anexo IF-2017-09483984-APN-DNC#APNAC, forman parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 3°.- Determínase que el gasto que genere la presente medida será atendido con cargo a las partidas presupuestarias del Organismo.

ARTÍCULO 4°.- Tomen conocimiento la Unidad de Auditoría Interna, las Direcciones Nacionales de Conservación y de Operaciones, las Direcciones Generales de Administración y de Asuntos Jurídicos. Por el Departamento de Mesa General de Entradas, Salidas y Notificaciones comuníquese la presente al MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE al domicilio sito en la calle San Martín N° 451(C1004AAI), Ciudad Autónoma de Buenos Aires y al MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES al domicilio sito en Pizzurno N° 935 (C1020ACA), Ciudad de Buenos Aires.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Emiliano Ezcurra Estrada, Vicepresidente. — Mariano Florencio Grondona Lynch, Vocal. — Pablo Federico Galli Villafañe, Vocal. — Roberto María Brea, Vocal. — Gerardo Sergio Bianchi, Vocal.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 30/05/2017 N° 36493/17 v. 30/05/2017

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)